Una exedil de Barber¨¢, investigada en Taula, procesada por fraude fiscal
Un juzgado de Mislata ve indicios de delito por no declarar la herencia recibida del padre
La exconcejal del Ayuntamiento de Valencia Mar¨ªa Jos¨¦ Alc¨®n, investigada en el caso Taula, ha sido procesada por presunto fraude fiscal y contra la Seguridad Social en relaci¨®n con la herencia de su padre. Alc¨®n, que estuvo en los equipos de gobierno de Rita Barber¨¢ y est¨¢ casada con el exvicealcalde de Valencia Alfonso Grau, ha sido procesada junto con su madre y sus dos hermanos por el juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Mislata.
La magistrada encargada ha puesto fin a la instrucci¨®n y ha dado traslado al fiscal para que le diga si decreta la apertura de juicio oral, archiva la causa o practica nuevas diligencias, seg¨²n el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La juez considera que existen indicios de que Alc¨®n y sus familiares cometieron un delito al no presentar la declaraci¨®n de renta del fallecido cuya herencia recibieron. Seg¨²n el auto, la titular del juzgado cifra en 192.131 euros el dinero supuestamente defraudado por la esposa y los tres hijos del fallecido por no presentar la declaraci¨®n del IRPF y una resoluci¨®n judicial que reconoci¨® al fallecido y a su esposa el justiprecio por la expropiaci¨®n de dos fincas registrales.
Seg¨²n la instrucci¨®n realizada, la juez observa indicios de la viuda tambi¨¦n defraud¨® otros 190.000 euros en la liquidaci¨®n del IRPF correspondiente al ejercicio de 2009.
La jueza considera que tras haber tomado declaraci¨®n a Alc¨®n y a sus familiares y haber practicado pruebas documentales y testificales, los hechos investigados son "penalmente relevantes" y podr¨ªan ser constitutivos de un delito contra la Hacienda P¨²blica y la Seguridad Social. La exconcejala popular es la misma que en una conversaci¨®n con su hijo, grabada en el caso Taula, asegura que "en este pa¨ªs lo ¨²nico que funciona es la corrupci¨®n".
En el supuesto de que el Ministerio P¨²blico entienda que debe celebrarse juicio porque hay indicios de delito, presentar¨¢ el correspondiente escrito de acusaci¨®n, en el que realizar¨¢ un relato de c¨®mo cree que sucedieron los hechos, concretar¨¢ el delito que imputa a los encausados y la pena que solicitar¨¢ para ellos.
Cumplimentado este tr¨¢mite, el instructor dictar¨¢ auto de apertura de juicio oral y dar¨¢ traslado de la acusaci¨®n del fiscal al abogado de los acusados para que, a su vez, formulen escritos de defensa.
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