El Consell indemniza a cuatro hijos de v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero
Solo se recibe la ayuda cuando lo pide el menor o su representante legal
![Ignacio Zafra](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F4d89325c-7f93-4b69-b7eb-b1b3b272c02d.jpg?auth=eb0419eecf558bcf53cd5f7086dca9762dfd83c9619fba0f80a50674db2f041f&width=100&height=100&smart=true)
![Un miembro de los servicios de emergencia sale de una vivienda de Valencia donde fue hallada una mujer asesinada.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/QKAR2R7FDYUDOITW66U7EERB3E.jpg?auth=ba4ae77588b75996312a65c15539c5ae28df36f7dce1c3b4e83613a555693ff1&width=414)
La Generalitat valenciana ha aprobado una indemnizaci¨®n de 6.000 euros a cuatro menores de edad cuyas madres fallecieron en 2015 v¨ªctimas de la violencia de g¨¦nero. El pago se realiza en aplicaci¨®n de una ley auton¨®mica aprobada en 2012.
Las indemnizaciones no alcanzan a todos los ni?os que han quedado hu¨¦rfanos de madre en lo que va de a?o en la Comunidad Valenciana, sino a los dos hijos de una mujer y a otros dos de otra. El motivo es que seg¨²n la norma en vigor el reconocimiento del derecho a percibirlo "se iniciar¨¢ a solicitud de la persona interesada o de su representante legal, y deber¨¢ incluir el reconocimiento a la madre de la condici¨®n de v¨ªctima de la violencia machista".
Entre los indemnizados no figura, por ejemplo, el ni?o peque?o que presenci¨® c¨®mo su madre y su abuela eran presuntamente asesinadas a tiros por su padre en una calle de Ll¨ªria el pasado mes de noviembre.
En el caso de los cuatro menores a quienes se ha reconocido el derecho, ha sido la direcci¨®n general del Instituto Valenciano de las Mujeres por la Igualdad de G¨¦nero la que ha comprobado que se cumpl¨ªan las condiciones.
La ley establece que para acreditar que la progenitora -o descendiente en ciertos casos- ha sido v¨ªctima de violencia de g¨¦nero constituye medio de prueba "cualquier resoluci¨®n judicial que reconozca, aunque solo sea de forma indiciaria o incidental, la existencia de un acto de violencia sobre la mujer" de los previstos en la ley.
De forma excepcional, en ausencia de la resoluci¨®n judicial y mientras esta se dicta es "suficiente el informe del ministerio fiscal de cuyo contenido se desprenda que existen indicios de que la demandante es v¨ªctima de esta violencia". Y, en algunos casos, bastar¨¢ "con la ¨²nica acreditaci¨®n de la presentaci¨®n del atestado policial o incluso del certificado acreditativo de atenci¨®n especializada por un organismo p¨²blico competente en materia de violencia sobre la mujer".
En lo que va de 2015, 10 mujeres han muerto a manos de sus parejas en la Comunidad Valenciana.
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