El Estatuto del artista, un feliz acontecimiento
Las 75 medidas aprobadas son el final de un proceso dif¨ªcil, complicado, que se ha materializado gracias a la cultura organizada y en el que se ha puesto de relieve el valor de las organizaciones profesionales
La aprobaci¨®n, en el ¨²ltimo Consejo de Ministros de 2018, del Real Decreto por el que se ponen en marcha actuaciones que desarrollan el Informe aprobado por el Congreso de los Diputados sobre el Estatuto del Artista es todo un acontecimiento. El Decreto ha supuesto la concreci¨®n de parte de las 75 medidas planteadas en el documento que aprob¨® la C¨¢mara el pasado mes de septiembre y un primer paso para hacerlo realidad integra en un futuro pr¨®ximo.?
Junto a la aprobaci¨®n de medidas como la bajada del IVA a los servicios prestados por autores y creadores a productores y empresarios del 21% al 10%, la reducci¨®n en cuatro puntos porcentuales en la retenci¨®n del IRPF a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor, la inclusi¨®n de los artistas en la Seguridad Social en sus per¨ªodos de inactividad, y la protecci¨®n de la trabajadora cultural embarazada o en periodo de lactancia, que tendr¨¢n aplicaci¨®n en un plazo breve, se contempla la satisfacci¨®n de la demanda de mayor repercusi¨®n medi¨¢tica del mundo de la cultura, especialmente de los escritores y, en general, de los autores titulares de derechos. Se trata del reconocimiento de la compatibilidad entre la pensi¨®n de jubilaci¨®n y los rendimientos derivados de la propiedad intelectual (esencialmente, los derechos de autor). Aunque el Real Decreto prev¨¦ su concreci¨®n mediante un reglamento a aprobar en un plazo m¨¢ximo de seis meses, es previsible que, dada la situaci¨®n que viven los autores sancionados, tal Reglamento sea elaborado y aprobado en un plazo m¨¢s corto.
La propiedad intelectual ha de ser considerada como un bien patrimonial. Su tratamiento ha de ser de una singularidad extrema
A partir de ese momento tendr¨¢ su desarrollo el Art¨ªculo 213 de la Ley General de la Seguridad Social regulando la ¡°compatibilidad de la pensi¨®n de jubilaci¨®n con las actividades de aquellos profesionales dedicados a la creaci¨®n art¨ªstica que perciban por esa actividad derechos de propiedad intelectual¡± y quedar¨ªa resuelto, en lo esencial, el problema: crear despu¨¦s de la jubilaci¨®n ya no entrar¨ªa en colisi¨®n con la situaci¨®n jur¨ªdica de pensionista (gran parte de los escritores jubilados lo son por haber cotizado en profesiones no directamente literarias: funcionarios, profesores, empleados administrativos¡), con lo que nos equiparar¨ªamos a los pa¨ªses m¨¢s avanzados de la Uni¨®n Europea en este terreno (Francia, Alemania, Holanda, Suecia, Italia, Portugal entre ellos) y la sociedad espa?ola no se ver¨ªa privada de la aportaci¨®n de numerosos autores en una etapa de la vida en la que la mezcla de experiencia y tiempo disponible pueden ofrecer los mejores frutos de la creaci¨®n intelectual a una sociedad moderna y democr¨¢tica como la Espa?a del siglo XXI. Parece obvio que el mismo tratamiento habr¨¢ de aplicarse (as¨ª lo recoge con claridad el Informe del Estatuto del Artista) a las pensiones de invalidez y a otras prestaciones p¨²blicas, algo que ha de clarificarse en los pr¨®ximos meses.
