El juez condena al BBVA a devolver el dinero que pagaron 71 clientes
La sentencia considera que la entidad no ha podido acreditar que los compradores ten¨ªan la informaci¨®n correcta del producto
El Juzgado de lo Mercantil n¨²mero 1 de Bilbao no ha necesitado m¨¢s que 120 horas para condenar al BBVA frente a 71 inversores que demandaron en su d¨ªa a la entidad porque les hab¨ªan vendido un poducto, las denominadas aportaciones financieras subordinadas, sin informarles de las consecuencias. El magistrado Marcos Berm¨²dez les ha dado la raz¨®n. La sentencia se?ala que "el BBVA ha tenido ocasi¨®n de seleccionar a los directores de sucursal que mejor informaron a sus clientes" y pese a ello "no ha conseguido acreditar que la informaci¨®n que les traslad¨® fue correcta". En consecuencia declara la nulidad de los contratos y condena a BBVA a reintegar las cantidades recibidas para la compra de las Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS), en sus emisiones de 2004 y 2007, a los 71 -al final tres se descolgaron, pero el magistrado los considera afectados- representados en la demanda coletiva presentada por Adicae. A Eroski, el emisor del producto, le absuelve frente a la petici¨®n de publicidad enga?osa.?
"Declarada la nulidad de estos contratos, los contratantes (BBVA y cliente) deber¨¢n restrituirse rec¨ªprocamente los importes entregados y recibidos, actualizados con los intereses legales devengados, desde la fechadel efectivo cobro o pago para asi volver a la situaci¨®n inmediatamente anterior a la celebraci¨®n de los contratos anulados, como si desde un principio no hubiesen existido", emplaza el magistrado.
La resuluci¨®n del juez ha sido notificada este mismo lunes a las partes, despu¨¦s de que la semana pasada se celebrara el juicio por la demanda colectiva de la Asociaci¨®n de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae). La asociaci¨®n solicit¨® la nulidad de los contratos y la devoluci¨®n de los ahorros al considerar que se hizo una "comercializaci¨®n indebida" de este producto y hubo "publicidad enga?osa" y "vicio en el consentimiento". La entidad financiera ha respondido a la sentencia que "respeta y acata las decisiones judiciales". Fuentes oficiales han asegurado que sus servicios jur¨ªdicos est¨¢n estudiando la posibilidad de presentar un recurso.
Vicio de consentimiento y deficiente informaci¨®n
Por su parte, Eroski defendi¨® la legalidad de la emisi¨®n y la publicidad que se remiti¨® sobre el producto, mientras que el BBVA afirm¨® que se comunic¨® a los clientes de las caracter¨ªsticas y del "riesgo" de las aportaciones con una informaci¨®n "clara". La fiscal, en la ¨²ltima sesi¨®n del juicio, se mostr¨® favorable a que Eroski fuera absuelta y, en cambio, consider¨® que deber¨ªan ser declarados nulos por "falta de transparencia e informaci¨®n" los contratos formalizados por el BBVA y la entidad ser condenada a devolver las cantidades invertidas.
El juez explica que "le hubiese bastado al banco" para salir absuelto, aportar un contrato por escrito, firmado por los demandantes, donde se recogiesen con la suficiente claridad las caracter¨ªsticas del producto que compraban, inclu¨ªdos sus riesgos. "Pero por sus intereses comerciales, la entidad elige otra forma de colocaci¨®n de este producto complejo de inversi¨®n entre sus clientes minoristas (consistente en la informaci¨®n verbal de los comerciales del banco y firma de la orden de compra por los clinetes con ausencia de un contrato escrito de adquisici¨®n del producto donde conste de forma comprensible sus condiciones", critica el magistrado.
Un razonamiento inductivo il¨®gico"
El banco, en una nota hecha p¨²blica esta tarde, considera que no se puede concluir por el testimonio de tres personas (¨²nicos que declararon en el juicio de un total de 61) que todos los que compraron este producto, muchos de ellos trabajadores y cooperativistas de Eroski, desconoc¨ªan sus caracter¨ªsticas y riesgos. "Tal razonamiento inductivo, adem¨¢s de arriesgado resulta il¨®gico ya que se est¨¢n trasladando las conclusiones obtenidas en una muestra de tres sujetos a un colectivo heterog¨¦neo de 61 -afirma-. Este procedimiento no podr¨ªa ser validado ni utilizado siquiera en un experimento cient¨ªfico dada su escasa fiabilidad". La entidad bancaria afirma, adem¨¢s, que este caso no puede compararse con la emisi¨®n de preferentes de Bankia o de Nova Caixa Galicia ya que EroskiI "ha pagado y sigue pagando regularmente la rentabilidad pactada, adem¨¢s, los t¨ªtulos no fueron emitidos por BBVA sino por Eroski".
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