¡®Tarifazo¡¯ a la propiedad intelectual
Cadenas de radio y televisi¨®n arremeten contra el incremento de precios aplicado por la entidades de gesti¨®n de derechos tras la reforma de la ley
La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que entr¨® en vigor en enero de 2015, no ha conseguido amainar los seculares conflictos entre usuarios y entidades de gesti¨®n de derechos. Emisoras de radio, cadenas de televisi¨®n, hoteles, Universidades, bares, grandes promotores musicales o peque?os organizadores de fiestas populares est¨¢n obligados a compensar a los autores por el uso de su repertorio. En la mayor¨ªa de los casos han visto c¨®mo se han disparado los precios, desatando el descontento y la amenaza de nuevos litigios.
Un informe de la Secci¨®n Primera de la Comisi¨®n de Propiedad Intelectual (CPI) sobre las tarifas generales presentadas en 2016 revela que solo en el 60,5% de los casos se han podido hacer comparaciones con las tasas anteriores. El resultado es que en el 29,3% no se han producido variaciones y en el 31,2% los precios han tendido al alza. Las subidas m¨¢s relevantes han reca¨ªdo en el sector hotelero y el audiovisual.
Los operadores han echado n¨²meros y calculan que la SGAE, la principal sociedad recaudadora, ha incrementado entre un 20% y un 34% los precios de radio, y ha elevado casi un 20% las tasas a la televisi¨®n. Por si fuera poco, la SGAE remiti¨® hace dos semanas una notificaci¨®n anunciando un aumento extra en torno al 18% que ha puesto en pie de guerra a las televisiones privadas, que tendr¨ªan que desembolsar 99 millones de euros, 27 m¨¢s que con las tasas de 2015.
Tanto la ley como la orden ministerial posterior especifican que los precios deben ser ¡°equitativos y no discriminatorios¡±. Pero los usuarios asisten a incrementos ¡°abusivos¡±, hasta el punto de que algunas entidades intentan cobrar derechos por la utilizaci¨®n de discos en radios, televisiones, bares o discotecas, una remuneraci¨®n ¨²nica en Europa, que figuraba en la Ley de Propiedad Intelectual de 1987, derogada en 2006.
Este derecho no existe en el contexto internacional, pero ahora AGEDI-AIE lo reivindica. Su aprobaci¨®n depende de la Secci¨®n Primera de la CPI. ¡°Nos hemos reunido con todas las entidades de gesti¨®n y con representantes de las principales asociaciones de usuarios y hasta la fecha solo una entidad ha reclamando nuestra intervenci¨®n para determinar tarifas¡±, explica Julio Costas, presidente de este organismo, que tiene atribuidas funciones de mediaci¨®n y arbitraje.
Ocho entidades de gesti¨®n
Las asociaciones son titulares de derechos de propiedad intelectual de autores, artistas y productores. Para operar necesitan autorizaci¨®n del Ministerio de Cultura. Hay ocho:
Autores.SGAE (Sociedad General de Autores y Editores); CEDRO (Centro Espa?ol de Derechos Reprogr¨¢ficos), VEGAP (Visual Entidad de Gesti¨®n de Artistas Pl¨¢sticos) y DAMA (Derechos de Autor de Medios Audiovisuales).
Artistas. AIE (Sociedad de Artistas, Int¨¦rpretes o Ejecutantes) y AISGE (Artistas Int¨¦rpretes Sociedad de Gesti¨®n).
Productores. AGEDI (Asociaci¨®n de Gesti¨®n de Derechos Intelectuales) y EGEDA (Entidad de Gesti¨®n de Derechos de los Productores Audiovisuales).
Tradicionalmente, las entidades han operado en el mercado en un r¨¦gimen de monopolio legal, provocando una larga historia de conflictividad. La reforma aspiraba a poner paz en el sector, pero las espadas siguen en alto. La Asociaci¨®n Espa?ola de Radiodifusi¨®n Comercial (AERC) interpuso a principios de a?o una demanda ante el juzgado de lo Mercantil de Madrid contra las tarifas generales aprobadas el 30 de junio de 2016 por AGEDI-AIE. Argumentan que han puesto precio a derechos inexistentes y cuestionan el tratamiento de la ¡°m¨²sica de cat¨¢logo¡± y el uso de la m¨²sica en Internet (webscasting o podcasting).
Junto a subidas de la SGAE, las radios sostienen que AGEDI-AIE ha aumentado las tarifas entre el 60% y el 150%. ¡°El sector ten¨ªa muchas esperanzas en una reforma en la que, por primera vez, se establece un sistema objetivo para determinar las tarifas con criterios claros para su c¨¢lculo que deber¨ªa haber conducido a su reducci¨®n. Pero seguimos igual que antes¡±, dice el presidente de la AERC, Rafael P¨¦rez del Puerto.
Por la m¨²sica, las entidades cobran una tarifa general (un porcentaje de los ingresos de las cadenas), independientemente del uso o la relevancia que tenga en la parrilla. Se da la paradoja de que emisoras generalistas pagan m¨¢s que radiof¨®rmulas donde la m¨²sica es el principal ingrediente.
