No se admite la supresi¨®n de los "40 de Ayete"
Las sesiones para debatir el informe sobre la reforma bicameral en el seno de la secci¨®n primera del Consejo Nacional del Movimiento, continuaron ayer con normalidad, sin que la abierta crisis de Gobierno se reflejara en las intervenciones de los oradores. Tan s¨®lo al finalizar la sesi¨®n de la ma?ana, el presidente de la secci¨®n, se?or Fueyo, dedic¨® un recuerdo elogioso y una expresi¨®n de gratitud al que hasta el jueves fue presidente del Gobierno y del Consejo Nacional, Carlos Arias.
El se?or Pedrosa Latas fue el primero en intervenir en la sesi¨®n de la ma?ana y centr¨® su parlamento en la supresi¨®n de los 40 consejeros vitalicios de Ayete -tema propuesto en el informe anterior y que fue rechazado por mayor¨ªa-. El se?or Pedrosa, que ha venido insistiendo en las anteriores sesiones sobre el inconveniente de que 40 consejeros puedan llegar a ser senadores vitalicios sin la confianza del Monarca, propuso que los 40 de Ayete nombrados por Franco no pasaran al Senado con car¨¢cter vitalicio, y que ¨¦stos fueran sustituidos por 50 senadores elegidos por sufragio universal entre los candidatos presentados por los partidos pol¨ªticos.Sometida a votaci¨®n la propuesta, ¨¦sta fue rechazada con los votos en contra de los se?ores Arcenegui, Conde Bandr¨¦s, Garc¨ªa L¨®pez, Guti¨¦rrez Rubio, Fern¨¢ndez Sordo, Hern¨¢ndez Gil, Rodr¨ªguez de Valc¨¢rcel, Salas Pombo, Ortiz S¨¢nchez, Tello, Utrera y las se?oritas Primo de Rivera y Tey Planas. S¨®lo votaron a favor el propio se?or Pedrosa y el se?or Palomares.
A continuaci¨®n se inici¨® el debate sobre las competencias del Senado y las relaciones entre las dos C¨¢maras. El se?or Garicano mostr¨® su disconformidad con la capacidad legisladora del Senado y pidi¨® que no tuviera car¨¢cter colegislador, sino que se limitara ¨²nicamente a proponer el mejor estudio de algunos proyectos importantes. Indic¨® que la C¨¢mara de Diputados, al ser elegida por sufragio universal, era la indicada para legislar.
El punto 17 del informe, en el que se se?ala la imprecisi¨®n en la determinaci¨®n de las competencias legislativas de las dos C¨¢maras en el proyecto del Gobierno, fue aprobado por unanimidad y seguidamente se pas¨® a discutir el punto 18, relativo a las relaciones entre el Senado y el Congreso. La mayor parte de los consejeros se mostraron favorables a que las relaciones entre las C¨¢maras y de ¨¦stas con el Gobierno se establecieran por Ley Fundamental, aprob¨¢ndose tambi¨¦n este punto.
En torno al punto 19, relativo a la necesidad de precisar las materias que deben ser objeto de debate en cada C¨¢mara, el se?or Fern¨¢ndez de la Mora propuso que deb¨ªan ser las contenidas en el art¨ªculo 21 de la Ley Org¨¢nica del Estado y 10 de la Ley Constitutiva de las Cortes, excepto los puntos referidos al Movimiento, a la juventud y al contraste de pareceres. El se?or Vald¨¦s Larra?aga propuso que deb¨ªa ocuparse tambi¨¦n de los temas sindicales, as¨ª como el se?or Pedrosa, y el se?or Rodr¨ªguez de Valc¨¢rcel se?al¨® el peligro de que los temas fueran tratados reiterativamente en una C¨¢mara y en otra.
La sesi¨®n de la ma?ana finaliz¨® con la discusi¨®n en tomo al punto 20, en el que se se?ala que se debe declarar que entre ambas C¨¢maras no existe subordinaci¨®n jer¨¢rquica alguna. El se?or Fern¨¢ndez de la Mora, en una largu¨ªsima intervenci¨®n, expuso su conocida teor¨ªa en tomo a las ventajas del sistema de representaci¨®n org¨¢nica sobre la inorg¨¢nica; la decadencia de las ideolog¨ªas y la maldad de la partitocracia. Propuso seguidamente que para solventar el problema de la posible disconformidad entre las dos C¨¢maras, se utilizara la f¨®rmula de reunir ambas y que votaran conjuntamente.
Esta propuesta fue rebatida por el se?or Palomares, que ofreci¨® a su vez la posibilidad de acudir a un tribunal de arbitraje. Tras una controversia entre ambos consejeros se pas¨® a votaci¨®n la propuesta del se?or Fern¨¢ndez-Miranda, siendo rechazada, aprob¨¢ndose por nueve votos a favor, ocho en contra y tres abstenciones el texto de la ponencia.
En los debates de la tarde se aprobaron los siguientes puntos referentes a la presidencia de las C¨¢maras colegisladoras:
- Precisar claramente cu¨¢les son las funciones que le corresponden a la presidencia de las Cortes con respecto al Senado y al Congreso de Diputados.
- Se establece que la presidencia de cada una de las C¨¢maras es jer¨¢rquica con respecto a sus miembros, pero no en la relaci¨®n entre las C¨¢maras, en la que se aplica el principio de que entre ellas no existe subordinaci¨®n jer¨¢rquica.
- Se confiere al presidente de las Cortes una intervenci¨®n funcional no jer¨¢rquica sobre el Senado y el Congreso.
- Se sugiere que sea el Consejo del Reino, presidido por su vicepresidente, quien dirima los empates cuando ambas C¨¢maras mantengan sus criterios por unanimidad.
La sesi¨®n vespertina fue escasa en debates y en asistencia de consejeros.
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