Un juez proh¨ªbe una comida popular a favor de los presos en Bilbao
El auto se?ala que la convocatoria utiliza un lenguaje que tiene como finalidad enaltecer la trayectoria y las personas de la banda terrorista
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha prohibido una comida popular a favor de los presos de ETA convocada para este s¨¢bado con motivo de las fiestas del barrio de Bilbao la Vieja, en la capital vizca¨ªna.? En un auto el magistrado comunica su decisi¨®n a la Delegaci¨®n del Gobierno en el Pa¨ªs Vasco, a la Ertzaintza, a la Polic¨ªa Nacional y a la Guardia Civil para que se adopten las medidas necesarias para prevenir un posible enaltecimiento terrorista con escarnio a las v¨ªctimas y en su caso identificar a sus responsables para impedir la celebraci¨®n del acto visto su car¨¢cter supuestamente delictivo.
En su resoluci¨®n explica que el acto ha sido convocado a trav¨¦s de la p¨¢gina web bilbozahargorria como "comida popular a favor de los presos pol¨ªticos vascos", prevista para las dos de la tarde de en la plaza del barrio bajo el lema Vivan las fiestas de Bilbao la Vieja. En fiestas tambi¨¦n los queremos con nosotros.
El juez relata que la Guardia Civil denunci¨® la convocatoria del acto, del que tambi¨¦n han informado las polic¨ªas nacional y auton¨®mica. Fundamenta que la cita se enmascara en un acto gastron¨®mico convocado en una web en cuyo apartado de contacto aparece el logotipo de la izquierda abertzale y una iconograf¨ªa usada por entidades ilegalizadas por su vinculaci¨®n a la banda terrorista ETA como son Gestoras Proamnist¨ªa y sucesora Alkartasuna, as¨ª como por Herrira, que tiene suspendidas por dos a?os sus actividades.
El auto se?ala que la convocatoria habla de "huidos o exiliados pol¨ªticos vascos junto con los presos de ETA", con un lenguaje que tiene como finalidad enaltecer la trayectoria y las personas de la banda terrorista en actos p¨²blicos. Advierte de que ello supone delito de enaltecimiento o justificaci¨®n por cualquier medio de expresi¨®n p¨²blica del terrorismo o de los terroristas etarras, que "adem¨¢s de recrear el dolor a sus v¨ªctimas constituye un acto que debe prohibirse para evitar la perpetuaci¨®n de una continuidad en una actividad delictiva".
Agrega que el acto se enmarca en la estrategia configurada en las instrucciones de ETA para mantener la fidelidad de sus militantes tanto en las c¨¢rceles como fuera de ellas y activar su masa social captando posibles nuevos militantes para que no decaiga la capacidad de movilizaci¨®n ni cunda la resignaci¨®n". Ello mediante una propuesta para "ensalzar los modelos de lucha que suponen los presos mediante presencia y propaganda callejera en su estrategia de recuperar la calle como espacio de actuaci¨®n e influencia y hacer frente a los ataques contra los gudaris vascos" para defender su memoria y captar futuros militantes y continuar con las v¨ªas delictivas disfrazadas de opci¨®n pol¨ªtica. En cualquier caso, para el juez no puede ampararse la celebraci¨®n de este acto con la ley reguladora del derecho de reuni¨®n.?
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