Declarado ilegal el alquiler de pisos tur¨ªsticos en un edificio de Valencia
Los vecinos del barrio del Carme denunciaron que la actividad resultaba molesta
El juzgado de Primera Instancia n¨²mero 1 de Valencia ha condenado una empresa de alquiler de 11 apartamentos tur¨ªsticos por d¨ªas a cesar su actividad e indemnizar a los vecinos del edificio por las molestias y los ruidos que ha generado en la finca. La sentencia, hecha p¨²blica por la asociaci¨®n de vecinos Amics del Carme, declara que la actividad resulta "molesta e inc¨®moda" para los vecinos y exige a la gestora y la constructora de los pisos indemnizar con 5.000 euros a cada una de las 10 viviendas denunciantes. Contra esta sentencia cabe recurso.
Los vecinos del n¨²mero 1 de la calle Carda (en el barrio valenciano de El Carme), seg¨²n explica Amics del Carme, denunciaron haber sido durante dos a?os v¨ªctimas de "molestias y enfrentamientos provocados por los ocasionales ocupantes de los apartamentos tur¨ªsticos con los que comparten escalera y rellano" y aseguran estar "cansados de esperar que el Ayuntamiento atendiera sus quejas a pesar de los constantes partes policiales".
La sentencia considera "probada la existencia de actividades molestas que impiden la normal convivencia o habitabilidad de las viviendas como consecuencia de la explotaci¨®n hotelera" cuyo titular, adem¨¢s, seg¨²n el informe del Servicio de Inspecci¨®n Municipal, no tiene licencia para realizar dicha actividad.
El juez considera que ha quedado acreditado que la actividad comenz¨® en 2013 "ante las dificultades para vender las viviendas", propiedad de la constructora del bloque, que s¨ª logr¨® vender a los demandantes los pisos que ahora habitan. La sentencia explica que los habitantes del edificio no fueron informados en el momento de la compra de los pisos de la intenci¨®n del constructor de alquilar las dem¨¢s casas como apartamentos tur¨ªsticos. Adem¨¢s, el texto precisa que los estatutos del edificio impiden la realizaci¨®n de la actividad de alquiler por d¨ªas porque "no existe compatibilidad de uso en las viviendas tur¨ªsticas declaradas, al coincidir en todas las plantas de los edificios con otras de uso residencial plurifamiliar".
La asociaci¨®n Amics del Carme ha asegurado que tiene previsto dirigirse nuevamente al Ayuntamiento de Valencia "para exigir, no ya el cumplimiento de la sentencia, sino el de las ordenanzas municipales, como deber¨ªa ser su deber, pues todo esto ocurre porque lo consiente el mismo Ayuntamiento que es quien, en primer lugar, est¨¢ obligado a garantizar la tranquilidad de los vecinos y el cumplimiento de las ordenanzas municipales".
Contra esta sentencia cabe recurso de casaci¨®n en el plazo de 20 d¨ªas. "No nos cabe duda alguna que el propietario del inmueble recurrir¨¢ la sentencia, pero el Ayuntamiento debe dejar de jugar al "gato y al rat¨®n" con los vecinos y garantizar la convivencia, el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales a la intimidad y al descanso", ha protestado la asociaci¨®n de vecinos.
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