La Audiencia ordena el reingreso en prisi¨®n del kamikaze de Valencia
El tribunal fija que el condenado vuelva a la c¨¢rcel el 21 de marzo tras la anulaci¨®n del indulto
La Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado que el conductor kamikaze que mat¨® a un joven de 25 a?os en la AP-7 en diciembre de 2003 reingrese en prisi¨®n el pr¨®ximo 21 de marzo. El conductor condenado deber¨¢ continuar el cumplimiento de la pena de 13 a?os de c¨¢rcel que se le impuso por el siniestro. Solo pas¨® en prisi¨®n 11 meses, con lo que le quedar¨ªa una ejecuci¨®n de condena de 12 a?os y un mes.
El tribunal valenciano ha establecido la fecha de reingreso despu¨¦s de que el Tribunal Supremo anulase a finales del pasado a?o el pol¨¦mico indulto que concedi¨® el Gobierno al kamikaze al? entender que el Ejecutivo no justific¨® la medida de gracia.
La familia de la v¨ªctima present¨® el pasado enero ante la Audiencia de Valencia un escrito en el que reclam¨® el inmediato ingreso en prisi¨®n del autor del siniestro mortal tras la decisi¨®n del Tribunal Supremo de anular el indulto.
"La familia est¨¢ ya tranquila. Se he hecho justicia" y finaliza as¨ª el "sinsentido" que hab¨ªa supuesto la concesi¨®n del indulto, ha se?alado la hermana de la v¨ªctima, Loreto Dolz, para quien tanto con el fallo del Supremo como con esta resoluci¨®n de la Audiencia de Valencia se impone "el sentido com¨²n" que "devuelve las cosas a su sitio".
El Tribunal Supremo anul¨® el pasado 7 de noviembre el indulto que el Gobierno concedi¨® a Ram¨®n Jorge R¨ªos Salgado por la muerte en el accidente de?Jos¨¦ Alfredo Dolz al no hallar su "l¨®gica jur¨ªdica, excluyente de la arbitrariedad", ya que el Ejecutivo no especific¨® las razones que le llevaron a adoptar la medida de gracia. A la propuesta del indulto, adem¨¢s, se opusieron la fiscal¨ªa y la familia de la v¨ªctima.
La sentencia que revoc¨® la medida de gracia fue aprobada por el pleno de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal y cont¨® con varios votos particulares, entre ellos el del primer ponente de la sentencia, Carlos Lemes -nombrado posteriormente presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo-, partidario de avalar el indulto.
Tras notificarse la sentencia, el Gobierno dispon¨ªa de un plazo de tres meses para que, "si a bien lo tiene", volviera a conceder el indulto anulado mediante una resoluci¨®n que se?alara las "razones de justicia, equidad o utilidad p¨²blica" que exige la ley de indulto de 1870. Mientras tanto, la ejecuci¨®n de la sentencia qued¨® en suspenso y el condenado en libertad.
El Ejecutivo, tras esta resoluci¨®n judicial, avanz¨® su decisi¨®n de no reformular este indulto y, mientras tanto, la Audiencia de Valencia pidi¨® a las partes del proceso que se pronunciaran sobre el reingreso a prisi¨®n del condenado.
Tanto la Fiscal¨ªa de Valencia como la acusaci¨®n particular -que representaba la familia- se mostraron favorables al reingreso, mientras que la defensa pidi¨® que su representado siguiera en libertad y se suspendiera la pena impuesta por el tribunal. Tras estudiar las alegaciones, la Audiencia ha acordado que el kamikaze reingrese en la c¨¢rcel el 21 de marzo, un d¨ªa despu¨¦s de que finalice el plazo dado por el Supremo al Ejecutivo para reformular, si as¨ª lo estimaba conveniente, el indulto que concedi¨®.
El accidente tuvo lugar el 1 de diciembre de 2003. En la tarde de ese d¨ªa, el hombre golpe¨® su veh¨ªculo contra otro cuando circulaba por la A-7, a la altura de Torrente-Calicanto. Este tuvo que apartarse, se detuvo en el arc¨¦n y avis¨® de lo ocurrido a los servicios de emergencia.
Seguidamente, el conductor accedi¨® a la AP-7 por el peaje de Silla, y cuando lleg¨® a la altura del punto kilom¨¦trico 551-552, efectu¨® un cambio de sentido y comenz¨® a circular en sentido contrario entre los dos carriles, a gran velocidad.
Los coches con los que se cruzaba ten¨ªan que apartarse hacia el arc¨¦n o a la mediana para evitar una colisi¨®n. El hombre circulaba sin emplear ning¨²n otro dispositivo para avisar al resto de usuarios de la v¨ªa de su conducci¨®n contra sentido, y sin efectuar maniobra alguna de evasi¨®n para eludir los veh¨ªculos que circulaban en sentido correcto.
Cuando se hallaba en el tramo Silla-San Juan, en el t¨¦rmino municipal Poliny¨¤ del X¨²quer, en tramo recto, a nivel y de buena visibilidad, colision¨® frontalmente contra un turismo en que viajaba una pareja. Como consecuencia del impacto, un joven falleci¨® de un traumatismo craneoencef¨¢lico y su entonces pareja sufri¨® diferentes lesiones.
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