Rib¨® alerta de que hay ancianos en geri¨¢tricos en contra de su voluntad
Rafael Rib¨® denuncia que se le da informaci¨®n ¡°m¨ªnima¡± a los detenidos en las comisar¨ªas
El Mecanismo Catal¨¢n de Prevenci¨®n contra la Tortura (MCPT), que depende del S¨ªndic de Greuges de Catalu?a, alert¨® ayer de geri¨¢tricos en donde hay ancianos ingresados contra su voluntad. La denuncia forma parte de la memoria anual que Rafael Rib¨® present¨® a la presidenta del Parlament. El informe asegura que hay una contradicci¨®n legal respecto a si se puede considerar voluntario el ingreso de un abuelo que solicite un familiar o persona cercana si ¨¦ste no est¨¢ jur¨ªdicamente incapacitado. Tanto el departamento de Bienestar como la Asociaci¨®n Catalana de Recursos Asistenciales (ACRA) aseguraron que act¨²an de acuerdo con lo que establece la ley. Rib¨® tambi¨¦n reproch¨® la falta de conocimiento de protocolos internacionales contra la tortura.
Para elaborar el informe, el equipo del MCPT visit¨® dos centros geri¨¢tricos, dos residencias para personas con discapacidad, 25 comisar¨ªas y ocho centros penitenciarios, entre otros. Rib¨® asegur¨® que un an¨¢lisis a los libros de ingreso de los equipamientos para adultos mayores revel¨® que es ¡°una pr¨¢ctica habitual¡± que se acepten como voluntarios los ingresos que realizan familiares de ancianos que, si bien no est¨¢n incapacitados, no se encuentran en condiciones de aceptar o rechazar su internamiento.
Un decreto de hace 16 a?os del departamento de Bienestar Social, que regula el Sistema catal¨¢n de Servicios Sociales, determina que cuando las personas no pueden manifestar su voluntad en el momento del ingreso, el c¨®nyugue, la pareja de hecho, los hermanos o los ascendentes y descendentes de primer grado pueden hacerlo por ellos.
Sin embargo, el libro segundo del C¨®digo Catal¨¢n, de 1998, ya establec¨ªa de la necesidad de una autorizaci¨®n judicial previa en el caso de que la persona que se ingresar¨¢ se encuentra en una situaci¨®n ¡°que no le permita decidir por ella misma¡±. El decreto tiene en cuenta la notificaci¨®n judicial posterior s¨®lo en el caso de urgencia, dentro de un plazo d 24 horas. En estos casos el director del centro se convierte en el guardador de hecho.
El MCPT, de acuerdo con un dictamen del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), considera que siempre es necesaria la autorizaci¨®n judicial para no vulnerar los derechos fundamentales de las personas internas. ¡°Ser¨ªa conveniente sensibilizar a la poblaci¨®n sobre la importancia de tener firmado un documento de voluntades para asegurar que, llegado el momento, se respeten las decisiones tomadas con capacidad¡±, recomend¨® el S¨ªndic.
¡°Las normas siempre han pretendido ir en el beneficio de la atenci¨®n de las personas¡±, asegur¨® Carmela Fortuny, directora general del Instituto Catal¨¢n de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS). Los servicios jur¨ªdicos de Bienestar, a?adi¨® una portavoz del departamento, revisar¨¢n las normativas se?alas por el S¨ªndic para mirar si existe alguna inconsistencia. Desde ACRA, que agrupa a gran parte de las residencias, se?alan que los protocolos que recomiendan a los geri¨¢tricos para gestionar los ingresos establecen est¨¢n basados en los requisitos fijados por Bienestar del 2000. Rib¨® pidi¨® una modificaci¨®n legal y comunic¨® las incongruencias al Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a.
Protocolo de Estambul
Por otra parte, la memoria del MCPT alert¨® del desconocimiento de acuerdos anti tortura de la ONU por parte de cuerpos de seguridad y sanitarios, entre otros. En espec¨ªfico se refiri¨® al protocolo de Estambul, el Manual de Investigaci¨®n y Documentaci¨®n Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes aprobado por la ONU hace 16 a?os. ¡°Es un gran desconocido en Espa?a y Catalu?a¡±, dijo Rib¨®. El documento, por ejemplo, establece que las exploraciones m¨¦dicas solo deben estar presentes el paciente y el m¨¦dico y que s¨®lo en circunstancias excepcionales se puede contar con la presencia de una tercera persona.
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