Cu¨¢l es la escala de protecci¨®n de los animales silvestres en Espa?a: del lobo al caballito de mar o el lince ib¨¦rico
El Ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica ha abierto el proceso de consulta p¨²blica para continuar con el cambio de estatus de todas las poblaciones loberas, de forma que no puedan ser cazadas
A pesar del fuerte rechazo de Castilla y Le¨®n, Galicia, Cantabria y Asturias para aumentar la protecci¨®n del lobo en todo el territorio espa?ol, el Ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica continua adelante con los tr¨¢mites para incluir a este animal en el Listado de Especies Silvestres en R¨¦gimen de Protecci¨®n Especial (LESPRE), lo que supondr¨ªa la prohibici¨®n de cazarlo. El departamento de Teresa Ribera ha abierto ya el proceso de consulta p¨²blica sobre la orden que debe oficializar el cambio y se ha fijado el 26 de febrero como fecha l¨ªmite para la presentaci¨®n de alegaciones.
Mientras, el PP present¨® el martes una proposici¨®n no de ley que pide al Ejecutivo que modifique su intenci¨®n de dejar de considerar al lobo especie cineg¨¦tica y poder controlar a la poblaci¨®n. Y dentro del Gobierno las aguas parece que se calman. Si bien el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentaci¨®n, Luis Planas, mostr¨® el lunes pasado su oposici¨®n a aumentar la protecci¨®n del animal, posicion¨¢ndose en defensa de los ganaderos, ayer anunci¨® una comparecencia conjunta en el Senado con la ministra para la Transici¨®n Ecol¨®gica y el Reto Demogr¨¢fico para explicar la propuesta.
En medio de esta batalla pol¨ªtica, surge la pregunta de cu¨¢l es la escala de protecci¨®n de los animales en Espa?a y cu¨¢l es el realmente el cambio que se quiere hacer con el lobo.
?De qu¨¦ forma est¨¢ protegido ahora el lobo?
Las especies que se deben proteger tanto de fauna (excepto las aves que tienen su propia directiva) como de flora silvestre se determinaron en la directiva H¨¢bitats de la Uni¨®n Europea de 1992, que tiene como objetivo establecer una red ecol¨®gica y un r¨¦gimen jur¨ªdico para ello. En esa norma aparecen el oso, el lince o el lobo en el ep¨ªgrafe que agrupa a los animales y vegetales de inter¨¦s comunitario que requieren una protecci¨®n estricta. Pero el lobo incorpora una importante excepci¨®n: se quedan fuera las poblaciones espa?olas del norte del Duero, de forma que se permite su gesti¨®n, siempre y cuando se mantenga el estado de conservaci¨®n favorable de la especie. Y ciertas comunidades eligieron que esa gesti¨®n fuera mediante la caza con cupos. Son las comunidades aut¨®nomas las que determinan qu¨¦ n¨²mero de individuos se pueden capturar durante la temporada. Posteriormente, en 2007, la normativa espa?ola traspuso esta directiva en la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que mantuvo la misma dualidad de manejo para el c¨¢nido: protegido al sur del Duero y posibilidad de cazarlo al norte.
Luis Su¨¢rez, coordinador de conservaci¨®n de WWF, explica que el origen de esas diferencias se remonta a ¡°cuando Espa?a se incorpora a la UE y tiene que comprometerse a cumplir esa normativa¡±. ¡°Tras una negociaci¨®n pol¨ªtica y para que Espa?a aceptara la directiva se consider¨® que se pod¨ªa dar un margen a la gesti¨®n, y as¨ª se decide que el modelo va a ser cazar lobos o realizar un control de poblaciones cuando se produzcan da?os. Se trataba de mantener el sistema que ya se estaba empleando¡±. En ese momento, hab¨ªa alguna poblaci¨®n del c¨¢nido en Extremadura y en Sierra Morena, tanto en la parte andaluza como castellano-manchega, ejemplares que han desaparecido.