Frente a las posiciones de los radiodifusores, Antonio Fern¨¢ndez, presidente de Adepi (agrupaci¨®n de las ocho entidades de gesti¨®n), afirma que las tarifas son ¡°publicas y transparentes y cumplen estrictamente los criterios que dice la ley. Si no, no hubieran sido aprobadas por la Secci¨®n Primera¡±. Fern¨¢ndez recuerda que se abri¨® un periodo de negociaci¨®n en el que no fue posible llegar a acuerdos y enfatiza que, como consecuencia de este enquistamiento, las radios han retenido los pagos y cuestionado la legitimidad del ¨®rgano colegiado para mediar y arbitrar. Los desencuentros entre la AERC y las entidades no son nuevos. En 2015, Competencia ya resolvi¨® que el aumento de tarifas era ¡°abusivo, inequitativo y desproporcionado¡±. Y mult¨® a AGEDI con 1,2 millones de euros y a AIE con 1,5millones. Las sanciones han sido recurridas.
¡°La ley abri¨® muchas expectativas¡±, observa Carolina Pina, abogada socia de Garrigues, quien reclama: ¡°Certeza para que quien paga sepa a qui¨¦n paga y por qu¨¦¡±, adem¨¢s de procedimientos de arbitraje ¡°neutrales, ¨¢giles y eficientes¡±. Insiste en que las tarifas han de ser equitativas y acordes con el uso del repertorio y plantea que debe haber reciprocidad, ya que algunas remuneraciones existen en Espa?a pero no en otras jurisdicciones.
Tras la reciente e inesperada subida, las televisiones (principales pagadoras de la SGAE) auguran una etapa nada pac¨ªfica. ¡°El sistema de recaudaci¨®n est¨¢ basado en un monopolio de origen. Se lleg¨® a una soluci¨®n salom¨®nica seg¨²n la cual las televisiones pagan un porcentaje de su facturaci¨®n, independientemente del uso de los derechos¡±, resume Andr¨¦s Armas, secretario general de Uteca, asociaci¨®n que integra a Antena 3 y Telecinco, entre otras. Pero ahora, la tecnolog¨ªa permite ¡°identificar lo que se usa. Y es probable que una parte muy significativa del repertorio representado por una entidad no se use¡±, dice.
Tambi¨¦n los canales p¨²blicos se quejan. ¡°Las auton¨®micas pagamos en funci¨®n de las subvenciones que recibimos e independientemente del uso que hagamos¡±, expone el secretario general de la Forta, Enrique Laucirica, quien defiende la necesidad de ¡°pelear contra los abusos que ampara la Ley de Propiedad Intelectual¡±.
Mediaset abunda en este aspecto: ¡°El 1 de enero sabemos que vamos a tener que pagar un porcentaje (entre el 5% y el 6%) de nuestros ingresos brutos a las entidades. Es una tarifa que no tiene en cuanta la intensidad de uso. Da igual que utilicemos un fonograma o un mill¨®n¡±. Atresmedia asegura que las entidades han aplicado subidas ¡°generalizadas y desproporcionadas¡± y a?ade que, seg¨²n la ley, ¡°a los autores se les retribuye en funci¨®n del valor que aportan sus derechos a los negocios¡±. Sin embargo, ¡°las entidades utilizan argumentaciones econ¨®micas sofisticadas y aplican subidas que no se justifican¡±.
Los operadores de telecomunicaciones se suman a las cr¨ªticas. ¡°El nuevo marco legal aspiraba a racionalizar y objetivar las tarifas, pero se est¨¢ produciendo el efecto contrario al deseado y las tarifas, en especial en el ¨¢mbito digital, est¨¢n sufriendo unos incrementos desproporcionados¡±, dicen fuentes del sector. Estas compa?¨ªas abogan por ¡°articular mecanismos que busquen equilibrio entre la inversi¨®n de los players en la adquisici¨®n y producci¨®n de contenidos y la gesti¨®n obligatoria de los derechos de propiedad intelectual por parte de las entidades de gesti¨®n¡±.
Sobre el peso de la m¨²sica en el modelo tarifario, algunas sociedades de gesti¨®n de derechos opinan que est¨¢ sobrevalorada. ¡°Es el mundo al rev¨¦s: el 90% de lo que paga una televisi¨®n por derechos de autor acaba yendo a la m¨²sica, y eso es una barbaridad¡±, se lamenta Abel Mart¨ªn, director general de AISGE. Califica de ¡°at¨ªpico¡± que una pel¨ªcula o una serie pague m¨¢s por la banda sonora que por el gui¨®n o el trabajo del director y de los actores. ¡°Falta mucho por avanzar para que el valor de las cosas se ajuste al valor del mercado¡±, concluye.
Precios m¨¢s elevados que el resto de Europa
Las irreconciliables discrepancias sobre las tarifas de las entidades de gesti¨®n han terminado a menudo en la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo al que acudieron promotores musicales o empresas hoteleras con una queja com¨²n: el cobro de precios desproporcionados.
