Patronal y sindicatos vascos logran su primer gran acuerdo desde 1999
Confebask y las centrales ELA, LAB, CC OO y UGT firman un pacto que da prioridad a los convenios vascos sobre los estatales
La patronal Confebask y los cuatro principales sindicatos vascos (ELA, LAB, CC OO y UGT) han alcanzado este martes un acuerdo interprofesional de negociaci¨®n colectiva que da prioridad a los convenios vascos sobre los de ¨¢mbito estatal, lo que supone el primer gran pacto laboral logrado en el Pa¨ªs Vasco desde el a?o 1999.
El acuerdo entre la patronal y las centrales sindicales, reunidas hoy en la sede del Consejo de Relaciones Laborales durante menos de una hora, se ha cerrado en el tercer encuentro que las partes han mantenido desde que el pasado 30 de noviembre se constituyera la mesa de negociaci¨®n.
En aquella primera cita, la patronal vasca present¨® un borrador para un acuerdo, al que los sindicatos pudieron plantear aportaciones, aunque ¨²nicamente lo hicieron ELA y LAB. La siguiente reuni¨®n se produjo el 10 de enero, en la que no se lleg¨® a un acuerdo, aunque s¨ª se dieron avances.
El acuerdo tiene como objetivo establecer la estructura de la negociaci¨®n colectiva en el ¨¢mbito de Euskadi, as¨ª como otorgar "prioridad aplicativa" a los convenios y acuerdos estatutarios territoriales e interterritoriales de la Comunidad Aut¨®noma del Pa¨ªs Vasco frente a otros convenios o acuerdos de ¨¢mbito estatal que puedan concurrir con ellos.
El acuerdo tendr¨¢ vigencia indefinida a partir de su publicaci¨®n, aunque cualquiera de los firmantes podr¨¢ denunciarlo, de forma expresa, mediante "comunicaci¨®n fehaciente" a las dem¨¢s partes a partir del 31 de diciembre de 2020. Asimismo, se establece que este acuerdo seguir¨¢ vigente hasta la firma de otro que lo sustituya.
El art¨ªculo 3 hace referencia a la negociaci¨®n colectiva sectorial y la prioridad aplicativa, y establece que el acuerdo garantiza, al amparo de lo establecido en el art¨ªculo 83.2 del Estatuto, la "prioridad aplicativa" de los convenios y acuerdos territoriales e interterritoriales suscritos en Euskadi, "sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo marco de ¨¢mbito estatal preexistente o posterior a la firma de este acuerdo interprofesional".
En otro punto del borrador, el art¨ªculo 4, se establece que esa prioridad aplicativa se entiende, en todo caso, "sin perjuicio de las materias reservadas al ¨¢mbito estatal" en el art¨ªculo 84.4 del Estatuto de los Trabajadores. El texto establece que el acuerdo ser¨¢ de aplicaci¨®n a las empresas y a trabajadores del Pa¨ªs Vasco que se encuentren dentro del ¨¢mbito de aplicaci¨®n de los convenios sectoriales y acuerdos a los que se refiere este art¨ªculo 4.
En el ¨²ltimo art¨ªculo se contempla la creaci¨®n de una comisi¨®n mixta interpretativa, que, adem¨¢s de las funciones y competencias ordinarias, deber¨¢ ser informada expresamente de la apertura de cualquier nuevo ¨¢mbito negocial dentro de Euskadi.
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