Un cap¨ªtulo lamentable
Se cerrar¨ªa as¨ª un cap¨ªtulo lamentable de nuestra reciente historia iniciado en el verano de 2015 a partir de las denuncias de un grupo de autores de distintas disciplinas tras la comunicaci¨®n por parte de la Inspecci¨®n de la Seguridad Social de que iban a ser sancionados (lo fueron) con la devoluci¨®n de varios a?os de pensi¨®n y con la suspensi¨®n del cobro de la misma, aparte de otras penalizaciones; un cap¨ªtulo que ha contado con un ingrediente esencial: la solidaridad del mundo de la cultura y la respuesta colectiva, organizada de las distintas entidades del sector, comenzando por la Asociaci¨®n Colegial de Escritores, que se concret¨® en la Plataforma Seguir Creando y en el desarrollo de una intensa y sostenida campa?a en defensa de los autores y en demanda de la compatibilidad plena
A los 70 a?os de la muerte de su autor, toda obra pasa a dominio p¨²blico, algo que no ocurre con ninguna otra propiedad y que conviene subrayar para evitar incomprensiones
Todas las fuerzas pol¨ªticas, el Defensor del Pueblo, el presidente del Congreso de los Diputados, la Comisi¨®n de Cultura del congreso en pleno, altos cargos del anterior y del actual gobierno, los sindicatos y otros sectores vinculados al mundo de la cultura prestaron su apoyo a la demanda de los autores y de Seguir Creando hasta el extremo de constituir la Subcomisi¨®n para el Estatuto del Artista que elabor¨® el informe que aprob¨® el Congreso de los Diputados y que ha servido de base al Decreto.. Aunque ¨¦ste prev¨¦ que la compatibilidad vaya aparejada con una ¡°cotizaci¨®n de solidaridad del 8% de los ingresos¡±, el salto cualitativo que se da en relaci¨®n con la situaci¨®n anterior y actual es m¨¢s que notable. A ese respecto es preciso destacar que la propiedad intelectual ha de ser considerada como un bien patrimonial. Que su tratamiento ha de ser de una singularidad extrema, similar al de las rentas mobiliarias o inmobiliarias, con una diferencia fundamental: a los 70 a?os de la muerte de su autor, toda obra pasa a dominio p¨²blico, es ¡°devuelta a la sociedad¡±, algo que no ocurre con ninguna otra propiedad y que conviene subrayar para evitar incomprensiones.
Ha sido un proceso dif¨ªcil, complicado, que se ha materializado gracias a la cultura organizada, en el que se ha puesto de relieve el valor de las organizaciones profesionales cu¨¢ndo sit¨²an en el centro de sus preocupaciones la defensa de los derechos de los creadores. Sin ACE, y sin VEGAP, sin CEDRO, sin SGAE, sin JAM, sin FEMA, sin ALMA y sin el resto de las entidades integradas en la Plataforma Seguir Creando nada de lo que recoge el Real Decreto hubiera sido posible. Los autores afectados habr¨ªan batallado individualmente con muy escasas posibilidades de que sus reivindicaciones fueran atendidas. Estos primeros pasos del Estatuto evidencian la enorme importancia de la organizaci¨®n autoral. Sin autores no hay cultura y sin cultura una sociedad es democr¨¢ticamente m¨¢s fr¨¢gil y m¨¢s permeable a las amenazas de la irracionalidad y el autoritarismo.
Sin autores no hay cultura y sin cultura una sociedad es democr¨¢ticamente m¨¢s fr¨¢gil y m¨¢s permeable a las amenazas de la irracionalidad y el autoritarismo
Es evidente que la creaci¨®n es un proceso radicalmente individual. Eso es a¨²n m¨¢s claro en el caso de los escritores y traductores. Ese individualismo (al autor le basta un l¨¢piz y un papel o un ordenador para crear) condiciona, incluso dificulta la respuesta colectiva ante los problemas que al escritor (al autor) afectan. Pero la lecci¨®n que cabe extraer de estos tres a?os largos de movilizaci¨®n es doble: la necesidad de reforzar el asociacionismo de los profesionales de la cultura, y la certeza de que no hay objetivo, por imprescindible que se considere, que se logre sin su actuaci¨®n sostenida y rigurosa.
Mientras llega el desarrollo reglamentario de la compatibilidad, es necesario que el gobierno adopte medidas que supongan la suspensi¨®n inmediata de las sanciones. Ser¨ªa un contrasentido que se mantuvieran a la vez que todas las fuerzas pol¨ªticas y el propio gobierno de la Naci¨®n plantean modificar a fondo la legalidad en que se basaron. Hoy estamos m¨¢s cerca del objetivo central de Seguir Creando. Es preciso prestar atenci¨®n a los pr¨®ximos pasos del Ejecutivo. La gratitud y el reconocimiento a su iniciativa no pueden excluir las imprescindibles dosis de exigencia hacia los compromisos adquiridos.
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