Aguinaldo de Fiestas Patrias en Chile: c¨®mo se entrega el beneficio para los trabajadores y pensionados
El dinero extra es otorgado por algunas empresas a sus empleados. Los jubilados reciben el monto gracias a un aporte estatal
Las Fiestas Patrias chilenas, que se celebran el 18 y 19 de septiembre, llegar¨¢n con el tradicional aguinaldo para los trabajadores y pensionados. El beneficio, que consiste en la entrega de un monto extra al pago del sueldo o de la jubilaci¨®n, est¨¢ destinado a cubrir todos los gastos relacionados con esta fecha, especialmente en la compra de alimentos y otros elementos t¨ªpicos para la celebraci¨®n. La entrega de este dinero no es universal, ya que depende de la empresa (en el caso de los trabajadores) o de los requisitos impuestos por el Estado (en los pensionados).
Qu¨¦ es el aguinaldo
El beneficio es un monto extra al salario que es entregado a los empleados para las fechas de celebraciones. En Chile se otorga dos veces al a?o: para las Fiestas Patrias, en el mes de septiembre, y para la Navidad, en diciembre. El aguinaldo tambi¨¦n contempla a las personas mayores de 65 a?os que dejaron el mercado laboral y que reciben una pensi¨®n. En el caso de los jubilados, el aporte monetario es proporcionado por el Estado a trav¨¦s del Instituto de Previsi¨®n Social (IPS), el organismo a cargo de la administraci¨®n previsional p¨²blica.
Cu¨¢ndo se entrega
En el caso del aguinaldo de Fiestas Patrias, el monto para los trabajadores se entrega antes del inicio del festivo, que este 2024 comenzar¨¢ el d¨ªa mi¨¦rcoles 18 de septiembre, con un largo feriado que se extender¨¢ hasta el viernes 20. Para los pensionados, el pago comenz¨® el pasado 2 de septiembre y se entrega en la fecha en la que cada persona retira su jubilaci¨®n.
C¨®mo se entrega el beneficio a los trabajadores
En Chile, los empleadores no est¨¢n obligados a entregar un aguinaldo a sus trabajadores, as¨ª como tampoco est¨¢n forzados a fijar una cifra m¨ªnima o m¨¢xima de dinero. La ley s¨ª ordena a las patronales a proporcionar gratificaciones, que corresponden a otro tipo de pagos. El monto extra s¨ª es un derecho (y es obligatorio) en dos escenarios: cuando est¨¢ estipulado en el contrato de trabajo del empleado; o cuando est¨¢ incorporado a una cl¨¢usula de un contrato o convenio colectivo.
Aguinaldo para el sector p¨²blico
Los trabajadores que se desempe?an en organismos estatales tienen el derecho a acceder a un aguinaldo dieciochero. El beneficio, que est¨¢ destinado a todos los empleados p¨²blicos que tengan un cargo de plantilla o a contrata hasta el 31 de agosto, se entregar¨¢ el 16 de septiembre. La cifra involucrada depende del salario. Quienes reciben un sueldo l¨ªquido inferior a 984.282 pesos (1.043 d¨®lares) al mes pasado, obtendr¨¢n un extra de 85.093 pesos (90 d¨®lares). Los que ganen m¨¢s de 984.282 pesos conseguir¨¢n una bonificaci¨®n de 59.071 pesos (62 d¨®lares).
Los pagos a los jubilados
Casi tres millones de pensionados chilenos tendr¨¢n el derecho de recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias con el pago de la jubilaci¨®n de septiembre. Para este a?o, el monto base para todos los beneficiarios es de 24.261 pesos (26 d¨®lares). En caso de tener cargas familiares acreditadas hasta antes del 31 de agosto de 2024, a esa cifra se sumar¨¢n 12.446 pesos (13 d¨®lares) por cada una de ellas. Los favorecidos reciben la bonificaci¨®n de manera autom¨¢tica junto con su pensi¨®n. Esto, ya sea por dep¨®sito o mediante pago presencial, seg¨²n la modalidad de pago de cada pensionado.
Qui¨¦nes reciben el monto
Los jubilados con derecho a aguinaldo son los pensionados del IPS que tengan una Pensi¨®n Garantizada Universal (PGU) o una Pensi¨®n B¨¢sica Solidaria de Invalidez (PBSI); pensionados de las excajas de previsi¨®n y exServicio de Seguro Social (actualmente IPS); pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL); pensionados de las leyes de Exonerados Pol¨ªticos; pensionados de las Mutualidades de Empleadores; pensionados de reparaci¨®n para las v¨ªctimas de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990); pensionados de las Asociaciones de Fondos de Pensiones (AFP) o compa?¨ªas de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones m¨ªnimas con Garant¨ªa Estatal; y los beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.
El sistema contiene algunas incompatibilidades con otros beneficios estatales. Por ejemplo, quienes tienen derecho al aporte de Asignaci¨®n Familiar por una carga que es beneficiaria de una pensi¨®n de sobrevivencia, solo tendr¨¢n derecho al aguinaldo en calidad de pensionado y no tendr¨¢n los 12.446 pesos adicionales.
La devoluci¨®n
Las personas que obtienen este bono de manera maliciosa, sin cumplir con los requisitos, est¨¢n obligados a devolverlo al Estado de Chile. Las personas que realicen esta acci¨®n deber¨¢n restituir multiplicada por cinco la cantidad recibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales correspondientes.
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