A partir de la norma europea, los Estados miembro, y en el caso de Espa?a tambi¨¦n las autonom¨ªas, pueden incrementar las exigencias de protecci¨®n, pero nunca disminuirlas. Las medidas de protecci¨®n dependen del valor de la especie, de su distribuci¨®n, del n¨²mero de ejemplares y de su tendencia.
?Qu¨¦ es el Listado de Especies Silvestres en R¨¦gimen de Protecci¨®n Especial?
La Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de 2007 recoge similares obligaciones y excepciones que la directiva Habitats, pero pone un mayor ¨¦nfasis en las categor¨ªas de protecci¨®n. En esta norma aparecen dos listados donde se pueden incluir las especies y subir su grado de conservaci¨®n: el de Especies Silvestres en R¨¦gimen de Protecci¨®n Especial (LESRPE) y el Cat¨¢logo Espa?ol de Especies Amenazadas. La pol¨¦mica se ha desatado al querer incorporar al lobo que vive en el norte del Duero en el LESPRE; los que residen al sur ya forman parte de este apartado. ¡°Se trata de una protecci¨®n b¨¢sica¡±, describe Su¨¢rez de WWF. En esa lista aparecen especies con condicionantes sobre su valor cient¨ªfico, ecol¨®gico, singularidad, rareza o grado de amenaza, adem¨¢s de las que est¨¦n protegidas en las directivas europeas y en los convenios ratificados por Espa?a. El listado lo conforman en la actualidad 626 especies de flora y fauna, entre ellas el gato mont¨¦s, la nutria, el caballito de mar, el coral negro o plantas como el bot¨®n azul y el sauce canario.
En el caso del lobo, el procedimiento administrativo iniciado por los conservacionistas de ASCEL fue respaldado por un informe del Comit¨¦ Cient¨ªfico de Flora y Fauna (dependiente del ministerio), emitido en 2020. El documento recomienda incluir a la especie en el LESRPE debido a ¡°su importancia como patrimonio cultural, cient¨ªfico, as¨ª como los servicios ambientales que produce la presencia de la especie en los ecosistemas naturales¡±. Y es el que esgrime el ministerio como raz¨®n para posicionarse en favor de aumentar la protecci¨®n de la especie.
Entrar en esa categor¨ªa implica que, ¡°trat¨¢ndose de animales¡±, se proh¨ªbe ¡°cualquier actuaci¨®n hecha con el prop¨®sito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, as¨ª como la destrucci¨®n o deterioro de sus nidos, vivares y ¨¢reas de reproducci¨®n, invernada o reposo¡±, indica la ley de patrimonio.
El blindaje m¨¢ximo: el Cat¨¢logo Espa?ol de Especies Amenazadas
La Ley de Patrimonio Natural abre otra posibilidad: el Cat¨¢logo Espa?ol de Especies Amenazadas, en el que animales y plantas pueden aparecer en la categor¨ªa de vulnerable o en peligro de extinci¨®n. Son especies cuya tendencia poblacional es muy negativa y se enfrentan a un riesgo m¨¢s o menos pr¨®ximo de extinci¨®n, como el oso, el lince, el vis¨®n europeo, tortuga mora, la pardela balear, la foca monje del Mediterr¨¢neo, la ballena vasca... Lo conforman hasta 337 especies (139 en la categor¨ªa de vulnerable y 198 en la de peligro de extinci¨®n). La diferencia con el LESRPE consiste en que la inclusi¨®n en este cat¨¢logo implica una protecci¨®n m¨¢s activa, porque existe la obligaci¨®n de elaborar planes de recuperaci¨®n para las especies que se hallen en peligro de extinci¨®n o de conservaci¨®n para las vulnerables.
La asociaci¨®n ecologista ASCEL, que inici¨® el procedimiento administrativo para incrementar la protecci¨®n del lobo, pretend¨ªa que se incluyera a la especie en el Cat¨¢logo Espa?ol de Especies Protegidas para blindarlo en la categor¨ªa de vulnerable. Pero el comit¨¦ Cient¨ªfico de Flora y Fauna decidi¨® no recomendarlo, porque ¡°la informaci¨®n aportada sobre el tama?o del ¨¢rea de distribuci¨®n a principios del siglo XX no es concluyente¡±.
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