Un informe del Consejo del Poder Judicial alerta de ¡°importantes problemas¡± en la reforma del C¨®digo Penal en materia de maltrato animal
La evaluaci¨®n cuestiona el anteproyecto de ley por castigar con m¨¢s dureza el maltrato a una mascota para causar da?o a la pareja que las amenazas leves o las lesiones que no precisan tratamiento m¨¦dico en violencia machista
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha informado hoy de posibles conflictos en la reforma del C¨®digo Penal impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales para endurecer las penas por maltrato animal. La evaluaci¨®n ¡ªde la que ha sido ponente la vocal Roser Bach y deber¨¢ debatirse en el Pleno de este organismo este jueves¡ª advierte de que la nueva regulaci¨®n ¡°puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones¡± y plantea ¡°importantes problemas¡± para conciliar la protecci¨®n de los animales con la salud p¨²blica o el medio ambiente. Por su parte, el Ministerio de Derechos Sociales ha respondido que esta reforma es ¡°imprescindible¡± y ha calificado como bulos algunas de las informaciones publicadas por los medios de comunicaci¨®n sobre este an¨¢lisis jur¨ªdico.
Una de las principales novedades de la reforma del C¨®digo Penal es que protege a ¡°todos los animales vertebrados¡±. Sin embargo, el informe del CGPJ considera que esta protecci¨®n puede entrar en conflicto con la protecci¨®n que tambi¨¦n debe dispensarse a otros bienes jur¨ªdicos, como son la salud p¨²blica o el medio ambiente. ¡°En m¨¢s de una ocasi¨®n, la defensa de estos bienes jur¨ªdicos entrar¨¢ en conflicto con la protecci¨®n de la integridad f¨ªsica o incluso de la vida del animal vertebrado¡±, asegura la evaluaci¨®n, que incide en que esto requerir¨¢ de una respuesta inmediata que no siempre contar¨¢ con el respaldo de leyes u otras disposiciones, dictadas con anterioridad a la reforma, que justifiquen la conducta de que se trate.
El Anteproyecto de Ley Org¨¢nica sometido al an¨¢lisis del CGPJ pretende endurecer el C¨®digo Penal para acabar con lo que se describe en su exposici¨®n de motivos como ¡°una sensaci¨®n de impunidad generalizada ante el maltrato animal, con penas poco efectivas ante dichas acciones y carentes de efectos disuasorios¡±. Esto ocurre porque, hoy en d¨ªa, las penas previstas para estos delitos suelen ser inferiores a dos a?os, motivo por el que los condenados no ingresan en prisi¨®n al poder ser suspendidas o sustituidas. La propuesta de informe que debe debatir ahora el ¨®rgano de gobierno de los jueces advierte, sin embargo, de que el anteproyecto no consigue lo que anuncia como primera justificaci¨®n de la reforma, ya que, aunque tanto en el caso de las lesiones como en el de la muerte del animal aumentan ligeramente las penas de prisi¨®n, en ambos supuestos se sigue manteniendo de modo alternativo la pena de multa.
Esta evaluaci¨®n tambi¨¦n considera que esa necesidad se?alada por el legislador de endurecer las penas puede comprometer el principio de proporcionalidad. Como indica, esto puede ocurrir cuando en la pena prevista para el maltrato animal concurra la circunstancia agravante de haber cometido los hechos para causar da?o a quien sea o haya sido c¨®nyuge del autor, pues el castigo previsto para este supuesto es superior al que est¨¢ actualmente fijado para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento m¨¦dico o quir¨²rgico o el de maltrato de obra en el ¨¢mbito de violencia sobre la mujer.
Asimismo, el informe asegura que si se compara el delito de lesiones de animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario con el delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento m¨¦dico o quir¨²rgico, la pena es la misma, es decir, una pena de multa de uno a tres meses. No obstante, tambi¨¦n precisa que en el primero de los supuestos, cuando afecta a animales, se prev¨¦ la posibilidad de una pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad con una extensi¨®n (de 31 a 90 d¨ªas) que corresponde a un delito menos grave y no delito leve, como es el caso de las lesiones sin tratamiento m¨¦dico o quir¨²rgico en personas.
Con todo, el an¨¢lisis realiza ¡°una valoraci¨®n positiva¡± de la inclusi¨®n, por primera vez en el ordenamiento, de la responsabilidad de las personas jur¨ªdicas en la comisi¨®n de los delitos de maltrato animal. Asimismo, tambi¨¦n considera acertadas las medidas cautelares que podr¨¢n adoptarse en el procedimiento para proteger a los animales, como por ejemplo, el cambio provisional sobre la titularidad del animal con el fin de favorecer su cuidado y bienestar.
Tras la informaci¨®n difundida por el CGPJ, el Ministerio de Derechos Sociales ha defendido esta reforma como ¡°imprescindible¡± y ha recalcado que ¡°hasta ahora quemar vivo un zorro o ahogar una cr¨ªa de jabal¨ª no ten¨ªa ning¨²n reproche penal¡±. ¡°Esta ley viene a poner fin a la impunidad de los maltratadores de animales que, hasta ahora, era casi total en Espa?a¡±, ha a?adido.
Asimismo, el departamento de Ione Belarra ha rechazado la comparaci¨®n que realiza el informe entre las penas por maltrato a animales y v¨ªctimas de violencia machista. ¡°El bulo que se est¨¢ difundiendo hace referencia a la pena por violencia vicaria. Una nueva forma de violencia machista en la que un maltratador hace da?o al animal para agredir a la mujer. Se hace da?o al animal y tambi¨¦n a la persona, por tanto la pena es mayor¡±, ha respondido Derechos Sociales.
¡°Los agravantes solo se aplican en el caso de lesiones graves en los animales (que requieran cirug¨ªa o tratamiento veterinario) o de muerte del animal y, en este caso, adem¨¢s, de que se utilice la agresi¨®n al animal como coacci¨®n a la persona¡±, ha recalcado a su vez Sergio Torres, director General de Derechos de los Animales de este ministerio.
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