?Cu¨¢nto vale un seguidor en Twitter?
?Qui¨¦n es el due?o de los "seguidores" de Twitter? ?Y es cuantificable en dinero su valor? Un juicio en California puede resolver estas dudas
Es posible que en unos pocos a?os la sociedad mire atr¨¢s y se r¨ªa de c¨®mo tuvimos que asentar los precedentes legales m¨¢s b¨¢sicos de Internet. Mientras tanto, hay en California un se?or de 38 a?os que tiene a media blogosfera pendiente de la jurisprudencia que genere su historia.
Se trata de un redactor llamado Noah Kravitz y el dilema que protagoniza surgi¨®, como todos los buenos, de la m¨¢s pura rutina: ya que durante escrib¨ªa para una web especializada en m¨®viles, Phonedog.com,, se hizo una cuenta en Twitter con el nombre de su empresa, a la saz¨®n @Phonedog_Noah. Nada nuevo. Lo mismo que hacen muchos periodistas, publicistas, pol¨ªticos y dem¨¢s trabajadores asociada, a ojos del p¨²blico, a una marca. Entre fuentes, colegas y lectores, Kravitz fue ganando seguidores hasta llegar a los 17.000 en octubre de 2010. Y entonces dimiti¨®.
Eso no cambi¨® mucho su vida 2.0. Con el benepl¨¢cito de PhoneDog.com, Kravitz cambi¨® su cuenta a un as¨¦ptico @NoahKravitz y sigui¨® tuiteando como. As¨ª hasta que, ocho meses despu¨¦s, su propia empresa le demand¨® por violar una cl¨¢usula que en EEUU se denomina "secretos del oficio" (as¨ª se llama a cualquier violaci¨®n de confidencialidad legal en una empresa). Determinar por qu¨¦ cada uno de esas 17.000 personas decidi¨® abonarse a sus tuits ser¨ªa como decidir cu¨¢ntos de nuestros amigos lo son por nuestro trabajo, apellido o por el barrio en que vivimos, y dentro de ese vac¨ªo legal, la empresa considera suyo el p¨²blico de Kravitz porque se vali¨® de su imagen de marca.
Es m¨¢s, seg¨²n sus c¨¢lculos basados en las p¨¦rdidas de ingresos publicitarios derivadas por las pocas visitas a la web, le exigen una indemnizaci¨®n de unos 2,50 d¨®lares por seguidor que tuviera cada uno de esos meses. Total: 340.000 d¨®lares. De momento, y que la ley sepa, ambos tienen raz¨®n. Kravitz se benefici¨®, efectivamente, de la imagen de marca de la empresa para la que trabajaba; pero tambi¨¦n se trabaj¨® los contenidos que atrajeron a los seguidores por s¨ª mismo.
La sentencia, por tanto, podr¨ªa cambiar la forma que tenemos de entender Twitter.
Lo verdaderamente jugoso del asunto no es que se pueda sentar precedente para casos similares a este en particular, o que se llegue a una cifra concreta. Es la mentalidad que se desprenda de la sentencia. Es la primera vez que un tribunal tiene que decidir, indirectamente, qu¨¦ prima en redes sociales, si lo t¨¦cnico o lo humano. Se puden perder por el jard¨ªn de n¨²meros, marcas y tipos de contratos con el que las redes sociales ahora adornan las relaciones entre personas; o pueden aceptar que en las redes sociales lo que prima es el factor humano.
El primer lado, el t¨¦cnico no es nada desde?able. La mayor¨ªa de casos relevantes en redes sociales implica a trabajadores que hablan en nombre de empresas de comunicaci¨®n. "Llev¨¢bamos ya un tiempo esperando a que llegara un caso as¨ª", le ha explicado Henry J. Cittone, un abogado especializado en propiedad intelectual en Nueva York, al New York Times. "Muchos de nuestros clientes nos contactan, preocupados por la relaci¨®n entre la propiedad de sus contactos en redes sociales y su imagen de marca. Esto marcar¨¢ un precedente en el mundo online que afectar¨¢ el resto de casos venideros".
Hasta ahora, la ligaz¨®n entre los contactos de un empleado y la empresa para la que trabaja se resolv¨ªa con relativa libertad. Este manual de periodismo de hace diez a?os, por ejemplo, recomienda a sus lectores que apuntaran sus contactos en una clave que solo ellos sepan descifrar y que guardaran la agenda bajo llave. Y sin embargo, en el mundo de la publicidad tampoco es inaudito que surjan tensiones cuando un ejecutivo de cuentas deja una agencia para irse a otra. Pero ahora se han generado un ¨¢rea gris. ?Qui¨¦n es el verdadero propietario de una cuenta de Twitter? ?El hombre que la alimenta todos los d¨ªas impregn¨¢ndola con su personalidad, o la marca? ?Cu¨¢nta gente sige a una marca porque sus tuits resultan simp¨¢ticos? Fittone opina que "todo depende del origen de la cuenta. Si se cre¨® para comunicarse con los clientes de PhoneDog, entonces la cuenta se abri¨® en nombre de PhoneDog.com, no Kravitz", pero de momento eso no deja de ser una opini¨®n m¨¢s.
Hace poco ocurr¨ªa una historia relativamente parecida: una empresaria llamada Linda Eagle denunci¨® y fue denunciada por sus nuevos cuando estos la despidieron despu¨¦s de comprar su empresa de servicios financieros, Edcomm. Los nuevos propietarios usaron su perfil en la red social LinkedIn para mantenerse en contacto con otros clientes. Ella les denunci¨® por suplantar su identidad y ellos la denunciaron por denunciarlos. En este caso, el juez fall¨® a favor de Eagle porque "es demasiado f¨¢cil extraer esa informaci¨®n p¨²blicamente".
Por otro lado est¨¢, dec¨ªamos, el factor humano. Tal vez el mayor pecado de las redes sociales es ofrecernos n¨²meros y estad¨ªsticas exactas para lo que no es m¨¢s que un reflejo de las imprecisas relaciones interpersonales. Al fin y al cabo, ?qui¨¦n hubiera podido responder, hace cinco a?os, con exactitud a la pregunta de "cu¨¢ntos amigos tienes"? A las personas ahora se les llama "seguidores", pero cuesta pensar que por ello hayamos dejado de ser un caso de "calidad sobre cantidad". ?Se puede poner precio a la atenci¨®n de 17.000 personas que qui¨¦n sabe qu¨¦ estaban haciendo en el momento en el que se publico un tuit?
De ah¨ª la relevancia de la futura sentencia. Si se falla a favor de PhoneDog.com, los futuros juicios que tengan que inspirarse en ella para asentar la legislaci¨®n en Internet, tender¨¢n a basarse en la matem¨¢tica, la tecnolog¨ªa. En los ceros y unos. Si se falla a favor de Kravitz, el futuro ser¨¢ de las mentes que ordenaron esos n¨²meros.
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