Medio Ambiente saca a exposici¨®n p¨²blica el plan de usos de L¡®Albufera
El anterior planeamiento fue anulado por el Tribunal Supremo
La Consejer¨ªa de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha iniciado este mi¨¦rcoles el proceso de participaci¨®n p¨²blica del Plan Rector de Uso y Gesti¨®n, PRUG, del Parque Natural de L'Albufera, despu¨¦s de su publicaci¨®n en el DOGV.
Se abre un plazo de 45 d¨ªas, hasta el 23 de diciembre, para que puedan presentarse alegaciones, sugerencias y aportaciones al nuevo PRUG. Igualmente, durante este periodo la consejer¨ªa mantendr¨¢ reuniones con los sectores afectados a fin de consensuar el texto.
El PRUG puede consultarse en el DOGV o a trav¨¦s de la p¨¢gina web de la Consejer¨ªa de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, en el ¨¢rea de espacios protegidos, dentro de la secci¨®n de novedades.
Novedades del plan de usos
Entre las principales novedades del nuevo PRUG, destaca la creaci¨®n de la comisi¨®n t¨¦cnica del agua, cuyos objetivos ser¨¢n la evaluaci¨®n y seguimiento del r¨¦gimen h¨ªdrico del Parque Natural, y el establecimiento de un foro de comunicaci¨®n continua con las diferentes Administraciones y colectivos, gestores y usuarios del principal recurso del parque.
El nuevo PRUG tambi¨¦n introduce una Zonificaci¨®n del Parque Natural, que distinguir¨¢ entre Zonas de Alto Valor Natural, es decir, espacios de m¨¢xima protecci¨®n, como h¨¢bitats de inter¨¦s comunitario prioritarios o h¨¢bitats de flora y fauna protegida por directivas europeas. Los usos predominantes de estas ¨¢reas estar¨¢n destinados a la conservaci¨®n de flora, fauna y h¨¢bitats. Los usos compatibles con estas zonas ser¨¢n cultivo arroz, las actividades y equipamientos de uso p¨²blico y la conservaci¨®n de infraestructuras.
Dispondr¨¢ tambi¨¦n de Zonas de Inter¨¦s Ambiental, aquellos terrenos cuyo destino productivo principal es la actividad agraria, en raz¨®n de la cual muestran una marcada homogeneidad paisaj¨ªstica y funcional. Incluyen dos subzonas: arrozal y el resto de espacios agr¨ªcolas. Los usos permitidos son actividad agr¨ªcola, pesca, caza, edificaciones para uso agr¨ªcola o pesca profesional, uso p¨²blico, mantenimiento, y ampliaci¨®n de infraestructuras hidr¨¢ulicas, energ¨¦ticas y de telecomunicaciones.
Y por ¨²ltimo, Zonas Antropizadas, es decir, suelo urbano consolidado de los n¨²cleos incluidos dentro de los l¨ªmites del parque y suelo no urbanizable protegido que ha resultado degradado por contener edificaciones e infraestructuras de diversa ¨ªndole. En la zona de espacios antropizados no urbanos se prohibir¨¢ la construcci¨®n para uso residencial.
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