Derechos de los animales y conservaci¨®n de la biodiversidad
M¨¢s de 800 investigadores aseguran que el borrador del anteproyecto de ley de protecci¨®n de los animales es ¡°profundamente desacertado y err¨®neo¡± por sus contradicciones y por colisionar con normativa existente
Igual que nosotros, muchos animales experimentan sentimientos y emociones que f¨¢cilmente podemos reconocer en especies con las que compartimos millones de a?os de evoluci¨®n (como muchos primates) o miles de a?os de convivencia (como perros y gatos). Tal reconocimiento genera empat¨ªa, de ah¨ª que numerosas personas procuren la mayor ventura de los animales en los que se reconocen. En sociedad, a esa pretensi¨®n hay que darle forma de normativa. En este sentido es de aplaudir que el Gobierno de Espa?a trabaje para promover el bienestar animal. Sin embargo, el Anteproyecto de Ley de Protecci¨®n y Derechos de los Animales, recientemente dado a conocer por la Direcci¨®n General de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, nos parece, a despecho de su intenci¨®n, profundamente desacertado y err¨®neo.
El texto presentado intenta regular un complejo y diverso abanico de situaciones en base a los objetivos de bienestar de unas pocas especies, principalmente gatos, perros y equinos. Ello, y el confuso y descuidado uso que hace de los t¨¦rminos ¡°animal¡± (que no define), ¡°animal de compa?¨ªa¡± y ¡°animal dom¨¦stico¡±, lleva a numerosos absurdos y contradicciones. Por ejemplo, en su redactado actual, el art¨ªculo 70 prohibir¨ªa filmar documentales de naturaleza que muestren sufrimiento de alguno de los animales protagonistas (algo habitual en la pr¨¢ctica totalidad de los documentales); o, lo que es m¨¢s llamativo, el 83 impondr¨ªa multas de entre 100.000 y 600.000 euros por matar intencionadamente ¡°un animal¡±, obviando que muchos animales, como ratas, mosquitos o par¨¢sitos intestinales, sin ir m¨¢s lejos, suelen controlarse letalmente.
En su af¨¢n por abarcar, el anteproyecto entra en conflicto con normativas y estrategias espa?olas y europeas para la conservaci¨®n de la biodiversidad. Por ejemplo, se prev¨¦ generar un listado de especies que podr¨¢n ser animales de compa?¨ªa (listado positivo), informado por un Comit¨¦ Cient¨ªfico y T¨¦cnico de Protecci¨®n Animal. Ello invade el ¨¢mbito del Real Decreto 630/2013 que regula el Cat¨¢logo Espa?ol de Especies Ex¨®ticas Invasoras, a su vez informado por un Comit¨¦ Cient¨ªfico que asesora al Ministerio para la Transici¨®n Ecol¨®gica y el Reto Demogr¨¢fico. Por otro lado, el texto del anteproyecto proh¨ªbe en varias ocasiones las actividades de control y erradicaci¨®n de especies invasoras que impliquen la muerte de los animales, lo que colisiona con diversos programas amparados por el Real Decreto mencionado, y atenta directamente contra directivas de la Uni¨®n Europea que son de obligado cumplimiento.
El anteproyecto regula asimismo la tenencia y reproducci¨®n de especies ex¨®ticas en cautividad, lo que sin duda supondr¨ªa un grave riesgo para muchas poblaciones silvestres. Por poner un ejemplo cercano, a nadie se le oculta la arraigada costumbre de mantener aves ornamentales y ex¨®ticas de jaula. En 2017 se estimaron unos 49 millones de estas aves en cautividad en la UE y recientemente unos siete millones, pertenecientes a un millar de especies diferentes, en Espa?a. Lo que quiz¨¢s muy pocos lectores sepan, y desde luego parecen ignorar los redactores del anteproyecto, es que mientras enjaular a un ave capturada en la naturaleza le supone un sufrimiento, no ocurre as¨ª para un ejemplar nacido en cautividad. El h¨¢bitat ¡°natural¡± para los canarios o loros que vemos hoy en d¨ªa es la jaula donde han nacido. De hecho, si escapan o son liberados su destino es casi siempre la muerte, por no saber adaptarse al estado de libertad. Afortunadamente, la UE prohibi¨® en 2005 (Reglamento CE N? 318/2007) la importaci¨®n de aves salvajes por motivos sanitarios, prohibici¨®n que luego reforz¨® Espa?a para evitar invasiones biol¨®gicas (RD 1628/2011). La sociedad respondi¨® positivamente reproduciendo aves ex¨®ticas en cautividad y creando, de forma colateral, una eficaz herramienta de conservaci¨®n que traspasa nuestras fronteras. En Espa?a, y la UE en su conjunto, no s¨®lo hemos evitado la importaci¨®n de millones de aves capturadas en la naturaleza al abastecernos con ejemplares nacidos en cautividad, sino que adem¨¢s nos hemos convertido en los principales exportadores a otros pa¨ªses, reduciendo as¨ª el peligro de extinci¨®n de numerosas especies por el comercio a escala mundial de individuos salvajes. Limitar hasta hacer casi imposible la cr¨ªa en cautividad de estas especies, practicada por m¨¢s de un mill¨®n de espa?oles, no s¨®lo tendr¨ªa un fuerte impacto econ¨®mico y social en nuestro pa¨ªs, sino que adem¨¢s supondr¨ªa un grave paso atr¨¢s para la conservaci¨®n global de las aves.
