Suspendida la ejecuci¨®n de un acto administrativo por estar recurrido
La Audiencia Territorial de Madrid ha ordenado la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n del fallo del tribunal Econ¨®mico Administrativo Central de Contrabando, de fecha 18 de noviembre de 1975, por el que se impuso a Pedro Blanco una multa de 2.756.420,70 pesetas, con la subsidiaria de prisi¨®n en caso de insolvencia supuesto, que se dio en este caso, por lo que el se?or Blanco ingres¨® el mismo d¨ªa 18 en la prisi¨®n provincial de Badajoz, donde actualmente se encuentra.El abogado del sancionado, letrado Gonzalo Mart¨ªnez-Fresneda, solicit¨® de la Audiencia Territorial de Madrid la suspensi¨®n de la ejecutividad del fallo del Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central, por estar ¨¦ste recurrido ante el Tribunal Supremo y estimar que debe acordarse la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de un acto administrativo cuando de su ejecuci¨®n pudieran derivarse da?os o perjuicios de reparaci¨®n imposible o dif¨ªcil.
La Audiencia Territorial de Madrid ha estimado las alegaciones del letrado, ya que el sancionado, una vez aplicado a su caso el decreto de indulto de 25 de noviembre de 1975, deber¨¢ salir de prisi¨®n el 17 de noviembre del presente a?o, es decir, cuando todav¨ªa no se haya dictado sentencia en el recurso presentado. ?Es claro, -precisa la Audiencia Territorial- que la resoluci¨®n judicial sobrevendr¨¢ en un tiempo en el que, de no acordarse la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n dellfallo de que se ha hecho m¨¦rito, ning¨²n resultado pr¨¢ctico tendr¨ªa para que el actor, caso de ser estimatoria, pues no se le podr¨ªa de volver la libertad de que habr¨ªa sido privado, perjuicio a todas luces de reparaci¨®n imposible.? La consecuencia de ello, seg¨²n la Audiencia Territorial, que establece una interesante doctrina en el controvertido tema de la ejecutividad inmediata de los actos administrativos, es acordar la suspensi¨®n solicitada para asegurar que una eventual sentencia estimatoria no quede en una mera anulaci¨®n del acto sin proyecci¨®n beneficiosa para quien present¨® el recurso y, fundamentalmente, para evitar que pueda producirse un perjuicio de imposible reparaci¨®n. El sancionado ha sido puesto en libertad inmediatamente.
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