Anulado el convenio que fijaba un salario inferior para los menores de 35 a?os
El TSJC rechaza el acuerdo del sector de las colectividades porque establec¨ªa "una diferencia de trato" por "ser j¨®venes"
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha anulado un art¨ªculo del convenio colectivo del sector de las colectividades de Catalu?a para 2013 que preve¨ªa un sueldo inferior para "trabajadores menores de 35 a?os" que acceden a su primer empleo en el sector. El art¨ªculo fue pactado por la Asociaci¨®n Catalana de Empresas de Restauraci¨®n Colectiva (Acerco) y la Federaci¨®n de Hosteler¨ªa de la UGT de Catalu?a, mientras que CCOO de Catalu?a llev¨® el caso a los tribunales por entender que era discriminatorio, y la sala social del TSJC le ha dado la raz¨®n.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se considera que el art¨ªculo impugnado "establece una diferencia de trato que afecta a los trabajadores menores de 35 a?os que acceden a su primer empleo en el sector o carecen de experiencia profesional e ingresan en la empresa" despu¨¦s de agosto de 2013. El art¨ªculo preve¨ªa que el salario anual de estos trabajadores fuera de 11.000 euros, lo que supone 178,75 euros mensuales menos con respecto al grupo salarial inmediatamente superior, simplemente "por el hecho de ser joven", denuncia CCOO de Catalu?a en un comunicado.
El sector de las colectividades est¨¢ formado, mayoritariamente, por empresas que dan servicios a comedores, un sector "fuertemente precarizado", subraya este sindicato, que lamenta que el convenio en vigor, "con la excusa de la crisis, establezca la edad como barrera precarizadora". De hecho, el art¨ªculo impugnado establec¨ªa que mientras se prolongara la crisis econ¨®mica y el paro estuviera por encima del 15 % las empresas podr¨ªan contratar "a trabajadores menores de 35 a?os" por un per¨ªodo m¨¢ximo de tres a?os con esas condiciones salariales.
"Ni la reducci¨®n del desempleo juvenil, ni la rebaja de los costes salariales debido al menor nivel de facturaci¨®n de las empresas del sector, ni tampoco el simple hecho de que en otros convenios se recojan salarios inferiores, pero mediante f¨®rmulas distintas, justifican de forma objetiva, razonable y proporcionada que se introduzca en el convenio colectivo una doble escala salarial", concluye la sentencia. En consecuencia, el tribunal anula ese art¨ªculo y los apartados de los anexos relacionados con ¨¦l y recuerda que cabe recurso de casaci¨®n.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.