¡®C¨®digo Armstrong¡¯
La nueva ley antidopaje mundial, que entra en vigor en enero de 2015, dobla la sanci¨®n est¨¢ndar, de dos a cuatro a?os
Le llaman en los pasillos de Johannesburgo el C¨®digo Armstrong o anti-Armstrong. La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ha dado luz verde este viernes a una normativa m¨¢s estricta que la actual, una nueva ley que endurece sanciones y extiende la responsabilidad a entrenadores y personal de asistencia de los atletas. En el origen del cambio destaca la voluntad de que no se vuelva a repetir un caso como el del ciclista estadounidense, que acumul¨® maillots amarillos sin que nadie detectara que tomaba productos prohibidos. La norma entrar¨¢ en vigor el pr¨®ximo 1 de enero de 2015 y su gran puesta de largo ser¨¢n los Juegos Ol¨ªmpicos de Brasil 2016.
Sanci¨®n est¨¢ndar de cuatro a?os
El C¨®digo ampl¨ªa de dos a cuatro a?os la inhabilitaci¨®n habitual por dopaje considerado duro (EPO, transfusiones, anabolizantes, productos de ingenier¨ªa gen¨¦tica), a menos que el deportista pueda probar que la ingesta se produjo de manera accidental o involuntaria. El atleta sancionado se perder¨¢ de esta manera los siguientes Juegos Ol¨ªmpicos. La Federaci¨®n Internacional de Atletismo (IAAF) ha criticado la manera laxa con la que se establece esta prohibici¨®n, que considera un brindis al sol, pues rebaja la exigencia de la carga de la prueba que debe aportar el deportista para demostrar que la ingesta no fue voluntaria.
No reducci¨®n por admisi¨®n
La nueva normativa permitir¨¢ inhabilitar a los entrenadores? si su deportista da positivo y eran conocedores de ello
En el c¨®digo anterior, en vigor desde enero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2014, se aplicaban reducciones autom¨¢ticas de las sanciones de hasta el 50% a aquellos deportistas que admitieran de entrada su culpa y se comprometieran a colaborar con las autoridades deportivas. Esa reducci¨®n del castigo ya no se contempla. No se premiar¨¢ a los sinceros a posteriori, sino que incluso se castigar¨¢ a aquellos que no lo admitan, a quienes entorpezcan, intimiden o presenten datos falsos durante una investigaci¨®n.
Sanciones al entorno
Adem¨¢s, se busca la complicidad y el compromiso en el juego limpio de entrenadores y resto de personal que asiste al atleta y, que con la norma actual, quedan fuera de la jurisdicci¨®n de los organismos antidopaje. La introducci¨®n de una enmienda permitir¨¢ inhabilitarlos si su deportista da positivo y eran conocedores de ello.
Un a?o de ¡®no shows¡¯
Se fija en 12 meses, y no en los 18 actuales, el periodo de tiempo en el que se pueden acumular tres no shows (incumplimientos de la normativa que obliga a comunicar permanente el paradero a las autoridades antidopaje): si tres veces en un a?o el deportista al que se pretende hacer un control fuera de competici¨®n no est¨¢ donde dice que estar¨ªa podr¨¢ ser sancionado como si hubiera dado positivo. Con este cambio se intenta proteger a los deportistas que por descuido, y no por mala fe, se olvidan de actualizar su paradero.
Prescripci¨®n a los 10 a?os
Con la amarga experiencia de encontrarse con ¡°sofisticados planes de dopaje¡± se ampl¨ªa el tiempo para dictar prescripci¨®n del fraude y a partir de la entrada en vigor ser¨¢n 10 a?os en lugar de los ocho actuales. As¨ª, los laboratorios conservar¨¢n congeladas las muestras 10 a?os, durante los cuales pueden volver a ser analizadas si se descubren nuevos m¨¦todos de detecci¨®n para sustancias antes indetectables.
Durante la conferencia se han mantenido contactos con Brasil, pa¨ªs que acoger¨¢ el Mundial y los Juegos
Arbitraje antes del procedimiento disciplinario
El nuevo C¨®digo se ha elaborado a partir del consejo de un juez para que las sanciones se adapten al derecho internacional y a los derechos humanos y sean proporcionales al fraude. Del mismo modo, antes de abrir un procedimiento judicial se consentir¨¢ una vista ¨²nica a modo de arbitraje en el que las dos partes confrontadas podr¨ªan encontrar soluci¨®n sin llegar a la justicia. En caso de sanci¨®n firme, el atleta no podr¨¢ participar en actividades de su federaci¨®n durante el periodo de suspensi¨®n, aunque se les permitir¨¢ utilizar las instalaciones de su club pocos meses antes de que venza el castigo impuesto.
Espaldarazo a los positivos no anal¨ªticos
Con el nuevo c¨®digo ser¨¢ m¨¢s sencillo sancionar a deportistas bas¨¢ndose en pruebas no anal¨ªticas, sino fruto de la investigaci¨®n policial o de la delaci¨®n de otros compa?eros. Es una forma de estimular la creaci¨®n de unidades de investigaci¨®n e inteligencia en las agencias nacionales antidopaje. Espa?a, representada en Johannesburgo por el nuevo director de la agencia, Manuel Quintanar, es uno de los pa¨ªses m¨¢s activos en este sentido. De hecho, durante la conferencia, se han mantenido contactos con Brasil con el fin de prestar experiencia y conocimiento para poner en marcha unidades policiales de investigaci¨®n en el pa¨ªs que acoger¨¢ los pr¨®ximos Mundial de f¨²tbol y Juegos Ol¨ªmpicos.
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