La Comunidad de Madrid quiere prohibir la apertura de salones de juego a 100 metros de colegios
El Ejecutivo tramita por v¨ªa de urgencia un decreto para que entre en vigor antes de las elecciones
La Comunidad de Madrid quiere prohibir que se abran salones de juego a menos de 100 metros de instituos y colegios, seg¨²n el borrador de un decreto colgado en el portal de transparencia que el Ejecutivo regional quiere aprobar antes de las elecciones.? Un an¨¢lisis de EL PA?S determin¨® que 114 centros de educaci¨®n para adolescentes en la ciudad de Madrid est¨¢n a menos de 150 metros de una casa de m¨¢quinas recreativas o apuestas. Esa distancia m¨ªnima est¨¢ en l¨ªnea con la que se exige en Asturias, Catalu?a y Castilla y Le¨®n. Adem¨¢s, el texto legal obligar¨¢ a las casas de apuestas que proliferan en la regi¨®n a instalar un control f¨ªsico en su entrada que impida el acceso de menores y adultos apuntados a las listas de autoexclusi¨®n. Finalmente, tambi¨¦n se prev¨¦ dedicar el 0,7% de lo recaudado a trav¨¦s de sus impuestos a programas de lucha contra la ludopat¨ªa. Tres medidas para afrontar la proliferaci¨®n de estos negocios por la regi¨®n.
¡°En la l¨ªnea de la protecci¨®n de menores, se establece un requisito adicional para la obtenci¨®n de las autorizaciones de funcionamiento de los salones de juego y locales de apuestas consistente en el establecimiento de restricciones al lugar de ubicaci¨®n de este tipo de locales de juego, fijando unas distancias m¨ªnimas a determinadas zonas frecuentadas por menores, como son los centros educativos de ense?anza no universitaria, con el fin de evitar la excesiva cercan¨ªa de este tipo de locales a dichos espacios¡±, especifica el texto del borrador del decreto, que regula un aspecto de este negocio sobre el que el Gobierno nunca quiso legislar, atendiendo a la libertad de empresa y aduciendo que ninguno de sus controles reflejaba que hubiera un problema de juego entre los menores. ¡°Se ha establecido una distancia m¨ªnima de los salones de juego y de los locales espec¨ªficos de apuestas y zonas de apuestas, de 100 metros de distancia a los accesos de entrada a estos centros educativos, consider¨¢ndose que la misma es una distancia prudencial que cumple con los objetivos perseguidos¡±, a?ade la propuesta gubernamental, que supondr¨ªa modificar el reglamento de M¨¢quinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, de 2009.
La normativa no especifica si el nuevo requisito se aplicar¨ªa de forma retroactiva, obligando a trasladar su sede a aquellos centros que est¨¦n a menos de 100 metros de los centros educativos, pero es improbable que as¨ª sea.
"Este decreto es poco ambicioso, deja fuera much¨ªsimas medidas necesarias, como por ejemplo regular las distancias entre estos salones para evitar su concentraci¨®n o regular la publicidad en espacios p¨²blicos y en los medios de comunicaci¨®n que son competencia del gobierno regional", ha lamentado Emilio Delgado, diputado de Podemos especializado en regulaci¨®n del juego.? "La distancia que establece con respecto a los centros de ense?anza, cien metros, nos parece claramente insuficiente y no garantiza de ning¨²n modo el fin que persigue la regulaci¨®n".
Licencias
De hecho, el texto detalla que ¡°no se podr¨¢ conceder autorizaci¨®n de funcionamiento de salones de juego a locales situados a una distancia menor a 100 metros¡±, lo que en principio limita la nueva norma a futuras licencias.
Al tiempo, el Ejecutivo legisla para evitar que la compraventa de licencias de juego hinchen una burbuja financiera similar a la del taxi. As¨ª, el Gobierno mantiene su criterio de no cerrar el mercado, seguir¨¢ concediendo nuevas licencias y, sobre todo, proh¨ªbe el traspaso de las existentes salvo por muerte de su titular.
Controles de entrada informatizados
La presencia permanente de una persona que impida la entrada a las casas de apuestas de menores y adultos apuntados a las listas de autoexclusi¨®n no ser¨¢ la ¨²nica medida de control.
"Las funciones del servicio de control de admisi¨®n ser¨¢n realizadas mediante un sistema inform¨¢tico previamente homologado, que se conectar¨¢ v¨ªa web con el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de la Comunidad de Madrid", establece el borrador del decreto. "El sistema inform¨¢tico de control y registro recoger¨¢, al menos, la siguiente informaci¨®n: Nombre y apellidos, fecha de nacimiento y tipo y n¨²mero del documento identificador presentado. Los datos contenidos en este fichero tendr¨¢n car¨¢cter reservado, se conservar¨¢n durante seis meses, y podr¨¢n ser consultados por los funcionarios que desempe?en las funciones inspectoras en materia de juego y suministrados a requerimiento del ¨®rgano competente en materia de juego o de los ¨®rganos judiciales. El sistema inform¨¢tico deber¨¢ permitir asimismo la extracci¨®n de la totalidad de su contenido a soporte inform¨¢tico a solicitud de los inspectores del juego".
En todo caso, la norma propuesta tambi¨¦n deja abierta la puerta a que el control de entrada e identificaci¨®n sea automatizado.
"Las funciones de identificaci¨®n de los usuarios podr¨¢n ser realizadas mediante la implementaci¨®n de un sistema t¨¦cnico, previamente homologado, (...) sin perjuicio de que en el servicio de control de admisi¨®n debe permanecer una persona encargada de dicho servicio durante el horario de funcionamiento de la actividad".
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