La administraci¨®n burla la ley de Transparencia
La burocracia frena la petici¨®n de datos p¨²blicos por parte de los ciudadanos
El Parlament aprob¨® hace un a?o la ley de Transparencia, acceso a la informaci¨®n p¨²blica y buen gobierno, y, en los ¨²ltimos meses, ha sido defendida reiteradamente por el ejecutivo. La consejera de Gobernaci¨®n, Meritxell Borr¨¤s, lleg¨® a definirla como ¡°una de las m¨¢s completas y exigentes del mundo, ¨²nicamente equiparable a la de los pa¨ªses n¨®rdicos, EE. UU., Chile y Argentina¡±. A la hora de la verdad, sin embargo, se dificulta el derecho de petici¨®n y se deniega informaci¨®n accesible en la mayor¨ªa de pa¨ªses europeos.
Con la ley ya plenamente operativa, EL PA?S ha puesto a prueba la efectividad del texto solicitando a la administraci¨®n catalana acceso a datos que en principio deber¨ªan ser accesibles por parte de los ciudadanos. El resultado no ha sido satisfactorio en la mayor¨ªa de casos y contrasta con la relativa facilidad con la que los ciudadanos acceden a la informaci¨®n p¨²blica en pa¨ªses como Reino Unido.
?Qu¨¦ escuelas tienen mejores notas?
El Departamento de Educaci¨®n ha rechazado dar informaci¨®n que permita identificar a las escuelas con mejores y peores resultados en las pruebas de evaluaci¨®n de 4? de ESO. Un mes despu¨¦s de realizar esta petici¨®n, el Consejo Superior de Evaluaci¨®n del Sistema Educativo envi¨® los resultados de las pruebas por escuelas, pero decidi¨® sustituir el nombre de ¨¦stas por un n¨²mero que no permite su identificaci¨®n.
Tras un recurso de reposici¨®n en el que se ped¨ªa el nombre de las escuelas, el Consejo ¡ªdos meses despu¨¦s de realizar la primera petici¨®n¡ª decidi¨® desestimarlo. Aleg¨® que estas pruebas no son una ¡°evaluaci¨®n de la calidad del sistema educativo sino una evaluaci¨®n de las competencias y conocimientos b¨¢sicos del alumno para proporcionar a los docentes indicadores pedag¨®gicos que sirvan para orientar y organizar actividades de educaci¨®n y aprendizaje¡±.
La resoluci¨®n tambi¨¦n basa su negativa a proporcionar la informaci¨®n en el hecho de que a¨²n est¨¢ pendiente reglamentar de qu¨¦ manera se har¨¢n p¨²blicos estos datos, y ¡°ponderando el perjuicio que eventualmente se podr¨ªa ocasionar en los centros con peores resultados¡±.
Este hecho contrasta con la informaci¨®n facilitada por el Departamento de Educaci¨®n brit¨¢nico, que permite conocer informaci¨®n de las escuelas del pa¨ªs. As¨ª, los ciudadanos pueden saber el porcentaje de alumnos de la escuela con notas altas y bajas en los ex¨¢menes de lectura, escritura y matem¨¢ticas, el nombre de alumnos que tienen notas superiores e inferiores a la media estatal, el porcentaje de absentismo escolar, el nombre de alumnos que tienen una beca de comedor, etc.
?Qu¨¦ restaurantes tienen problemas de higiene?
La Agencia de Salud P¨²blica de Barcelona decidi¨® no proporcionar esta informaci¨®n pedida mediante la ley de transparencia. La Agencia argument¨® que facilitarla podr¨ªa ¡°interferir en la investigaci¨®n de las infracciones administrativas que se puedan derivar¡±. Adem¨¢s, aleg¨® que publicar la informaci¨®n relativa a la puntuaci¨®n en las inspecciones de sanidad de estos establecimientos ¡°queda fuera del ¨¢mbito del derecho de acceso a la informaci¨®n p¨²blica, al tratarse de notas, y otra informaci¨®n que puede ser considerada como documentos de trabajo sin relevancia o inter¨¦s p¨²blico¡±.
