El Tribunal Superior de Justicia anula las elecciones sindicales de Mossos
Una sentencia ordena que el procedimiento vuelva a la fase inicial porque se vulner¨® el derecho fundamental de igualdad entre los sindicatos
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a ha declarado nulo el decreto de convocatoria de las elecciones sindicales de los Mossos d¡¯Esquadra, del pasado 2015. El tribunal afirma que hubo un vulneraci¨®n ¡°del derecho fundamental de igualdad¡± entre las diferentes organizaciones, y por eso ordena ¡°la retroacci¨®n del procedimiento a la fase de promoci¨®n de elecciones¡±.
¡°Eso supone repetir las elecciones¡±, explica al abogado Javier Aranda, de los servicios jur¨ªdicos del Sindicat de Policies de Catalunya (SPC), que ha llevado el caso en nombre de la Trisindical, que agrupa tambi¨¦n al Sindicat de Mossos d¡¯Esquadra (SME) y al Col¡¤lectiu Aut¨°nom de Treballadors de Mossos d¡¯Esquadra (CAT).
El origen del conflicto es la fecha de entrada del registro para comunicar la convocatoria de elecciones sindicales. El procedimiento establece que la primera persona que entra en el registro la solicitud para promover las elecciones es la que marca la fecha de inicio del proceso electoral. Un representante de la Trisindical esper¨® en la puerta a que abriese el registro, y fech¨® su documento a las 9.05, seg¨²n consta en la sentencia.
Pero la Generalitat en realidad ten¨ªa sobre la mesa otro escrito, del sindicato mayoritario en el cuerpo, Sindicato Aut¨®nomo de Polic¨ªa (SAP), fechado antes, a las 8,28, aunque las oficinas abren al p¨²blico a las 9.00. La Trinsindical aleg¨® entonces que no se hab¨ªa garantizado la igualdad para todos los recurrentes en las elecciones. La Direcci¨®n General de Polic¨ªa adujo en una de las reuniones que ¡°pod¨ªa accederse al registro de comunicaci¨®n de elecciones desde que hubiera personal, que pod¨ªa encontrarse desde las 7.30¡±. Algo que no comparte con la sentencia.
¡°Todo lo anterior demuestra que la convocatoria que efect¨²a el Decreto 79/2015 de 26 de mayo, de promoci¨®n de elecciones de los representantes del cuerpo de Mossos, en cuanto recoge como fecha de inicio del proceso electoral el 4 de junio, seg¨²n la comunicaci¨®n presentada por el SAP, vulnera el derecho fundamental a la igualdad de las organizaciones sindicales¡±, concluye el tribunal.
¡°Nos parece fatal, no se deber¨ªan repetir las elecciones, desde un primer momento se deber¨ªan haber hecho bien las cosas¡±, lamenta el secretario general del SPC, David Jos¨¦ Ma?as, que atribuye la voluntad del SAP de ser el primero para forzar que las elecciones fuesen en periodo estival y as¨ª beneficiarse del voto por correo. ¡°Nosotros queremos el voto presencial¡±, explica Ma?as. Tanto la Generalitat como el SAP podr¨ªan recurrir la sentencia ante el Supremo. En las pasadas elecciones el SAP logr¨® el 40% de los votos (3.855), empatado con la Trisindical (3.878).
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