El Consejo de Estado ve insustancial la ley catalana de pobreza energ¨¦tica
El dictamen previo al recurso del PP demuestra que el Gobierno central no pretend¨ªa tener un gui?o con Catalu?a
El texto de la ley catalana contra los desahucios y la pobreza energ¨¦tica ¡°no impone a las suministradoras una obligaci¨®n de llegar a convenios¡± mediante los cuales se ayude a pagar la deuda de las familias que no pueden hacer frente a sus recibos por la crisis. As¨ª lo asegura el dictamen del Consejo de Estado, con fecha de 21 de abril pasado, y sobre el cual se bas¨® el Gobierno en funciones del Partido Popular para no recurrir en mayo esta parte de la norma. S¨ª lo hizo, en cambio, con los art¨ªculos dedicados a combatir los desahucios.
El ¨®rgano consultivo del Gobierno central descart¨® en su dictamen que el apartado contra la pobreza energ¨¦tica fuera inconstitucional. El Consejo entiende que tal y como est¨¢ redactada la norma ¡ªaprobada por el Parlament tras una Iniciativa de Legislaci¨®n Popular de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca¡ª apenas da ¡°directrices de actuaci¨®n¡± no vinculantes a las empresas suministradoras.
La ley dice que ¡°las administraciones deben establecer los acuerdos o convenios necesarios con las compa?¨ªas de suministro (...) para garantizar que concedan ayudas a fondo perdido a las personas y unidades familiares en situaci¨®n de riesgo de exclusi¨®n residencial o les apliquen descuentos¡±. Un mecanismo que las el¨¦ctricas no comparten al creer que ya colaboran lo suficiente con, por ejemplo, el bono social.
Varias interpretaciones
Si se hubiera ido m¨¢s all¨¢, asegura el dictamen, s¨ª se habr¨ªan violado las competencias estatales en materia de energ¨ªa. Es decir, la ley catalana, a pesar de su buena voluntad, carece de sustancia. Curiosamente, nadie en el tr¨¢mite parlamentario de la ILP ¡ªcon todos los partidos votando a favor¡ª se dio cuenta de lo abierto a interpretaciones que estaba el texto. Las suministradoras ya han invocado al dictamen del Consejo y alegan que ya han mostrado su inter¨¦s por ayudar.
Los abogados del estado argumentaron su petici¨®n de recurso diciendo que otras normas catalanas anteriores creaban obligaciones a las empresas. El Consejo de Estado cree que la ley 24/2015 difiere de ¨¦stas.
El ¨®rgano consultivo tambi¨¦n revis¨® el principio de precauci¨®n. Este mecanismo obliga a que antes de cortar un suministro, la empresa debe comprobar con los servicios sociales de los Ayuntamientos si el afectado est¨¢ en situaci¨®n de vulnerabilidad. Varios municipios anunciaron la semana pasada que Endesa enviar¨¢ cartas a los clientes que no pagan para pedirles su autorizaci¨®n para pasar sus datos al consistorio correspondiente y as¨ª verificar si se trata de una familia vulnerable. Gas Natural, por su parte, considera que este mecanismo afecta a su capacidad para cobrar su cartera de morosos y propone crear un registro p¨²blico-privado de pobres energ¨¦ticos.
El Consejo de Estado rechaza la petici¨®n de inconstitucionalidad de la Abogac¨ªa del Estado sobre dicho punto al considerar que el informe social no conlleva la prohibici¨®n de corte ¡ªalgo que dice s¨ª ir¨ªa contra la unidad de mercado¡ª, sino que es una manera de identificar a la persona vulnerable para que ¡°las Administraciones le garanticen los suministros b¨¢sicos¡± mediante los convenios que debe firmar con las empresas.
Pero ah¨ª es donde el pez se muerde la cola: el dictamen recuerda que tales ayudas pueden provenir de las propias Administraciones o de ¡°aquellas compa?¨ªas que voluntariamente hayan accedido a suscribir dichos acuerdos¡±. En definitiva, son la Generalitat o las entidades del mundo local las ¨²ltimas responsables de pagar las facturas. El dictamen aclara que la obligaci¨®n de pedir el informe ¡°no impide que, en ausencia de tales ayudas, las compa?¨ªas puedan interrumpir el suministro de gas y electricidad por falta de pago¡±.
El dictamen del Consejo de Estado no solo deja mal parada la t¨¦cnica jur¨ªdica de la ley contra los desahucios y la pobreza energ¨¦tica. Tambi¨¦n tira por tierra la versi¨®n del PP, que en su d¨ªa vendi¨® la decisi¨®n de no recurrir esos art¨ªculos como un gesto de buena voluntad. Los dict¨¢menes no son vinculantes, pero la intenci¨®n del Ministerio de Hacienda y Administraciones P¨²blicas siempre fue recurrir ambas partes de la ley. Tras el Consejo de Ministros donde se aprob¨® el recurso, fuentes de la Moncloa se lanzaron a asegurar que se hab¨ªa dejado inc¨®lume la parte de pobreza energ¨¦tica como un gui?o al Gobierno de Carles Puigdemont. La vicepresidenta Soraya S¨¢enz de Santamar¨ªa incluso invit¨® a aplicarla.
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