La Comunidad recurrir¨¢ la anulaci¨®n del plan del Wanda Metropolitano
El Gobierno regional se une al Ayuntamiento de la capital y al Atl¨¦tico de Madrid
La Comunidad presentar¨¢ un recurso contra la decisi¨®n del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de anular el acuerdo de modificaci¨®n del Plan General de Ordenaci¨®n Urbana (PGOU) del ¨¢rea que afecta al estadio Wanda Metropolitano, del Atl¨¦tico de Madrid. El Gobierno regional se une as¨ª al Ayuntamiento de la capital y al Atl¨¦tico, que tambi¨¦n recurrir¨¢n.
El consejero de Medio Ambiente y Ordenaci¨®n del Territorio, Carlos Izquierdo, ha afirmado este mi¨¦rcoles que la Administraci¨®n regional dio luz verde a la operaci¨®n urban¨ªstica con todos los informes favorables. Izquierdo afirm¨®: ¡°Quiero, sobre todo, tranquilizar al club colchonero, a los socios y a mucha gente que est¨¢ pendiente de la situaci¨®n del Atl¨¦tico de Madrid, porque, en cualquier caso, con las alegaciones que han sido estimadas por el TSJM se puede hacer un nuevo planteamiento para corregir la situaci¨®n¡±.
Se?ales de humo
La sentencia del TSJM estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociaci¨®n Se?ales de Humo contra el citado acuerdo. En el procedimiento figuraban como demandados el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid y, una vez iniciado, se person¨® en el mismo el Atl¨¦tico de Madrid, que se opuso a la demanda planteada por Se?ales de Humo, organizaci¨®n independiente fundada en 2002 y formada por seguidores rojiblancos.
El TSJM consider¨® que existen seis motivos para declarar nula la modificaci¨®n del plan de los siete planteados por la asociaci¨®n recurrente. Entre los motivos alegados por Se?ales de Humo en los que se basa el tribunal para declarar la nulidad se encuentra la desafectaci¨®n de sistemas generales en inter¨¦s privado y la err¨®nea clasificaci¨®n del suelo con vulneraci¨®n de la Ley del Suelo de la Comunidad. Adem¨¢s, aprecia fraude de ley porque se evita cubrir las dotaciones ¡ªque desaparecen¡ª, sustituy¨¦ndolas por dinero, falta de justificaci¨®n del cumplimiento de las determinaciones establecidas en la Ley del Ruido y omisi¨®n del procedimiento de aprobaci¨®n de un informe sobre impacto de g¨¦nero.
Para el TSJM ¡°no queda constancia del beneficio para el inter¨¦s general¡± por lo que concluye que ¡°se actu¨® con arbitrariedad al aprobarse la modificaci¨®n objeto de impugnaci¨®n¡±.
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