Absueltos tres condenados de Can Vies por una identificaci¨®n ¡°confusa¡±
La Audiencia revoca una pena de tres a?os y medio de c¨¢rcel para tres j¨®venes
Manuel B., Gonzalo C. y Laura G. fueron condenados a tres a?os y medio de c¨¢rcel por arrojar botellas de vidrio a los Mossos d¡¯Esquadra durante los incidentes tras el desalojo de Can Vies, el centro social okupa de Sants. Ahora, m¨¢s de un a?o despu¨¦s de aquellos disturbios, la Audiencia de Barcelona les ha absuelto. El tribunal considera que no hay pruebas suficientes de que cometieran el delito. La polic¨ªa auton¨®mica, recoge la sentencia, realiz¨® una identificaci¨®n de los acusados ¡°confusa, imprecisa e incompleta¡±.
La Audiencia de Barcelona ha cambiado de arriba abajo el relato de hechos que dio por bueno el juez que, inicialmente, conden¨® a los tres j¨®venes. Manuel B., mexicano de 23 a?os, Gonzalo C., tambi¨¦n mexicano de 22, y Laura G., espa?ola de 21, fueron sentenciados a tres a?os de c¨¢rcel ¡ªpor atentado a la autoridad ¡°con utilizaci¨®n de instrumentos peligrosos¡±¡ª y a otros seis meses por des¨®rdenes p¨²blicos. Pese a que carecen de antecedentes, la pena superaba el umbral de los dos a?os e implicaba, en principio, su ingreso en prisi¨®n.
Los hechos juzgados ocurrieron la noche del 28 de mayo de 2014, dos d¨ªas despu¨¦s del pol¨¦mico desalojo de Can Vies. Cientos de personas desfilaron por Sants para protestar por la medida. Como en las noches anteriores y posteriores, se produjeron graves disturbios en el barrio: ataques a escaparates, da?os en el mobiliario urbano, lanzamiento de piedras a los antidisturbios de los Mossos...
Cinco agentes de paisano observaron c¨®mo, desde la azotea de un edificio de siete plantas en la calle de Sants, tres personas arrojaban botellas de vidrio vac¨ªas contra el cord¨®n policial. Al menos una de ellas impact¨® contra el techo de una furgoneta. Cuando cesaron los lanzamientos, tres de los mossos sin uniforme entraron en el edificio y detuvieron a los tres j¨®venes. A Gonzalo C. le encontraron una mochila de color rojo con ocho botellas de cerveza y tequila vac¨ªas. Dijo que era suya.
Tanto en los atestados como en el juicio, los polic¨ªas afirmaron que no ten¨ªan ninguna duda de que fueron ellos quienes lanzaron las botellas: los rasgos y la ropa que observaron en la terraza coincid¨ªan al dedillo con las que aprecieron en los j¨®venes detenidos. La Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia de Barcelona, sin embargo, pone en duda la versi¨®n policial. Los agentes de paisano, narra la sentencia absolutoria, no pudieron identificar con claridad a los autores porque tuvieron poco tiempo para ello, porque les vieron ¡°desde una distancia relevante¡± y porque era ¡°noche cerrada¡±: la ¡°luminosidad¡± a esas horas, y el hecho de que estuvieran en una terraza, ¡°no favorecen una efectiva y adecuada observaci¨®n¡±, precisan los jueces. En el juicio, uno de los agentes asegur¨® que us¨® el zoom de la c¨¢mara de su m¨®vil para apreciar mejor los rasgos. El tribunal tambi¨¦n echa por tierra esa tesis porque ¡°no consta el modelo utilizado o qu¨¦ aumento era capaz de proporcionar la c¨¢mara¡±.
Los rasgos f¨ªsicos y de vestimenta aportados por los Mossos, sigue el tribunal, son ¡°absolutamente vagos, imprecisos y gen¨¦ricos¡±, por lo que no permiten ¡°una efectiva individualizaci¨®n con el rigor exigido para la prueba de cargo en el juicio¡±. La polic¨ªa describi¨® as¨ª a los tres j¨®venes: ¡°hombre joven que viste con sudadera oscura con l¨ªneas blancas en las mangas y capucha¡±; ¡°hombre joven con sudadera negra y cabello corto¡±, y ¡°mujer joven con cabello ondulado y gafas que viste con ropa oscura¡±.
Los jueces reprochan a los Mossos que no recogieran ¡°fotograf¨ªas de la ropa que llevaban¡± al ser detenidos e insisten en que ¡°nadie vio el rostro de las personas que se encontraban¡± en la azotea. La sentencia tampoco considera un indicio de culpabilidad que los acusados ¡°asumieran su detenci¨®n con tranquilidad¡±, como relataron los Mossos. Ni, tampoco, el hecho de que entre el momento de los lanzamientos y el de la detenci¨®n nadie abandonara el domicilio porque dos de los agentes siguieron observando. La sentencia lamenta, adem¨¢s, que durante la investigaci¨®n no se hicieran m¨¢s pruebas para aclarar los hechos; por ejemplo, analizar las botellas halladas en la mochila de Gonzalo C.
Andr¨¦s G. Berrio, abogado defensor en esta causa, se felicita por la sentencia porque ¡°no da presunci¨®n de veracidad al testimonio de los Mossos¡±. El letrado cree que no puede condenarse a alguien ¡°solo con el relato de la polic¨ªa, sobre todo cuando es contradictorio y cuando se podr¨ªan haber practicado otras pruebas¡±.
Can Vies, condenas y absoluciones
M¨¢s condenas. Las protestas por el desalojo de Can Vies se saldaron con m¨¢s de 80 detenidos. De los casos que han llegado a juicio por delito, una mayor¨ªa se han resuelto con sentencias condenatorias, aunque en la mayor¨ªa de casos con penas inferiores a los dos a?os de prisi¨®n, explican fuentes judiciales.
Los 13 condenados. Una de las sentencias m¨¢s sonadas fue la de 13 j¨®venes que fueron condenados a penas m¨ªnimas ¡ªentre un a?o y un a?o y medio de c¨¢rcel¡ª por atentado a la autoridad y des¨®rdenes. Como otros condenados por Can Vies, han recurrido su caso ante la Audiencia de Barcelona, que a¨²n debe resolverlo. Igual que en la mayor¨ªa de casos, el testimonio de los Mossos fue la principal prueba de cargo en el juicio oral.
'Casteller' absuelto. Una de las absoluciones m¨¢s llamativas, en contraste, fue la de Sergi Rubia, el casteller que afrontaba cinco a?os de c¨¢rcel por participar en los incidentes y que lleg¨® a estar 22 d¨ªas en prisi¨®n provisional. Rubia no solo fue exonerado, sino que denunci¨® por falso testimonio a los guardias urbanos que le hab¨ªan se?alado.
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