Condenada una falsa higienista dental por un delito de intrusismo
La acusada hac¨ªa limpiezas de boca en una cl¨ªnica pese a carecer del t¨ªtulo oficial
El Juzgado de lo Penal n¨²mero 31 de Madrid ha condenado por intrusismo profesional a Silvia P. G. y Mar¨ªa P. M. como autoras de un delito de intrusismo profesional. La primera ejerc¨ªa como higienista dental en la cl¨ªnica de la segunda, pese a no tener el t¨ªtulo correspondiente. La acusaci¨®n particular la ha ejercido el Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Madrid.
La sentencia considera probado que Silvia P. G. desarrollaba labores de higienista dental en una cl¨ªnica situada en la calle de Lombia, en el distrito de Salamanca, pese a carecer del t¨ªtulo oficial y sin estar dada de alta en el Colegio de Higienistas Dentales. Para desempe?ar esta profesi¨®n, es necesario tener el t¨ªtulo de formaci¨®n profesional de segundo grado. El fallo recoge que en al menos en dos ocasiones distintas en mayo de 2014 realiz¨® una limpieza de boca a dos clientes distintos en el citado centro.
La juez Ar¨¢nzazu Moreno Santamar¨ªa considera que la due?a de la cl¨ªnica, Mar¨ªa P. M., ten¨ªa ¡°pleno conocimiento de la ausencia del citado t¨ªtulo¡± y que encargaba a Silvia la realizaci¨®n de las citadas limpiezas.
La magistrada entiende que las dos procesadas son autoras de un delito de intrusismo recogido en el art¨ªculo 403 del C¨®digo Penal, sin que haya circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Por ello, les condena a cada de una de ellas a una multa de tres meses a raz¨®n de una cuota diaria de tres euros (270 euros) m¨¢s el pago de las costas. Esta condena se vio reducida en un tercio al llegar a un acuerdo entre las procesadas, el ministerio fiscal y la acusaci¨®n particular. La sentencia es firme, por lo que no cabe recurso.
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