En la redacci¨®n del anteproyecto no se han tenido tampoco en cuenta otros numerosos estudios cient¨ªficos que se?alan perniciosos efectos sociales y sobre la conservaci¨®n de la fauna salvaje en el caso de que sus propuestas se llevaran a cabo. As¨ª ocurre con la especial atenci¨®n (un cap¨ªtulo exclusivo y numerosos art¨ªculos) que el texto depara a lo que denomina colonias felinas. Estas agrupaciones de gatos dom¨¦sticos se dan en lugares con abundancia de comida, en general aportada por personas consideradas en el texto como ¡°cuidadoras¡± de las colonias. La disponibilidad de comida no hace que esos gatos coloniales est¨¦n en buenas condiciones. De hecho, est¨¢n en peor estado f¨ªsico y viven en promedio menos que los gatos callejeros solitarios (y por supuesto, mucho menos y mucho peor que los gatos caseros). Pero sea cual sea su condici¨®n y su modo de vida, los gatos no dejan de cazar. Los gatos matan cantidades enormes de animales. En 2013 se estim¨® que cada a?o, solo en EE UU, mueren unos dos mil quinientos millones de aves y m¨¢s de doce mil millones de mam¨ªferos en las fauces de los gatos. Esas cifras superan a las de animales cazados por humanos y a los que se estiman atropellados por el tr¨¢fico rodado. El impacto de los gatos es tambi¨¦n muy importante sobre las poblaciones de reptiles, siendo una de las principales amenazas para especies en peligro de extinci¨®n, como los lagartos gigantes y otros reptiles canarios.
Los gatos son adem¨¢s vectores potenciales de enfermedades que pueden pasar a las personas (toxoplasmosis y otros par¨¢sitos) y a la fauna silvestre, como demostr¨® el brote de leucemia felina que estuvo a punto de acabar con la poblaci¨®n de lince ib¨¦rico de Do?ana en 2007. Las colonias felinas, donde los gatos no viven siguiendo la organizaci¨®n social propia de estos felinos, ya que se encuentran en densidades anormalmente altas e interaccionan intensamente, funcionan como centros de contagio y propagaci¨®n de estas enfermedades. Creemos que la intenci¨®n del anteproyecto de ley de inventariar y mantener a largo plazo las colonias de gatos y el n¨²mero de individuos que las ocupan (a cargo de los presupuestos municipales) carece de sentido. Entendemos y compartimos la sensibilidad que generan estos animales y el anhelo de que las actuaciones de gesti¨®n consideren el bienestar de cada individuo. Pero el objetivo debe ser la reducci¨®n al m¨ªnimo posible y a corto plazo del n¨²mero de gatos dom¨¦sticos que viven en libertad en nuestras ciudades y campos (y el de perros, dicho sea de paso).
El anteproyecto choca asimismo con estrategias de conservaci¨®n de la biodiversidad cuando se limita al ¨¢mbito que deber¨ªa ser su competencia, como son los animales dom¨¦sticos propiedad de una persona. Ocurre as¨ª con los perros de trabajo y la coexistencia entre el lobo y el ganado, por ejemplo. Los mastines han sido hist¨®ricamente una herramienta fundamental para la protecci¨®n del ganado extensivo frente a grandes depredadores. Para que los mastines tengan el impulso de proteger al ganado deben criarse con ¨¦l, desde cachorros, y para que la protecci¨®n sea efectiva deben permanecer siempre con las reses. La normativa vigente no asigna una categor¨ªa especial a estos perros de trabajo, lo que ya genera problemas a los ganaderos que emplean mastines. Pero la situaci¨®n se volver¨¢ insostenible si prospera el anteproyecto de ley, que impone una edad m¨ªnima para el trabajo canino (18 meses) y un tiempo m¨¢ximo de soledad (sin un humano) del perro de 24 horas. Prohibir a los ganaderos el acceso a una de las mejores herramientas de protecci¨®n frente a la depredaci¨®n puede derivar en un aumento del rechazo al lobo.
Detener la p¨¦rdida de biodiversidad es un objetivo relevante de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible. Por noble que sea el prop¨®sito, procurar el bienestar de unos pocos animales cercanos no puede hacerse a costa del sufrimiento de multitud de animales que no vemos o con los que no empatizamos y mucho menos del deterioro de la biodiversidad necesaria para la supervivencia de todos. Lo aqu¨ª expuesto son solo algunos ejemplos. Consideramos que el anteproyecto de ley que ha hecho p¨²blico el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 deber¨ªa retirarse, pues colisiona con numerosas normas en vigor e impide armonizar el bienestar de los animales dom¨¦sticos con la conservaci¨®n de la biodiversidad. Es preciso trabajar en una nueva propuesta n¨ªtidamente centrada en animales dom¨¦sticos de compa?¨ªa, y hacerlo contando con el apoyo cr¨ªtico de expertos en conservaci¨®n de la fauna silvestre.
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