El Tribunal Superior avala las cl¨¢usulas sociales de los contratos del Ayuntamiento
La delegada del Gobierno recurri¨® la decisi¨®n de Carmena de incluir cl¨¢usulas de igualdad y estabilidad en el empleo en los contratos p¨²blicos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la raz¨®n al Consistorio en su aprobaci¨®n de contratos p¨²blicos dotados de cl¨¢usulas de igualdad y estabilidad en el empleo. La delegada del Gobierno, Concepci¨®n Dancausa, recurri¨® en mayo la decisi¨®n del Ayuntamiento ante el contencioso-administrativo al considerar que dichos contratos ocasionaban discriminaciones con respecto a otros trabajadores de la misma empresa y que la normativa municipal exced¨ªa sus competencias. El TSJM concluy¨® el 23 de septiembre que faltan los elementos jurisprudenciales para comprobar la admisibilidad del recurso y aleg¨® que no paralizar la contrataci¨®n p¨²blica es "m¨¢s digno de protecci¨®n".
En el mes de septiembre de 2015, la alcaldesa Manuela Carmena anunci¨® la puesta en marcha de un decreto municipal que integraba criterios sociales para la adjudicaci¨®n de un contrato p¨²blico, m¨¢s all¨¢ del c¨¢lculo economicista sobre el precio de la oferta. A partir de ese momento, elementos como la creaci¨®n o mantenimiento del empleo o la defensa del medioambiente se convirtieron en factores decisivos para la concesi¨®n de un contrato.
La primac¨ªa del precio se hizo determinante a partir de 2012, cuando la exalcaldesa Ana Botella (PP) puso en marcha un plan de ajuste para atajar el endeudamiento municipal heredado de la ¨¦poca de Alberto Ruiz-Gallard¨®n (PP). Una de las consecuencias de aquella intervenci¨®n fue que, en la contrataci¨®n p¨²blica, el precio m¨¢s bajo se convirti¨® en determinante (supon¨ªa el 65% del peso a la hora de decidir). En algunos casos, la contrataci¨®n de la oferta m¨¢s barata coincidi¨® con reducciones de plantillas realizadas poco despu¨¦s de ganar un concurso p¨²blico.
Con la inclusi¨®n de las cl¨¢usulas sociales en sus contratos Carmena quiso dejar atr¨¢s esa ¨¦poca y abogar por criterios sociales a la hora de determinar qu¨¦ empresas deb¨ªan prestar los servicios en la ciudad. "A partir de ahora, vamos a valorar conceptos como la calidad de las condiciones de empleo; la inserci¨®n sociolaboral; pol¨ªticas de g¨¦nero, medioambientales y de comercio justo; por encima del precio", rezaba la nota municipal enviada entonces.
La delegada del Gobierno, sin embargo, decidi¨® recurrir esta decisi¨®n del Consistorio en el mes de mayo, al considerar que el Ayuntamiento "no tiene competencias para regular las relaciones laborales de los trabajadores de las empresas adjudicatarias de los contratos municipales", tal y como afirm¨® Concepci¨®n Dancausa en declaraciones recogidas por Europa Press. Y agreg¨® que dichas cl¨¢usulas podr¨ªan ocasionar una "discriminaci¨®n injustificada" y producir que trabajadores de una misma empresa pudieran tener diferente protecci¨®n si trabajan en el marco de un contrato p¨²blico o en el marco de un contrato privado.
En el auto al que ha tenido acceso EL PA?S, el TSJM establece que "estamos ante una causa de impugnaci¨®n que ha de ser objeto de valoraci¨®n y decisi¨®n jurisdiccional por primera vez". Y que, ante este escenario, se reserva la decisi¨®n de garantizar "protecci¨®n" a los contratos p¨²blicos, evitando as¨ª "paralizar" la contrataci¨®n p¨²blica de aquellos acuerdos sobre los que incide el decreto municipal.
Por su parte, fuentes de la delegaci¨®n del Gobierno han se?alado que el alto tribunal madrile?o se ha pronunciado sobre el aspecto "cautelar" que solicitan, pero no sobre el fondo de la cuesti¨®n; es decir, sobre la legalidad de los contratos. La Abogac¨ªa del Estado est¨¢ estudiando si presentar otro recurso en contra de esta sentencia.
Medidas que afectan a 1.500 millones de euros anuales
Las cl¨¢usulas sociales afectan a contratos p¨²blicos de todos los organismos o entidades que est¨¢n bajo control del Ayuntamiento de Madrid. Esto significa que, seg¨²n las estimaciones del Consistorio, estos criterios afectan a un total de operaciones que rondan los 1.500 euros anuales.
Igualdad, accesibilidad, seguridad y salud laboral, empleo, estabilidad del mismo y formaci¨®n en el lugar de trabajo destacan entre los objetivos de la contrataci¨®n. La aplicaci¨®n del objetivo de estabilidad en el empleo merece menci¨®n especial. La subrogaci¨®n contractual de trabajadores es obligatoria en contratos de m¨¢s de 300.000 euros de prestaci¨®n de servicios p¨²blicos y para todos los de gesti¨®n de servicios p¨²blicos.
Fuentes del Ayuntamiento destacaron este viernes su "satisfaci¨®n" por la sentencia: "Nos mostramos confiados en poder seguir desarrollando la instrucci¨®n en el marco de la legalidad y la defensa del bien com¨²n, que es la esencia de estos criterios", dijeron.
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