El gobierno env¨ªa a las Cortes la reforma constitucional
El Gobierno acord¨® ayer enviar a las Cortes los dos proyectos de reforma constitucional anunciados por el presidente Arias: el proyecto de ley de Sucesi¨®n a la Corona y el de Reforma de la Ley Constitutiva de las Cortes y de la Ley Org¨¢nica del Estado, relativos estos dos ¨²ltimos a la reforma del sistema parlamentario trav¨¦s de la creaci¨®n de dos C¨¢maras. De las previstas, s¨®lo queda la nueva Ley Electoral que, seg¨²n el calendario se enviar¨¢ a las Cortes antes del 15 de julio.
El nuevo sistema parlamentario espa?ol estar¨¢ integrado por un Congreso de diputados con 300 miembros y un Senado de hasta 285 componentes. De ellos, 500 ser¨¢n elegidos por sufragio universal igual, directo y secreto. El Senado asumir¨¢ las funciones del actual Consejo Nacional y el Congreso tendr¨¢ prioridad legislativa en los temas econ¨®micos, presupuestarios y fiscales.Los 300 miembros del Congreso de los diput¨¢dos si de acuerdo con el proyecto, ser¨¢n representantes de la familia, elegidos en virtud del sufragio universal, por todos los espa?oles mayores. de edad que figuren en el censo electoral, eligiendo dos como m¨ªnimo cada provincia, adem¨¢s de los que le correspondan en proporci¨®n a su poblaci¨®n de derecho, a raz¨®n de un diputado por cada ciento setenta y cinco mil habitantes. Se mantiene, por tanto, la representaci¨®n a trav¨¦s del cauce org¨¢nico de la familia,El Senado estar¨¢ integrado por cuatro senadores por cada provincia, elegidos por sufragio. universal "a propuesta de las corporaciones loca les y las entidades sindicales correspondientes; cuarenta senadores permanentes, que cesar¨¢n a los 75 a?os -identificables con los cuarenta consejeros natos de designaci¨®n de Franco- y cuyas vacantes las proveer¨¢ el Rey a propuesta en tema de1 Senado; hasta 25 senadores designados por el Rey; y veinte senadores elegidos por las Corporaciones profesionales e instituciones de derecho p¨²blico.En cuanto al Consejo del Reino, sus funciones ser¨¢n sensiblemente iguales a las que en la actualidad tiene atribu¨ªdas y su composici¨®n se modifica s¨®lo parcialmente. Como nuevo ¨®rgano constitucional se crea el Tribunal de Garant¨ªas Constitucionales, como sala del Tribunal Supremo y finalmente, se crea tambi¨¦n el Consejo Econ¨®mico y Social, como ¨®rgano consultivo y de colaboraci¨®n en materia de pol¨ªtica econ¨®mica y social.
La reforma que se proyecta, por implicar una modificaci¨®n, de Leyes Fundamentales -la de Sucesi¨®n, la constitutiva de las Cortes Ley Org¨¢nica del Estado-, requerir¨¢ para su vigencia ser sometida al referendum de la naci¨®nPor lo que respecta a la ley de Sucesi¨®n, enviada tambi¨¦n a las Cortes en el Consejo de ministros de ayer, la reforma radica en la disminuci¨®n, de la mayor¨ªa de edad para reinar -de 30 a?os a 18-; el cambio de la regencia pol¨ªtica por la familiar -ser¨¢ desempe?ada por el consorte del Rey o de la reina-; y el establecimiento de la tutela del Rey menor que ser¨¢ desempe?ada por quien hubiera designado el Rey o por el padre o la madre viudos, siendo incompatible la tutela c¨®n la Regencia.
M¨¢s informaci¨®n en p¨¢gs. 10 y 11
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