Anulada la cl¨¢usula que dejaba fuera de convenio a 325 empleados de Metro
El juez considera que la disposici¨®n era impuesta de forma unilateral y vulneraba el derecho a la libertad sindical
El Juzgado de lo Social N¨²mero 19 de Barcelona ha declarado nula una cl¨¢usula que Ferrocarril Metropolitano de Barcelona ¡ªla titular del metro¡ª incluy¨® en los contratos de 325 trabajadores y que imped¨ªa que se les aplicara el convenio colectivo de la empresa. La juez estim¨® la demanda de CGT al considerar que esta disposici¨®n ¡°vulnera el derecho a la libertad sindical¡± de los afectados porque no solo les excluye del acuerdo vigente en el momento de la contrataci¨®n, sino tambi¨¦n de los sucesivos que puedan suscribirse.
Esto ¡°no puede m¨¢s que declararse contrario a derecho¡±, recoge el fallo, ¡°en tanto que establece una renuncia de futuro a que las condiciones de trabajo del colectivo puedan ser establecidas colectivamente¡±. Seg¨²n la sentencia, con esta pr¨¢ctica la compa?¨ªa sustrae a estos empleados la facultad de poder regular sus condiciones de trabajo. Un problema que, como recuerda el dictamen, afecta a un porcentaje ¡°cada vez m¨¢s amplio de la plantilla¡±, compuesta por 3.608 personas.
Este personal ¡°fuera de convenio¡± est¨¢ compuesto por los directivos y t¨¦cnicos (DIT), algunos con hasta 20 a?os de antig¨¹edad, seg¨²n destacaron fuentes de CGT. La propia empresa admiti¨® ante el juzgado que esta cl¨¢usula existe desde hace dos d¨¦cadas. ¡°Pero antes eran 20 o 30 directivos, ahora son m¨¢s de 300 personas y de categor¨ªas m¨¢s bajas¡±, denunci¨® este lunes el sindicato.
¡°Hay situaciones extremas claramente diferenciadas: por un lado, la alta direcci¨®n de la empresa. Por otro, el grupo de directivos, donde el sindicato sospecha que se esconde un brutal dispendio de dinero para unos cargos con funciones poco concretas, venidos en muchas ocasiones del ¨¢mbito de la pol¨ªtica. Y por ¨²ltimo, el grupo de trabajadores con categor¨ªas laborales m¨¢s bajas ¡ªingenieros, secretarias¡ª, cuyas condiciones laborales son claramente peores de lo que marca el convenio¡±, denunci¨® el sindicato en un comunicado.
La sentencia excluye a los cargos de alta direcci¨®n y los que integran el consejo, que seg¨²n CGT se trata del 2% de los afectados. El fallo recuerda que ¡°la representaci¨®n de empresa y trabajadores puede establecer un ¨¢mbito de aplicaci¨®n personal que no comprenda¡± a toda la plantilla ¡°siempre que la exclusi¨®n sea debida a criterios objetivos y no discriminatorios y no comporte una minoraci¨®n de derechos¡± en relaci¨®n con el resto de empleados. En el caso del metro de Barcelona, en cambio, la compa?¨ªa cre¨® ¡°un sistema de clasificaci¨®n paralelo fruto de su voluntad unilateral¡±.
Al no estar incluidos en el convenio, estos trabajadores ¡°forman parte del censo electoral de la empresa y, por tanto, pueden votar en las elecciones sindicales pero, parad¨®jicamente, no pueden ser defendidos por los representantes que han elegido¡±, explic¨® CGT.
Ferrocarril Metropolitano de Barcelona ha recurrido el fallo. El convenio vigente en la empresa caduca el pr¨®ximo 31 de diciembre.
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