Un juez anula la adhesi¨®n del Ayuntamiento de Reus a la AMI
La Asociaci¨®n de Municipios Independentistas recurrir¨¢ el fallo que tilda de "pol¨ªtico"
El titular del juzgado contencioso-administrativo n¨²mero 1 de Tarragona ha anulado el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Reus conforme se adher¨ªa a la Asociaci¨®n de Municipios por la Independencia (AMI). La adhesi¨®n fue denunciada en el juzgado por Sociedad Civil Catalana, que pidi¨® a cuatro de sus asociados -algunos de ellos concejales de Ciudadanos- que se personaran en el escrito al tener dudas de su legitimidad para dar el paso. La sentencia declara no conforme a derecho el acuerdo plenario y el pago de la cuota a esta entidad. Este es el primer fallo que declara nula la adhesi¨®n de un Consistorio a la citada entidad.
La AMI ha emitido un comunicado en el que anuncia que presentar¨¢ un recurso al Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a al alegar que es una sentencia "absolutamente pol¨ªtica, sin ning¨²n razonamiento jur¨ªdico" porque, entre otras cosas, "no se entiende que un juez contencioso-administrativo sentencie que la independencia de Catalu?a "es inconstitucional" adem¨¢s de cuestionar a legalidad de la AMI. La entidad recuerda que el juez ya ha dictados sentencias contra de tres casos del pago de cuotas frente al criterio expuesto por otros magistrados en 13 casos.
Esta es la primera sentencia que anula la adhesi¨®n de un Consistorio a la AMI
La Abogac¨ªa de Estado ha presentado m¨¢s de 400 litigios contra Consistorios por cuestiones independentistas y, en el caso de la AMI, se hab¨ªa limitado a recurrir el pago pero sin discutir la existencia de la asociaci¨®n, reconocida en el registro de entidades de la Generalitat en virtud de sus competencias. Societat Civil Catalana, sin embargo, ha dado un paso m¨¢s y esta noche ha mostrado su satisfacci¨®n por el fallo del juez que les ha dado la raz¨®n. El magistrado alega que los Ayuntamientos tienen que ajustarse a su marco competencial en beneficio de un inter¨¦s com¨²n y cumplir con el ordenamiento jur¨ªdico de la Constituci¨®n que apela a la indivisibilidad de Espa?a.
"La? AMI deber¨ªa ser declarada ilegal o auto disolverse", afirma Domingo, de Societat Civil, impulsora de la denuncia
El juez, que condena al Ayuntamiento de Reus a asumir las costas judiciales, que ascienden a 300 euros, considera que el derecho de asociaci¨®n "reconocido a las personas f¨ªsicas" tiene para las administraciones "un l¨ªmite teleol¨®gico: solo es posible para ejercer sus competencias o tareas de inter¨¦s com¨²n". "Siendo evidente que la independencia de Catalu?a no entra dentro de las competencias de los entes municipales ni supramunicipales", la sentencia considera que no entra "dentro del inter¨¦s com¨²n" la adhesi¨®n a la AMI. El magistrado expone que es habitual que los "representantes pol¨ªticos pueden utilizar las instituciones de las que forman parte para expresar su propia posici¨®n pol¨ªtica". Sin embargo, "excede y desborda claramente el ¨¢mbito de la libertad de expresi¨®n y de acci¨®n pol¨ªtica" el "disponer recursos p¨²blicos para llevar a cabo finalidades contrarias al ordenamiento jur¨ªdico, en los t¨¦rminos en los que hoy existe".
?"Esa sentencia implica que la AMI deber¨ªa autodisolverse", se?ala Jos¨¦ Domingo, miembro de la asociaci¨®n. El vicepresidente de la entidad sostiene que la AMI deber¨ªa ser declarada ilegal porque persigue un objeto que lo es y se nutre con erario p¨²blico y sus socios son Ayuntamientos.Societat Civil ha presentado recursos similares contras las decisiones de los Ayuntamientos de Terrassa, Castelldefels y las Diputaciones de Tarragona y Barcelona.
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