El Constitucional pone en un brete al PP al avalar la ley Electoral
El alto tribunal sentencia que es incompatible ser diputado y alcalde Ocho regidores, siete populares y uno de IU, tendr¨¢n que elegir cargo
El aval del Tribunal Constitucional a la ley Electoral de Andaluc¨ªa que declara incompatible el cargo de diputado auton¨®mico con el de alcalde, presidente de diputaci¨®n y de mancomunidades de municipios pone en un brete al PP de Andaluc¨ªa. Hasta siete diputados del grupo popular ¡ªentre ellos los alcaldes de Sevilla, C¨®rdoba y Huelva¡ª deber¨¢n optar por su esca?o o su alcald¨ªa, mientras que en IU la sentencia afecta a uno de sus parlamentarios m¨¢s emblem¨¢ticos, al regidor de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel S¨¢nchez Gordillo.
El pronunciamiento del Constitucional ha desarbolado a la direcci¨®n del PP que preside Juan Manuel Moreno. Este partido, que gobierna en las ocho capitales andaluzas y en cinco diputaciones, siempre se ha apoyado en su fortaleza municipal y en el supuesto tir¨®n electoral de los alcaldes para su estrategia regional. En la anterior legislatura, hasta 17 de 47 diputados eran regidores.
Zoido y Nieto anuncian que dejar¨¢n el acta de diputados
El PP ha guardado un absoluto silencio sobre la decisi¨®n judicial y se ha escudado en que el Gobierno central ha pedido al Constitucional que aclare cu¨¢l es el ¨¢mbito temporal de aplicaci¨®n del fallo. De esta manera, intenta quitarse presi¨®n y ganar tiempo. Fuentes jur¨ªdicas del Parlamento han indicado que la sentencia no pone ning¨²n condicionante de tiempo, por lo que la ley Electoral estar¨¢ ¡°plenamente vigente¡± una vez se publique en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. ¡°Tienen que optar entre un cargo u otro, no hay vuelta de hoja¡±, indican estas fuentes.
Ni 15 minutos ha tardado el alcalde de Sevilla y magistrado en excedencia, Juan Ignacio Zoido, en hacer saber que dejar¨¢ el antiguo Hospital de las Cinco Llagas y tambi¨¦n en comunicar que en los presupuestos municipales hay una partida para pagar su salario, que hasta ahora recibe del Parlamento. Lo sustituir¨¢ Macarena O,Neill. Tambi¨¦n el alcalde cordob¨¦s, Jos¨¦ Antonio Nieto, ha comunicado que ¡°su prioridad ha sido, es y ser¨¢¡± C¨®rdoba. El onubense Pedro Rodr¨ªguez no se ha pronunciado aunque cuando la ley fue aprobada ya coment¨® que su primera opci¨®n ser¨ªa la alcald¨ªa.
Pero el problema para el PP andaluz no es lo que har¨¢n los primeros ediles de las grandes capitales, sino la decisi¨®n que adoptar¨¢ la alcaldesa de una localidad de unos 13.000 habitantes de Huelva, Valverde del Camino. Dolores L¨®pez Gabarro gan¨® por sorpresa con mayor¨ªa absoluta en este municipio en 2011 y ahora es secretaria general del PP y presidenta del grupo parlamentario. Es la voz y la cara del principal partido de la oposici¨®n en un Parlamento, donde su n¨²mero uno no tiene esca?o. Moreno le ha reservado el papel de dar r¨¦plica en los grandes debates a la socialista Susana D¨ªaz y su marcha abrir¨ªa otra etapa de incertidumbre e inestabilidad en el grupo popular. Este grupo todav¨ªa est¨¢ en pleno estado de recomposici¨®n tras la marcha atr¨¢s de Javier Arenas, quien contin¨²a sentado en su esca?o andaluz, y ensanchar¨ªa la cancha parlamentaria de la presidenta de la Junta, quien no desaprovecha ocasi¨®n para hurgar en la herida de los vaivenes populares. ¡°Lo de L¨®pez Gabarro es un problema¡±, han admitido varias fuentes del PP.
