La duda no abandona al deporte espa?ol
La jueza condena a un a?o de prisi¨®n y cuatro de inhabilitaci¨®n a Eufemiano Fuentes y a cuatro meses de c¨¢rcel a Ignacio Labarta ¡ñ Priva a las agencias antidopaje de las bolsas de sangre
En sus alegatos finales, todas las acusaciones de la Operaci¨®n Puerto recordaron a la jueza Julia Patricia Santamar¨ªa que lo que se hab¨ªa juzgado en Madrid entre el 28 de enero y el 2 de abril no era sino un escandaloso caso de dopaje aunque, por imperativo legal (ausencia de una ley antidopaje en el momento de los hechos, mayo de 2006), se hubiera disfrazado de delito contra la salud p¨²blica. Todos, adem¨¢s, advirtieron a la juzgadora, y desde ayer sentenciadora, de que los ojos del mundo estaban clavados en su peque?o juzgado penal de la periferia madrile?a, y que lo que ella decidiera tendr¨ªa repercusiones en el futuro deportivo y econ¨®mico de su pa¨ªs, y hasta en la posible concesi¨®n a Madrid de los Juegos Ol¨ªmpicos de 2020.
A todos ellos respondi¨® la jueza con 361 p¨¢ginas tama?o folio y letra en peque?o cuerpo (155.204 palabras, exactamente) y una sentencia tan frustrante para todas las partes que, ll¨¢menlo efecto bumer¨¢n, consigui¨® el milagro de que todos tambi¨¦n hallaran en ella elementos positivos.
Ni Eufemiano ni Labarta ingresar¨¢n en prisi¨®n al ser su pena menor de dos a?os y un d¨ªa
Al principal acusado, el doctor Eufemiano Fuentes, la jueza le condena a un a?o de prisi¨®n (que no cumplir¨¢ pues, a menos que se cuente con antecedentes, no ingresan en prisi¨®n los condenados a menos de dos a?os y un d¨ªa) y cuatro de inhabilitaci¨®n para ejercer en adelante la medicina deportiva. A Ignacio Labarta, su c¨®mplice, seg¨²n fija la sentencia, a cuatro meses de prisi¨®n y otros tantos de inhabilitaci¨®n como entrenador deportivo o cualquier cargo relacionado con el ciclismo.
Para ambos, las acusaciones solicitaban hasta dos a?os y medio de sanci¨®n, pero la jueza les fij¨® una condena dentro del tramo inferior, pues tuvo en cuenta el tiempo transcurrido desde los hechos, casi siete a?os, para moderar la pena. ¡°Mas¡±, a?ade la jueza, ¡°sin considerarse tampoco adecuado imponer la pena m¨ªnima a la vista de la gravedad de las conductas enjuiciadas. Tan solo a la vista del elevado n¨²mero de muestras de sangre, plasma y concentrados de hemat¨ªes encontradas en los registros, resulta que el da?o potencial para la salud de los deportistas donantes de las bolsas no puede considerarse de escasa entidad sino bastante elevado. Y m¨¢s all¨¢ de los pocos ciclistas que han reconocido en el plenario haber sido objeto de extracciones o reinfusiones, consideramos que el n¨²mero de potenciales clientes-v¨ªctimas de Eufemiano Fuentes podr¨ªa rondar el centenar en el momento de los hechos¡±.
A Yolanda Fuentes, Vicente Belda y Manolo Saiz, la jueza los absuelve, pues durante el juicio no qued¨® probada su participaci¨®n en los hechos.
?Y las bolsas, la considerada madre del cordero, el elemento que permitir¨ªa de una vez acabar con las dudas sobre los deportistas realmente implicados en la Operaci¨®n Puerto, como, presuntamente, la senadora y atleta campeona del mundo Marta Dom¨ªnguez?
Yolanda Fuentes, Vicente Belda y Manolo Saiz han quedado absueltos
Las bolsas, decidi¨® la jueza, deber¨¢n ser destruidas sin que nadie las toque una vez haya sentencia firme, es decir, una vez resueltos los probables recursos que algunas de las partes (seguramente las acusaciones y las defensas de los dos condenados) puedan interponer en un plazo de 10 d¨ªas a la Audiencia Provincial (tardar¨ªa unos 10 meses en resolver) y posteriormente al Tribunal Supremo.
A la ¨²nica voz representando al Estado espa?ol que habl¨® ayer, Ana Mu?oz Merino, directora de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA), la sentencia le dej¨® satisfecha a medias. Satisfecha porque por primera vez un m¨¦dico es condenado por un delito contra la salud que la jueza reconoce se produjo por dopar a deportistas. Adem¨¢s, Mu?oz valora que la jueza subraye que las transfusiones no se efectuaban para proteger la salud de los deportistas, sino para que rindieran m¨¢s, y que adem¨¢s eran peligrosas. A medias porque no comparte la absoluci¨®n de tres de los acusados ni tampoco que a Fuentes se le inhabilite ¨²nicamente para ejercer la medicina deportiva, cuando cometi¨® un delito contra la salud p¨²blica, no contra la salud deportiva.
