Los jueces rechazan imponer la devoluci¨®n del copago en discapacidad
El TSJ valenciano admite que los afectados con discapacidad soliciten la devoluci¨®n
La secci¨®n segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha rechazado completar la sentencia por la que anul¨® el decreto del Consell que fijaba el copago de servicios sociales para mayores y discapacitados. Los jueces entienden que el objeto del proceso fue el decreto, por lo que pretender extender los efectos a los actos de su aplicaci¨®n es excederse. Ha admitido, sin embargo, que la citada anulaci¨®n abre la v¨ªa para solicitar la devoluci¨®n de los pagos o la exigencia de responsabilidad patrimonial a la Generalitat (esto es, la obligaci¨®n que tiene una administraci¨®n de reparar el da?o causado por su funcionamiento err¨®neo).
As¨ª consta en un auto de la sala, de fecha 15 de octubre, hecho p¨²blico por el Comit¨¦ de Entidades Representantes de las Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana (CERMI). Esta entidad hab¨ªa enviado un escrito en que ped¨ªa la completaci¨®n de la sentencia al considerar que no se hab¨ªa resuelto la solicitud de los afectados del importe recaudado.
Para el tribunal, los efectos de la declaraci¨®n de nulidad "se agotan con la expulsi¨®n de dicho decreto [el del copago] del ordenamiento jur¨ªdico". As¨ª, la parte actora (CERMI) ha visto satisfecha su pretensi¨®n de nulidad radical del reglamento cuestionado "sin que queden afectados por este pronunciamiento los actos de ejecuci¨®n del mismo, por completo ajenos a este proceso y a su objeto".
Sin embargo, los jueces valoran que la nulidad del decreto "abre jur¨ªdicamente la v¨ªa para la solicitud de devoluci¨®n de los ingresos devenidos en indebidos o, subsidiarimente, a la exigencia de responsabilidad patrimonial de la administraci¨®n de la Generalitat Valenciana".
El CERMI ha se?alado en un comunicado que, con esta decisi¨®n, quedan a partir de ahora 10 d¨ªas h¨¢biles para que la Generalitat recurra en casaci¨®n al Tribunal Supremo. En el momento en que sea firme la sentencia, han recordado, los afectados "podr¨¢n reclamar a la Generalitat todas las cantidades cobradas indebidamente en concepto de copago, petici¨®n que deber¨¢ hacer cada uno de los usuarios".
De acuerdo con la entidad, en los centros p¨²blicos y/o concertados con fondos p¨²blicos "ello no supone ning¨²n problema, salvo que la Generalitat quiera complicar con tr¨¢mites dicha devoluci¨®n que finalmente, m¨¢s pronto o m¨¢s tarde tendr¨¢ que hacer".
El CERMI recomienda a quienes estaban abonando el copago "que dejen de hacerlo y devuelvan los recibos" ya que las cantidades exigidas "son indebidas desde la entrada en vigor de las resoluciones y solamente tendr¨ªan que pagarlas si se aprueba una nueva legislaci¨®n". Asimismo, ha pedido p¨²blicamente a la Generalitat "que reflexione sobre el copago incautatorio y que se negocie un nuevo sistema m¨¢s adecuado y humano para las personas con discapacidad y mayores".
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