El Tribunal Constitucional anula la ley anti ¡®fracking¡¯ y de grandes superficies
Los magistrados levantan la suspensi¨®n contra el fondo para pagar las facturas de los pobres energ¨¦ticos
La ley catalana que pretend¨ªa prohibir la fractura hidr¨¢ulica para la exploraci¨®n y extracci¨®n de hidrocarburos, el fracking, sigui¨® el camino de las normas propias de Navarra, La Rioja y Cantabria y fue anulada por el Tribunal Constitucional (TC). Los magistrados consideran, seg¨²n la sentencia que se hizo p¨²blica ayer, que las competencias del Estado en materia minera y energ¨¦tica prevalecen sobre las auton¨®micas del territorio y el medio ambiente.
¡°Mediante este tipo de acciones nos est¨¢n diciendo que no tenemos derecho a ordenar nuestro pa¨ªs en base a criterios propios y que tendremos que determinar lo que ocurre en Catalu?a a partir de criterios decididos por otros¡±, critic¨® el consejero de Territorio y Sostenibilidad, Josep Rull.
El texto sobre el fracking formaba parte de la ley de medidas fiscales, administrativas,financieras y del sector p¨²blico de Catalu?a, aprobada en 2014. Entre otras cosas, imped¨ªa la fracturaci¨®n hidr¨¢ulica en terrenos no urbanizables ¡°cuando tenga efectos negativos¡±. La autorizaci¨®n del fracking, de acuerdo con los magistrados,con sujeci¨®n a requisitos t¨¦cnicos y a la previa declaraci¨®n de su impacto medioambiental son requisitos que establece el Estado.
Fondo ¡°voluntario¡±
El Alto Tribunal tambi¨¦n anul¨® otros art¨ªculos de la ley 2/2014 que hac¨ªan referencia a las grandes superficies. En espec¨ªfico, acaba con la prohibici¨®n de nuevos centros comerciales de m¨¢s de 800 metros cuadrados o que se encontraran fuera de las tramas urbanas consolidadas.
La Generalitat considera que la decisi¨®n violenta el modelo comercial de proximidad. ¡°Las sentencias que el TC ha hecho p¨²blicas hoy son una muestra m¨¢s de la voluntad uniformizadora del Gobierno del Estado¡±, afirm¨® el secretario de Empresa y Competitividad, Joan Aregio.
El Constitucional, adem¨¢s, levant¨® el pasado jueves la suspensi¨®n cautelar que reca¨ªa sobre el fondo para luchar contra la pobreza energ¨¦tica y sobre la definici¨®n que hace la Generalitat de ¡°consumidor vulnerable¡±. Este fondo, en teor¨ªa, se deb¨ªa nutrir de aportaciones p¨²blicas, de terceros y de empresas de agua, luz y gas. Fuentes del Departamento de Empresa aseguraron que la decisi¨®n judicial vuelve ¡°voluntaria¡± la participaci¨®n de las suministradoras. El TC no ha levantado la suspensi¨®n al apartado que impide los cortes.
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