La responsabilidad penal en las ITE se reduce a casos de mala fe
Las empresas y los trabajadores aut¨®nomos son los que est¨¢n capacitados para hacer las inspecciones
La responsabilidad penal de los arquitectos que llevan a cabo una Inspecci¨®n T¨¦cnica de Edificios se limita a los casos en los que omitan voluntariamente y con mala fe informar sobre una parte del inmueble en la que puedan existir da?os, o no dejen constancia de un signo evidente de un da?o estructural en el informe que tienen que elaborar una vez acabadas las pruebas. As¨ª lo explica Fulgencio Avil¨¦s, presidente de ASEMAS, la mutua de seguros que cubre al 80% de los arquitectos espa?oles. ¡°Pero es altamente improbable que ocurra algo de ese tipo¡±, subraya. En la mayor¨ªa de los casos, la responsabilidad no va m¨¢s all¨¢ del ¨¢mbito contractual, es decir, el incumplimiento puntual de una o m¨¢s cl¨¢usulas establecidas en el acuerdo en el que las comunidades de vecinos y los t¨¦cnicos establecen qu¨¦ pruebas se realizar¨¢n para llevar a cabo la inspecci¨®n. Una vez que los t¨¦cnicos han informado de un da?o, la responsabilidad de su reparaci¨®n es del propietario.
Avil¨¦s, que es arquitecto, asegura que la actual normativa, aunque ha sido muy ¨²til, es mejorable: ¡°Las actuales inspecciones t¨¦cnicas son bastante ligeras; la ley no exige que se haga un ensayo sino simplemente una inspecci¨®n visual. Las ITE son como una instant¨¢nea que fotograf¨ªa las condiciones de un edificio en una fecha determinada¡±.
Por ello, aunque con una moratoria que aplaza su aplicaci¨®n a 2018, en 2013 se aprob¨® una nueva norma, la Ley 8/2013, que introduce el Informe de Evaluaci¨®n del Edificio (IEE) para inmuebles de m¨¢s de cincuenta a?os. ¡°Se trata de una prueba mucho m¨¢s amplia que la ITE y comprende eficiencia energ¨¦tica, accesibilidad y estado de conservaci¨®n del edificio¡±. Es necesario realizarla si se va a pedir una subvenci¨®n para rehabilitaci¨®n.
Estos an¨¢lisis han estado siempre en manos privadas. Sin embargo, no hace falta constituirse como empresa para poder realizarlos. Cualquier arquitecto superior o t¨¦cnico e incluso determinado tipo de ingenieros que est¨¦n dados de alta como aut¨®nomos pueden hacer las inspecciones. Esta flexibilidad en los reglamentos deja una incontable oferta de profesionales. El Ayuntamiento no conoce el n¨²mero.
En Madrid hay numerosas empresas dedicadas exclusivamente a las ITE, pero tambi¨¦n hay un gran n¨²mero de graduados t¨¦cnicos que ejercen como aut¨®nomos estas inspecciones. Solo hacen falta tres requisitos: ser arquitecto superior, t¨¦cnico (aparejador) o determinado tipo de ingeniero (son v¨¢lidos de caminos, industrial, de edificaci¨®n o de obras, por ejemplo); estar dado de alta como aut¨®nomo y tener un seguro de responsabilidad civil.
El concejal de Urbanismo, Jos¨¦ Manuel Calvo, asegura que con estas titulaciones se tiene ¡°una preparaci¨®n m¨¢s que necesaria¡± para ejercer este puesto.
El procedimiento de estas inspecciones incluye la visita del t¨¦cnico al inmueble, un peritaje visual y unas entrevistas con los vecinos sobre posibles deficiencias en el edificio. Una vez emitido el informe, bien la comunidad de vecinos o bien el propio inspector deposita el resultado en el Ayuntamiento.
El precio de estas inspecciones var¨ªa seg¨²n el t¨¦cnico y, sobre todo, seg¨²n el tipo de inmueble, explicaron fuentes municipales. Una inspecci¨®n de un edificio hist¨®rico tiene un coste m¨¢s elevado.
Las resoluciones desfavorables de estas inspecciones (4.621) casi alcanzaban a las favorables (5.660) en 2010 en Madrid, seg¨²n la web el Observatorio de las ITE, promovida desde el Ministerio de Fomento. La concejal socialista experta en temas de urbanismo Mercedes Gonz¨¢lez recalca la importancia de controlar estas ITE negativas.
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