Un incendiario de Ourense, condenado a solo seis meses de prisi¨®n por falta de pruebas
La Audiencia rechaza el testimonio de tres agentes forestales que declararon que el acusado reconoci¨® la autor¨ªa de tres fuegos en su pueblo
La secci¨®n segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a solo seis meses de prisi¨®n y multa de 1.080 euros a un vecino del ayuntamiento ourensano de Cartelle que fue sorprendido in fraganti por un agente forestal cuando prend¨ªa fuego con un mechero en una cuneta. La fiscal¨ªa le acus¨® en el juicio de provocar otros tres fuegos de monte arbolado en varias parroquias de este municipio, por lo que hab¨ªa solicitado para ¨¦l una pena de cinco a?os y medio de c¨¢rcel.
El tribunal, sin embargo, lo absuelve del delito continuado de incendio forestal por entender que no hay pruebas contundentes que demuestren que el acusado es el autor de esos fuegos que fueron provocados supuestamente con un mechero entre los meses de junio y septiembre de 2016.
De los cuatro delitos de incendio por los que fue juzgado M.R.V., de 41 a?os, estima el tribunal que ¨²nicamente se ha acreditado el ¨²ltimo de ellos, ya que la acusaci¨®n de los otros tres se sustenta en las declaraciones testificales de tres agentes forestales que declararon que el acusado les reconoci¨® que ¨¦l era el autor, aunque este lo neg¨® en el juicio.
Una prueba testifical de referencia, la declaraci¨®n de los agentes, pero que entiende el tribunal que no est¨¢ corroborada por otros medios de prueba que por lo menos permitan ubicar al acusado los d¨ªas y horas concretos de los incendios en los parajes donde se produjeron. Incide la sentencia en el hecho de que ser¨ªa necesario contar con otros elementos de juicio al ser la declaraci¨®n de los testigos el ¨²nico medio de prueba en el juicio, por lo que ¡°tiene as¨ª una limitada eficacia demostrativa respecto al hecho delictivo¡±.
Dice tambi¨¦n el fallo que los testigos tienen la condici¨®n de agentes de la autoridad como persona funcionaria dependiente de la Xunta, por lo que ¡°las manifestaciones que el investigado pueda hacer voluntaria y espont¨¢neamente ante los agentes sin asistencia letrada solo pueden admitirse como medio probatorio cuando est¨¦n corroboradas por alg¨²n dato objetivo esencial¡±.
Sin embargo, la sala considera acreditada la autor¨ªa del acusado en el incendio del 29 de septiembre de 2016 en base a la declaraci¨®n testifical de uno de los agentes forestales que le sorprendi¨® cuando estaba prendiendo fuego a unos matorrales junto a la cuneta. El acusado, sin embargo, neg¨® que hubiera utilizado un mechero y dijo que fue la colilla de un cigarrillo la que provoc¨® el fuego.
El agente le sorprendi¨® de casualidad cuando trabajaba en la zona sofocando varios incendios. Seg¨²n su declaraci¨®n, antes de la medianoche, vio desde un sendero como el acusado sali¨® de su casa y se acerc¨® a la carretera donde prendi¨® fuego. Entonces se acerc¨® a ¨¦l y le dijo: ¡°Tanto va el c¨¢ntaro a la fuente¡¡±
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