Conciertos. La APM (Asociaci¨®n de Promotores Musicales) actu¨® contra la SGAE y en noviembre de 2014 Competencia conden¨® a la entidad de gesti¨®n de derechos por pr¨¢cticas abusivas. "Incluida la tarifa, que consider¨® ilegal por excesiva y por ser abusivamente impuesta", comenta Gabriel Rossy, abogado de la APM. La SGAE fue obligada a fijar nuevo precio. Tras la resoluci¨®n dictada por Competencia, rebaj¨® la tasa del 10% al 8,5% de la recaudaci¨®n en taquilla, todav¨ªa lejos del 3% que se paga en Reino Unido, Canad¨¢ o Australia. En EE UU hay varias tarifas, todas inferiores al 1%, explica Rossy, para quien "no hay raz¨®n que justifique que el organizador de un concierto de los Rolling Stones en Londres pague el 3% de la taquilla por derechos de autor, mientras que est¨¢ obligado a pagar un 10% (ahora, un 8,5%) por el mismo concierto en Espa?a". Rossy asegura que "si se consiguiera liberalizar el mercado y la SGAE dejara de disfrutar del monopolio, la tarifa se reducir¨ªa inmediatamente a la tercera parte".
Hoteles. La Confederaci¨®n Espa?ola de Hoteles y Alojamientos Tur¨ªsticos (CEHAT) ha alcanzado un acuerdo con la SGAE, seg¨²n el cual estos establecimientos pagan en funci¨®n del tama?o, la categor¨ªa y el tipo de servicio que ofrecen. "No es lo mismo un hotel que tiene m¨²sica en vivo o discoteca a otro que solo usa m¨²sica de ambiente en la recepci¨®n", sostiene el secretario general de CEHAT, Ram¨®n Estadella. Con el resto de las entidades no ha habido acuerdo. "Estamos muy defraudados con la ley", se lamenta. "Algunas entidades intentan cobrar un 700% m¨¢s que en Alemania o Reino Unido, adem¨¢s de exigirnos derechos que no existen en ning¨²n pa¨ªs de la UE". Los hoteles tambi¨¦n abonan una tarifa por las televisiones de las habitaciones, obligaci¨®n que data de 2006, cuando el Tribunal de Luxemburgo se pronunci¨® a favor de la SGAE en un litigio con Rafael Hoteles. "Aceptamos pagar, pero en los t¨¦rminos de la ley: tarifas globales y proporcionales. No es de recibo que nos intenten cobrar por habitaciones no ocupadas o por hoteles cerrados", remata Estadella.
Universidades. Las Universidades han suscrito un acuerdo con Cedro y Vegap a tenor del cual desembolsan tres millones de euros anuales por el uso de libros y otras publicaciones en los campus virtuales. Esta tarifa permite el acceso, como m¨¢ximo, al 10% de una obra, un porcentaje que en otros pa¨ªses de la UE es libre. "Pagamos tres millones por algo que en Alemania es gratis", recuerda Antoni Gonz¨¤lez Senmart¨ª, que form¨® parte de la comisi¨®n negociadora por parte de las Universidades.
Para Cedro, con m¨¢s de 23.000 escritores asociados, el acuerdo acerca a Espa?a a los pa¨ªses m¨¢s avanzados y se adapta al tiempo tecnol¨®gico. ¡°Antes se fotocopiaban obras. Con los campus virtuales se digitalizan para compartirlas. El objetivo es que esta actividad no perjudique a los titulares de derechos¡±, sostiene una portavoz de Cedro.
Gonz¨¤lez Senmart¨ª se declara partidario del modelo de Italia y Portugal, que permite a los centros el acceso libre, y se pregunta por los criterios a la hora de fijar las tarifas. ¡°Las entidades han determinado que el 60% de los contenidos de las plataformas digitales est¨¢n sujetos a derechos de autor, pero algunas Universidades dicen que no superan el 30%, ya que el grueso de los contenidos son apuntes o esquemas de los profesores, publicaciones oficiales o art¨ªculos de revistas, sobre las que han adquirido licencia de uso¡±.
Hospitales. Una sentencia del Tribunal de Luxemburgo del 2012, conocida como el caso Corso por el nombre del dentista italiano Marco del Corso, declar¨® que la m¨²sica que se escucha en consulta no est¨¢ sujeta al pago de derechos. Argumentaba el tribunal de la UE que la m¨²sica no reviste car¨¢cter lucrativo sino que los pacientes acuden al centro m¨¦dico "con el ¨²nico objetivo de ser atendidos".
El catedr¨¢tico de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha Juan Jos¨¦ Mar¨ªn menciona otra sentencia que concluy¨® que un centro dedicado a la rehabilitaci¨®n de pacientes estaba sujeto al pago de derechos. Mar¨ªn afirma que la inmensa mayor¨ªa de cl¨ªnicas y hospitales privados pagan por el uso de televisi¨®n en las habitaciones. ¡°Otra cosa son los p¨²blicos. En estos casos las entidades han tenido m¨¢s prudencia¡±.
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