En Reino Unido, el gobierno s¨ª considera de inter¨¦s p¨²blico que los ciudadanos sepan si el restaurante en el que comen habitualmente tiene una buena calificaci¨®n en la inspecci¨®n de sanidad, y por eso publica un listado de todos los establecimientos que sirven comida (se incluyen hospitales, universidades, etc.) y su respectiva puntuaci¨®n en la ¨²ltima inspecci¨®n.
?Cu¨¢nto cobran las productoras de TV-3?
La Corporaci¨®n Catalana de Medios Audiovisuales tampoco ha suministrado los detalles de los contratos de TV-3 con productoras audiovisuales externas. En respuesta a la petici¨®n, ha alegado que hacer p¨²blicos los datos relevantes de los contratos puede afectar ¡°derechos o intereses de terceros¡±.
En la mayor¨ªa de pa¨ªses europeos, las administraciones disponen de una direcci¨®n de correo electr¨®nico a la que se pueden enviar peticiones sobre cualquier dato p¨²blico. En cambio, el periplo de los ciudadanos catalanes para ejercer el derecho de petici¨®n es mucho m¨¢s largo y complejo. En muchos casos esto puede acabar frenando la petici¨®n.
Hemos tenido m¨¢s problemas para pedir informaci¨®n en Espa?a que en Serbia¡±
El primer paso es acceder a la web www.transparencia.gencat.cat. Los usuarios deben rellenar un formulario en el que se debe seleccionar el tema y subtemas de la petici¨®n, indicar el formato en el que se quiere recibir la respuesta y facilitar los datos personales, entre los cuales deben figurar obligatoriamente el nombre, correo electr¨®nico y n¨²mero de DNI.
Tambi¨¦n se debe certificar que se es mayor de 16 a?os ¡ªlos menores de esta edad no pueden ejercer el derecho de petici¨®n¡ª, y aceptar que los datos personales sean incorporados a un fichero llamado Acceso a la informaci¨®n p¨²blica, del que es responsable el Comisionado para la Transparencia y el Acceso a la Informaci¨®n P¨²blica.
El abogado especializado en la ley de transparencia, Josep Matas, explica que ¡°cada administraci¨®n, seg¨²n la ley, puede decidir c¨®mo pide al ciudadano que se identifique, pero la ley obliga a recoger un m¨ªnimo de datos. Por ejemplo registrarse una vez y actuar luego con usuario y contrase?a o utilizar un certificado electr¨®nico¡±.
La p¨¢gina web de transparencia de la Generalitat promueve que los ciudadanos se den de alta en Idcat-SMS, un sistema que permite la identificaci¨®n mediante el n¨²mero de m¨®vil, al cual se env¨ªa un PIN temporal para hacer peticiones en l¨ªnea. Previamente es necesario inscribirse f¨ªsicamente en este registro, y no todas las ciudades catalanas disponen de una oficina para hacerlo.
Helen Darbishire es la directora de AccessInfo, una organizaci¨®n dedicada a promover el derecho de acceso a la informaci¨®n. Explica que este proceso, que se aplica tanto en la ley catalana como en la espa?ola ¡°demuestra una falta de confianza desde la administraci¨®n p¨²blica hacia el ciudadano. La idea de que la persona tiene que ser identificable es una mala concepci¨®n de la relaci¨®n entre administraci¨®n y p¨²blico. Es una visi¨®n muy antigua de la administraci¨®n. No hay necesidad de saber qui¨¦n es la persona, sino que se debe entregar la informaci¨®n a quien la pida¡±.
Asimismo, recuerda que el derecho de acceso es un derecho fundamental ¡°que se est¨¢ violando con este sistema que est¨¢ fuera de los est¨¢ndares no solo europeos sino internacionales¡±. Darbishire es categ¨®rica sobre lo que pasa en Catalu?a y el resto de Espa?a: ¡°Hemos tenido m¨¢s problemas para pedir informaci¨®n en Espa?a que en Serbia o M¨¦xico¡±.
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