La Agencia Antidopaje: "La Operaci¨®n Puerto no ha terminado"
Ana Mu?oz Merino, directora de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA), calific¨® la sentencia de la Operaci¨®n Puerto que se ha conocido hoy como "positiva, aunque no plenamente satisfactoria", y asegur¨® que para ella este proceso "no ha terminado" y que "algunas absoluciones" no las comparte.
"Estas pr¨¢cticas dirigidas por el m¨¦dico condenado, Eufemiano Fuentes, en colaboraci¨®n con otras personas que solo ten¨ªan la finalidad del dinero y ninguna otra m¨¢s nunca proteg¨ªan la salud de los deportistas", afirm¨®. "En la sentencia se aprecia que hay diversos criterios interpretativos. Su criterio no lo comparto. Pondremos en manos de los servicios jur¨ªdicos de la AEA y del Consejo Superior de Deportes esas evidencias probatorias para que puedan ser entregadas y sirvan para identificar a esos deportistas que acud¨ªan al m¨¦dico que comet¨ªa un delito contra la salud", declar¨®.
"El juicio nos imped¨ªa actuar desde el punto de vista administrativo, pero eso no significa que estuvi¨¦ramos de brazos cruzados. Ahora podemos empezar a trabajar. Hay una v¨ªa que es el recurso contra la sentencia y otra que es administrativa, que es la que puede iniciar y va a iniciar la AEA", se?al¨®.
"Debo respetar la sentencia porque ha sido dictada por un juez, pero no comparto todos los argumentos jur¨ªdicos de estas p¨¢ginas y las consecuencias jur¨ªdicas que salen de ella", coment¨® Merino, que durante su exposici¨®n asegur¨® que para ella la Operaci¨®n Puerto "no ha terminado".
¡°Yo no ir¨ªa a su consulta¡±, dijo Mu?oz, quien anunci¨® que la AEA y el Consejo Superior de Deportes (CSD) reclamar¨ªan por las v¨ªas posibles la entrega de las citadas bolsas, recurrir¨ªan las partes de la sentencia con las que no est¨¢n de acuerdo y solicitar¨ªan a la jueza la entrega de todos los documentos que permitieran reabrir expediente a los ciclistas inicialmente identificados y nunca sancionados. Fuentes de la investigaci¨®n policial que llev¨® a cabo la Operaci¨®n Puerto mostraron su satisfacci¨®n, sin embargo, pues la sentencia, al ser condenatoria, reconoce la existencia de delito y justifica a?os despu¨¦s la necesidad de una operaci¨®n con bolsas de sangre y documentos que ning¨²n otro pa¨ªs, ni Francia ni Italia, pese a contar con leyes antidopaje m¨¢s severas y m¨¢s antiguas, ha sido capaz de llevar a cabo.
Pocos elementos positivos hallaron en la sentencia, sin embargo, ni los deportistas espa?oles m¨¢s concienciados, que saturaron sus cuentas de Twitter, ni los medios extranjeros que hacen llegar a Espa?a la mirada exterior sobre sus ¨¦xitos deportivos y su lucha antidopaje ¡ªdudas, descr¨¦dito, sombras¡ª, quienes lamentaron amargamente que la jueza decidiera no entregar a las diferentes instancias deportivas nacionales e internacionales que las hab¨ªan solicitado una muestra de cada una de las m¨¢s de 200 bolsas de sangre congeladas en Barcelona para someterlas a an¨¢lisis de ADN e identificar definitivamente los deportistas que recurrieron al banco de sangre y el supermercado de EPO, Igf-1 y hormona de crecimiento de Fuentes para doparse.
Todos ellos mostraron su desilusi¨®n y su incomprensi¨®n. Los motivos de la negativa de la jueza, sin embargo, ni son nuevos ni son estramb¨®ticos, y en ellos ha tenido peso incluso, y as¨ª lo refleja la jueza, la manera en la que el Comit¨¦ Ol¨ªmpico Italiano, CONI, enga?¨® al juez instructor Serrano para conseguir una muestra de la bolsa 18 y sancionar a Alejandro Valverde.
La jueza recuerda las razones de Serrano para anular (demasiado tarde para Valverde) la entrega de la bolsa, que no son otros que los elementos de prueba conseguidos en una investigaci¨®n penal violando los derechos fundamentales de los acusados (la inviolabilidad de las comunicaciones y el domicilio, entre otros) no pueden ser usados para un procedimiento administrativo. Adem¨¢s, recuerda la jueza, que escribe que tampoco en la justicia ¡°todo vale¡±, tampoco ser¨ªa l¨ªcito usar la prueba del ADN para sancionar a un deportista por dopaje.
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