Bartra derrota a Hacienda por los derechos de imagen
El jugador del Betis logra que la justicia anule una sanci¨®n por el pago de impuestos en su etapa azulgrana
El jugador del Betis Marc Bartra ha ganado en los tribunales el pulso que manten¨ªa con Hacienda por la explotaci¨®n comercial de su imagen. El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha anulado la sanci¨®n que la Agencia Tributaria impuso al futbolista por haber utilizado una empresa para tributar sus derechos de imagen durante tres de las temporadas en las que milit¨® en el FC Barcelona. Los abogados de Bartra celebran la decisi¨®n y creen que abre la v¨ªa para que otros profesionales utilicen sociedades para gestionar esos ingresos extradeportivos.
En los a?os 80 y 90, numerosos clubes de Primera Divisi¨®n pagaban buena parte del salario de los jugadores mediante empresas y en concepto de derechos de imagen. Los futbolistas pod¨ªan as¨ª ahorrarse un buen pellizco en impuestos. Para poner fin a lo que acab¨® siendo una pr¨¢ctica abusiva, en 1996 se aprob¨® una normativa que se conoce como 85/15: permite a los futbolistas percibir hasta el 15% de la remuneraci¨®n de sus clubes como derechos de imagen cedidos a sociedades, mientras que al menos el 85% debe pagarse como un salario normal y estar sujeto, por tanto, al IRPF.
Pero Hacienda empez¨® a cuestionar ese criterio a partir de 2012. ¡°A los inspectores no les gustaba esa disposici¨®n y la atacaron t¨¦cnicamente. Abrieron inspecciones e impusieron sanciones. Los futbolistas, en su mayor¨ªa, aceptaron el castigo. Pero unos pocos guerrearon¡±, explica Roberto ?lvarez, uno de los abogados del defensa.
?lvarez, del despacho Cuatrecasas, cree que el cambio de criterio de Hacienda supuso ¡°vaciar de contenido la ley¡± y afect¨® a ¡°cerca de la mitad de los futbolistas¡± de Primera Divisi¨®n. ¡°El 85/15 se hizo para que los deportistas, que acumulan muchos beneficios en pocos a?os, pudieran diferir una parte del pago de impuestos. Era como una especie de plan de pensiones especial¡±, a?ade su compa?ero Carles Quind¨®s. Ambos son expertos en derecho del deporte.
Bartra jug¨® en el Bar?a entre 2012 y 2016, cuando fich¨® por el Borussia Dortmund. El d¨ªa que formaliz¨® la ficha con el primer equipo cul¨¦, firm¨® un contrato de cesi¨®n de derechos de imagen con la empresa Mabare, de la que fue administrador junto a su madre. Seg¨²n Hacienda, el defensa ¡°ocult¨® una parte de su retribuci¨®n¡± tras los acuerdos suscritos entre el club y el agente y, adem¨¢s, debi¨® haber pagado IRPF, porque considera que los beneficios de esa empresa fueron rendimientos del capital mobiliario. La Agencia Tributaria le impuso una sanci¨®n de 89.341 euros.
El jugador pele¨®, primero en Hacienda y despu¨¦s en los tribunales. Sus abogados argumentaron que la ley de 1996 prev¨¦ que pueda pagar impuesto de sociedades (25%) en lugar de IRPF.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, a la que ha accedido EL PA?S, tumba el castigo tributario. Concluye que Bartra cumpli¨® con la norma del 85/15 y por tanto goza de cobertura jur¨ªdica. ¡°Los rendimientos por la cesi¨®n de los derechos de imagen fueron inferiores al 15% de sus retribuciones totales procedentes del club¡±, se?ala la resoluci¨®n. Gravar esos ingresos como rendimientos de capital mobiliario har¨ªa ¡°in¨²til el sentido y la finalidad¡± de la norma, a?ade.
Fuentes judiciales consultadas por este diario consideran que la decisi¨®n se ajusta a la jurisprudencia y no constituye ni de lejos una revoluci¨®n jur¨ªdica.
Los abogados de Cuatrecasas que han trabajado en el caso de Bartra, sin embargo, le atribuyen un peso mayor al concluir que avala el uso de empresas para gestionar los derechos de imagen. ?lvarez recuerda que Hacienda ha perseguido especialmente el uso de estructuras internacionales que ¡°simulan¡± la cesi¨®n de derechos a para¨ªsos fiscales; y que esos casos han acabado en la v¨ªa penal, como le sucedi¨® en su d¨ªa por ejemplo a Cristiano Ronaldo, que en enero de 2019 termin¨® aceptando una condena de 23 meses de c¨¢rcel y una multa de 18,8 millones de euros.
En cambio, cuando las implicadas en el entramado societario eran empresas espa?olas, siempre se ha tratado de sanciones administrativas, como la que inicialmente se impuso a Marc Bartra.
¡°Esta sentencia confirma que las sociedades de derechos de imagen pueden existir con la ley actual, que tienen un paraguas de seguridad jur¨ªdica¡±, opina Quind¨®s.
Puedes seguir a EL PA?S DEPORTES en Facebook y Twitter, o apuntarte aqu¨ª para recibir nuestra newsletter semanal.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.