Declaran nulo un compromiso de Izagirre en favor de los presos de ETA
Un juzgado considera que el Ayuntamiento no puede estar al servicio de una determinada ideolog¨ªa o signo pol¨ªtico
Un juzgado de San Sebasti¨¢n ha declarado nulo el compromiso adoptado por el gobierno municipal donostiarra, de Bildu, de hacer un seguimiento de la situaci¨®n de 77 presos de ETA de la ciudad, al estimar que el Ayuntamiento no puede estar al servicio de una determinada ideolog¨ªa o signo pol¨ªtico. La sentencia, dictada el pasado 23 de diciembre por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n¨²mero 1 de San Sebasti¨¢n, estima "parcialmente" el recurso que interpuso la Administraci¨®n General del Estado, a instancias de la Delegaci¨®n del Gobierno en el Pa¨ªs Vasco, contra una actuaci¨®n protagonizada por el ejecutivo local el 24 de junio de 2013.
Seg¨²n consta en los fundamentos de derecho, ese d¨ªa el alcalde, Juan Karlos Izagirre, y los dem¨¢s ediles de Bildu comparecieron frente al consistorio y leyeron una declaraci¨®n de apoyo a los presos de ETA "en la que hac¨ªan p¨²blicos una serie de compromisos" para dar "una atenci¨®n especial" a estos reclusos y sus familiares.
"El acuerdo-compromiso adoptado p¨²blicamente" por el ejecutivo local del Ayuntamiento de San Sebasti¨¢n inclu¨ªa elaborar un informe semestral sobre la situaci¨®n de los presos donostiarras, mantener reuniones peri¨®dicas con sus familiares y plantear iniciativas sobre sus derechos en la Comisi¨®n de Derechos Humanos del propio consistorio, entre otras acciones.
En su recurso, la Abogac¨ªa del Estado ped¨ªa que se declarara la nulidad de los compromisos impugnados y de las actuaciones que hubieran podido ejecutarse, as¨ª como que se condenara al ejecutivo local a dejar de "instrumentalizar pol¨ªticamente el Consistorio" y dar "cobertura a actos dirigidos a apoyar a los presos de ETA".
El Ayuntamiento contest¨® a la demanda argumentando que no hab¨ªa actividad administrativa impugnable porque lo que se hizo aquel d¨ªa fue "un acto del grupo municipal de Bildu" y "una manifestaci¨®n de la libertad de expresi¨®n y del libre ejercicio de la actividad pol¨ªtica" del alcalde y del resto de concejales de la coalici¨®n.
Argument¨® tambi¨¦n que no exist¨ªa ning¨²n expediente administrativo sobre este asunto y que tampoco hab¨ªa acuerdo alguno por parte de la Junta de Gobierno Local o el pleno de la corporaci¨®n.
En el interrogatorio practicado al alcalde, Izagirre dijo, seg¨²n el escrito judicial, que no se hab¨ªan mantenido reuniones peri¨®dicas con los familiares, pero s¨ª reconoci¨® que en la Comisi¨®n municipal de Derechos Humanos, "a petici¨®n de la familia de un preso con problemas de salud", se hab¨ªa celebrado una reuni¨®n con sus allegados y se hab¨ªa enviado "una carta oficial" al director de la prisi¨®n en la que est¨¢ recluido para interesarse por su situaci¨®n.
El alcalde admiti¨® tambi¨¦n que en la misma Comisi¨®n se hab¨ªa "hablado" sobre otro preso donostiarra de edad avanzada y se hab¨ªa "comentado" que se intentar¨ªa "obtener informaci¨®n" para "debatir" en ese mismo ¨®rgano "posibles l¨ªneas de actuaci¨®n".
El magistrado considera en su fallo que las contestaciones son "ilustrativas" de que s¨ª hubo "actuaci¨®n municipal". Sostiene asimismo que "no puede acogerse" a que aquel acto fue del grupo pol¨ªtico de Bildu, ya que, a su juicio, "hay utilizaci¨®n como tal, para dar forma a ese compromiso, de la instituci¨®n de la Alcald¨ªa y de un ¨®rgano municipal", la citada Comisi¨®n.
Agrega que "existe arrogaci¨®n de facultades, confundiendo la entidad local como tal, y sus ¨®rganos institucionales, con los prop¨®sitos que puede tener alguno de sus grupos municipales".
"La entidad local por lo tanto -dice el juez- no puede actuar en representaci¨®n o al servicio de grupos o colectivos de un determinado signo pol¨ªtico o ideol¨®gico, sino al servicio del inter¨¦s general".
La sentencia no estima por el contrario "la pretensi¨®n de condena con car¨¢cter de futuro" de la Abogac¨ªa del Estado al entender que "no caben pronunciamientos previos sobre futuribles".
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