Los populares intentan ganar tiempo y pedir¨¢n aclaraci¨®n al TC
La sentencia afectar¨¢ tambi¨¦n a una de las diputadas m¨¢s curtidas y corajudas del PP, Esperanza O?a, vicepresidenta de la C¨¢mara y alcaldesa de Fuengirola desde 1991. Los populares Jos¨¦ Cara (La Mojonera) y Vicente Valero (Churriana) tambi¨¦n deber¨¢n optar. IU no ha podido contactar con S¨¢nchez Gordillo, afectado por una ¨²lcera, pero creen que este elegir¨¢ su alcald¨ªa. Lo sustituir¨¢ ?lvaro Garc¨ªa Manche?o, tambi¨¦n de la CUT como Gordillo, pero muy af¨ªn al coordinador de Izquierda Unida, Antonio Ma¨ªllo.
El Gobierno y el Parlamento han acogido con satisfacci¨®n la sentencia no solo porque convalida una ley auton¨®mica, sino porque avala el principio de la plena dedicaci¨®n, ha destacado Ma¨ªllo. ¡°Una persona, un cargo¡±, han dicho el consejero de la Presidencia, Manuel Jim¨¦nez Barrios, y el presidente de la C¨¢mara, Manuel Gracia.
La sentencia rechaza que la ley aprobada por el Parlamento andaluz en noviembre de 2011 ¡ªcuatro meses antes de las elecciones auton¨®micas¡ª prive a las personas que ostentan esos cargos del derecho de sufragio pasivo, como denunciaba el Gobierno central en su demanda.
Las razones del TC
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso del Gobierno central contra la ley andaluza que declara que los cargos de alcalde, presidente de diputaci¨®n provincial y presidente de las mancomunidades de municipios es incompatible con el mandato de diputado auton¨®mico, por lo que, en el caso de que se acumulen ambas condiciones, debe optarse por una de ellas.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narv¨¢ez, rechaza que la ley aprobada por el Gobierno andaluz en 2011 prive a las personas que ostentan esos cargos del derecho de sufragio pasivo, como denunciaba el Gobierno.
Seg¨²n el alto tribunal, a los alcaldes y diputados provinciales no se les impide presentarse a las elecciones auton¨®micas, "sino, ¨²nicamente, una vez elegidos, adquirir la condici¨®n de parlamentario". El Constitucional cree que tampoco resulta afectado el derecho a la igualdad. "Si lo que se pretende en este caso concreto, como as¨ª lo destaca la exposici¨®n de motivos de la ley, es que los parlamentarios desempe?en sus funciones con transparencia y plena dedicaci¨®n, la causa de incompatibilidad prevista en el precepto impugnado resulta justificada y proporcionada", concluyen los jueces.
El tribunal descarta tambi¨¦n que la norma sea "arbitraria", otro de los aspectos en los que el Gobierno bas¨® su impugnaci¨®n. Seg¨²n la sentencia del Constitucional, sin embargo, la norma andaluza "en modo alguno resulta ajena a las incompatibilidades parlamentarias". Y cita de nuevo la exposici¨®n de motivos de la ley recurrida, donde se se?ala que su objetivo es la mejora del funcionamiento de las instituciones para qu¨¦ sean "m¨¢s transparentes y cercanas a la ciudadan¨ªa, combatiendo el desapego creciente que muestra la ciudadan¨ªa hacia la actividad pol¨ªtica y hacia aquellos que la ejercen".
El Pleno del Parlamento auton¨®mico aprob¨® el 23 de noviembre de 2011, con los votos de PSOE, el rechazo del PP y la abstenci¨®n de IU, una modificaci¨®n de la Ley de Electoral de Andaluc¨ªa que fijaba la incompatibilidad entre los cargos de diputado auton¨®mico y alcaldes as¨ª como con las presidencias de Diputaciones y mancomunidades. El recurso por parte del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, se registr¨® el 7 de marzo de 2012 y el Constitucional decidi¨® suspender "la vigencia y aplicaci¨®n de los preceptos impugnados".
El Consejo de Estado argument¨® que no exist¨ªa "tacha de incompetencia" y que la norma andaluza constitu¨ªa una "vulneraci¨®n de los derechos constitucionales de sufragio pasivo y de acceso a cargos p¨²blicos de que son titulares las personas afectadas y una discriminaci¨®n con relaci¨®n a los titulares de altos cargos, menoscabo y discriminaci¨®n que carecen de justificaci¨®n razonable y que resultan no proporcionados, lo cual hace que incurran en inconstitucionalidad". Los diputados que son altos cargos fueron exceptuados de la declaraci¨®n de incompatibilidad.
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