Los permisos de fuerza mayor contar¨¢n al siguiente d¨ªa h¨¢bil, seg¨²n una sentencia del TSJ
El tribunal valenciano estima una demanda de CC OO sobre sucesos como el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar, partos o interrupci¨®n del embarazo
El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha reconocido en un fallo que las licencias y permisos retribuidos en las que la persona trabajadora debe ausentarse de su puesto por causas familiares de fuerza mayor deber¨¢n iniciar su c¨®mputo en el primer d¨ªa laborable siguiente al del hecho causante.
Esta sentencia de la Sala de lo Social del TSJCV, fechada el 11 de abril y hecha p¨²blica este martes por CC OO-PV, se produce a ra¨ªz de una demanda interpuesta por la Federaci¨®n de Servicios a la Ciudadan¨ªa de Comisiones Obreras en relaci¨®n con el Convenio Colectivo Interprovincial de la empresa Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), seg¨²n fuentes sindicales.
La causa mayor referida incluye acontecimientos como el fallecimiento o enfermedad grave de un miembro de la familia hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, accidentes, hospitalizaci¨®n o intervenciones quir¨²rgicas.
Pero tambi¨¦n incluye la interrupci¨®n del embarazo o los casos de nacimiento o adopci¨®n, situaciones para las que el Estatuto de los Trabajadores, y los convenios colectivos, prev¨¦n el derecho a ausentarse del trabajo por un cierto periodo de tiempo.
Esta sentencia, aunque se dicta para la empresa p¨²blica FGV, recoge una interpretaci¨®n v¨¢lida para todos estos permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, seg¨²n el sindicato.
El fallo, a?aden desde CC OO, resuelve una situaci¨®n que ha venido generando dudas y problemas a la hora de tomarse el tiempo de licencia establecido, especialmente cuando el hecho causante que lo genera empieza en fin de semana.
Por ello, la sentencia estipula que no se computen, a efectos de la duraci¨®n de la licencia, los d¨ªas no laborables.
Y se interpretan, as¨ª, a favor de la persona trabajadora esos art¨ªculos, lo que para el sindicato garantiza que ese derecho sirve para lo que fue creado: dotar del tiempo necesario a la persona trabajadora para que resuelva la situaci¨®n que atraviesa.
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