El TSXG manda tirar en Sanxenxo parte de un edificio de Construcuatro
La obra fue levantada cuando Telmo Mart¨ªn era alcalde y consejero delegado de la empresa constructora
La Ley de Costas marca 20 metros de distancia m¨ªnima entre las construcciones y la playa. El edificio de seis plantas de Construcuatro en pleno paseo de Silgar, en Sanxenxo, supera ese l¨ªmite. Este es un ¡°dato incontrovertible¡±, seg¨²n ha vuelto a constatar en una sentencia el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG), 11 a?os y cinco meses despu¨¦s de la primera denuncia de la asociaci¨®n ecologista Salvemos Pontevedra contra la empresa de la que hasta 2011 era consejero delegado Telmo Mart¨ªn ¡ªahora lo es su esposa¡ª a la saz¨®n tambi¨¦n alcalde por el PP y ahora, de nuevo, aspirante.
?El Tribunal enmienda a la Xunta y a la Demarcaci¨®n de Costas, sistem¨¢ticamente favorables a la empresa, y manda tirar la parte de la fachada que invade la servidumbre. Y aunque ve extra?o que el alcalde y promotor no se enterara de la irregularidad, considera los indicios insuficientes para multarlo, por lo que levanta la sanci¨®n de tres millones de euros propuesta inicialmente. ¡°Por encima de los planos est¨¢ la realidad f¨ªsica¡±, concluye la sentencia, que enmienda la decisi¨®n del Consello de la Xunta en 2011 de ratificar el archivo del expediente decretado en 2005, sin tener competencia para ello, por el conselleiro de Pesca, Enrique L¨®pez Veiga. Este hab¨ªa encargado a la Demarcaci¨®n Provincial de Costas del Estado un informe complementario, cuando ya la multa parec¨ªa inminente, en el que se dec¨ªa que el error era de organismo por enviar un plano mal grafiado al Ayuntamiento que incomprensiblemente fijaba la l¨ªnea de protecci¨®n en 19 metros.
La redactora del informe fue Cristina Paz-Curbera, cuya casa en Sanxenxo tambi¨¦n estaba en una zona no urbanizable, junto a un acantilado, hasta que el plan general aprobado por el gobierno de Mart¨ªn en 2003 la autoriz¨®. Sobre la sanci¨®n a la empresa del ¡°pobre Telmo¡±, dijo en 2012 que era un ¡°canallada¡±.
En esta colecci¨®n de pifias m¨¢s o menos interesadas la sentencia ve ¡°errores de bulto¡± y ¡°actuaciones que no son de la diligencia esperada o ponen en entredicho la coordinaci¨®n entre administraciones¡±. Y critica que la Xunta, ¡°no percibi¨® la necesidad de hacer comprobaciones hasta que se present¨® una denuncia¡±. El tribunal admite, pese a tener sospechas, que no hay pruebas de que la empresa fuese consciente de que infring¨ªa la ley, por lo que retira la multa.
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