El Supremo deniega la supresi¨®n de centros concertados si hay demanda
El Tribunal considera que cerrar clases privadas violenta el r¨¦gimen dual
El Tribunal Supremo ha denegado la reducci¨®n de unidades de colegios concertados ordenada por la Consejer¨ªa de Educaci¨®n ante la existencia de plazas p¨²blicas suficientes.? La Junta hab¨ªa alegado criterios demogr¨¢ficos para eliminar una l¨ªnea en un colegio sevillano, pero la ¨²ltima sentencia del Supremo, la tercera sobre este asunto, entiende que, pese a la disminuci¨®n de poblaci¨®n en Mor¨®n de la Frontera (Sevilla), las solicitudes en el centro privado concertado sumaban 51 plazas, una m¨¢s que la ratio m¨¢xima para mantener dos unidades. Por el contrario, en el centro p¨²blico hab¨ªa menos demanda que oferta.
Los representantes de los centros religiosos han defendido en el largo recorrido judicial contra la orden de Educaci¨®n que la supresi¨®n de unidades responde a una posici¨®n "ideol¨®gica" y que debe mantenerse el concierto si hay demanda en sus centros, independientemente de la situaci¨®n en los colegios p¨²blicos.
La Sala Tercera del Supremo desestima el principio de subsidiariedad de la ense?anza concertada que ha alegado la Junta por ser, seg¨²n la sentencia, "contraria a la letra y al esp¨ªritu de la Constituci¨®n y de la Ley Org¨¢nica del Derecho a la Educaci¨®n".
¡°La soluci¨®n contraria a la que sostenemos", a?ade la sentencia del Supremo, "determinar¨ªa que la Administraci¨®n educativa podr¨ªa ir incrementado plazas en los centros p¨²blicos, y correlativamente suprimir unidades en los centros privados concertados (a pesar de que la demanda de los mismos se mantenga o se incremente y se cumpla la ratio profesor/alumnos), haciendo desaparecer esa necesidad de escolarizaci¨®n, y por dicha v¨ªa, derogar el sistema de conciertos previsto en la ley. Esta consecuencia distorsiona y vulnera el sistema que traza la Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n, violenta el r¨¦gimen dual que regula y se apoya en el principio de subsidiariedad que esta Sala Tercera ya ha desautorizado¡±.
La Federaci¨®n de Sindicatos Independientes de Ense?anza de Andaluc¨ªa (FSIE-A) ha manifestado su satisfacci¨®n ante la sentencia, que anula la del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) que fue recurrida en casaci¨®n por este sindicato. Esta organizaci¨®n defiende que la resoluci¨®n "preserva los puestos de trabajo de los colegios con demanda de las familias, a la par que se afianza el principio de complementariedad de las redes educativas".
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