El TSJC confirma la anulaci¨®n de cuatro despidos en la Agencia de Cooperaci¨®n
El ente de la Generalitat despidi¨® a tres embarazadas y a un hombre en el marco de un ERE
![Clara Blanchar](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2Fd42eb252-3247-4bf8-a82a-dacbdd15cbda.jpg?auth=ba9ddd0a7ca3fedbe14dac9f45161dd845b3d85da5342303741f9efccd11c267&width=100&height=100&smart=true)
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha confirmado la anulaci¨®n de los despidos de tres trabajadoras embarazadas y otro empleado de la Agencia Catalana de Cooperaci¨®n al Desarrollo (ACCD). Los cuatro trabajadores fueron despedidos en el marco del Expediente de Regulaci¨®n de Empleo (ERE) que en octubre de 2011 afect¨® a 43 de los 93 trabajadores de la entidad. Este ERE fue uno de los primeros que aplic¨® en una empresa p¨²blica el actual Gobierno catal¨¢n en la anterior legislatura.
En la sentencia, de 46 folios, el TSJC confirma la del Juzgado social 33 de Barcelona y se ampara en una directiva europea de 1985 y la jurisprudencia posterior dictada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea en materia de ¡°especial¡± protecci¨®n de las empleadas embarazadas o de cualquier trabajador con una reducci¨®n horaria por guarda legal. Esto es, subraya que la empresa tiene la libertad de elecci¨®n de los trabajadores para la afectaci¨®n en un ERE ¡°pero siempre y cuando esta elecci¨®n no responda a m¨®viles discriminatorios¡±.
La sentencia del Juzgado social estim¨® parcialmente las demandas de tres mujeres que estaban embarazadas en el momento de aplicar el ERE ¡ªy cuya situaci¨®n era conocida por la empresa¡ª y el de un hombre al que se despidi¨® alegando razones de reorganizaci¨®n interna pero cuyo puesto de trabajo no fue anulado y fue ocupado por una compa?era que era miembro del comit¨¦ de empresa.
Por ello, el juez declar¨® el derecho de los demandantes a su ¡°inmediata readmisi¨®n y al abono de los salarios dejados de percibir¡± , algo que ahora el TSJC confirma en su sentencia, que no es firme y que puede recurrirse ante la sala social del Tribunal Supremo.
El abogado de los afectados, Vicen? Cantos, se mostraba ayer muy satisfecho con la sentencia del tribunal provincial, pero lamentaba que el asunto se haya resuelto dos a?os despu¨¦s de los despidos. ¡°Primero estuvieron un a?o despedidos y luego han permanecido un a?o pendientes de la confirmaci¨®n de la nulidad¡±, recuerda y apunta que si ha ganado el caso es ¡°gracias a una normativa europea que es de aplicaci¨®n nacional pero sobre la que las empresas miran para otro lado¡±. Cantos augura que en este caso la Generalitat no recurrir¨¢ ante el Supremo y apostilla que mientras haya posibilidad de un segundo recurso, la administraci¨®n sigue sin pagar a los afectados los salarios de tramitaci¨®n: los que corresponden a los meses transcurridos entre los despidos y la primera readmisi¨®n.
El fallo del Juzgado Social s¨ª aval¨® el despido de otros 13 trabajadores que hab¨ªan demandado a la empresa p¨²blica, y que hab¨ªan alegado entre otros motivos que eran discriminados por su condici¨®n de extranjeros.
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