Anulada la condena a una mujer que intent¨® abortar con un f¨¢rmaco
La Audiencia de Barcelona absuelve a la condenada en virtud de la ley de plazos de 2010, aplicando el principio de retroactividad
La Audiencia de Barcelona ha absuelto a una mujer que hab¨ªa sido condenada a una multa por intentar abortar con un f¨¢rmaco en 2008, cuando estaba embarazada de siete semanas, al entender que su conducta queda amparada por la ley de plazos que se aprob¨® dos a?os despu¨¦s. En su sentencia, el tribunal estima el recurso de apelaci¨®n presentado por la defensa de la mujer, a la que el f¨¢rmaco no hizo ning¨²n efecto porque en vez de ingerirlo se lo introdujo por la vagina, y cree adem¨¢s "muy discutible" que el delito de aborto pueda cometerse en grado de tentativa.
La Audiencia ha revocado as¨ª una sentencia de un juzgado penal de Barcelona que conden¨® a una multa de 160 euros a la acusada, una mujer de 22 a?os y con dos hijos que, al enterarse de que estaba embarazada de nuevo, trat¨® de abortar mediante un f¨¢rmaco que consigui¨® en el mercado negro.
En vez de ingerirlo por v¨ªa oral, la acusada se introdujo el f¨¢rmaco -llamado Cytotec- por la vagina, lo que le acab¨® provocando una hemorragia de la que tuvo que ser asistida en el Hospital General de Catalu?a, donde los facultativos le extrajeron el comprimido y remitieron los hechos al juzgado de guardia. Como el f¨¢rmaco no provoc¨® la expulsi¨®n del feto de la embarazada, ¨¦sta acab¨® someti¨¦ndose a un aborto que en la ¨¦poca de los hechos era ilegal, seg¨²n ha destacado su abogado, Carlos Soliva.
La Audiencia de Barcelona ha absuelto ahora a la mujer en virtud de la Ley del Aborto de 2010, aprobada con el gobierno socialista y que permite la interrupci¨®n libre del embarazo en las 14 primeras semanas, dado que el principio de retroactividad de las leyes obliga a aplicar al reo la legislaci¨®n que le resulte m¨¢s beneficiosa.
Insiste el tribunal adem¨¢s en que el uso del f¨¢rmaco por parte de la acusada "no dio lugar al resultado sancionado", y remacha: "se trata de un delito de resultado y si ¨¦ste no se produce, la conducta resulta impune".
Para Soliva, la sentencia de primera instancia que conden¨® a la mujer incurr¨ªa en una "irregularidad", dado que no ten¨ªa en cuenta que la conducta de la mujer quedaba amparada por la ley de plazos aprobada por el gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero.
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