Apoyo a la Bolsa y mejora del seguro de desempleo
Tal como se hab¨ªa adelantado estos ¨²ltimos d¨ªas, el Consejo de Ministros; reunido ayer en la sede de Presidencia de Gobierno, presidido por el titular del Gabinete, Adolfo Su¨¢rez, aprob¨® una serie de medidas econ¨®micas tendentes a la reactivaci¨®n de la inversi¨®n y acord¨® el nombramiento de 20 gobernadores civiles y otros 11 nombramientos de nuevos altos cargos.
Entre estos ¨²ltimos destaca la sustituci¨®n de Jos¨¦ Mar¨ªa de Lojendio, hasta ahora embajador de Espa?a en Par¨ªs por el marqu¨¦s de Nerva, actualmente embajador en Bruselas.Los temas pol¨ªticos -es especial el relativo al calendario de la reforma constitucional- no han quedado reflejados en la referencia del Consejo facilitada a la prensa, pero medios informados han se?alado que fue uno de los temas tratados ampliamente en la reuni¨®n, as¨ª como la posible concesi¨®n de pasaporte a Santiago Carrillo, secretario del Partido Comunista de Espa?a.
Est¨ªmulos fiscales a la inversi¨®n en Bolsa; ampliaci¨®n del seguro de desempleo; ayudas a los agricultores afectados por la sequ¨ªa, y subvenciones al consumo de fertilizantes para compensar las subidas adoptadas el pasado 23 de julio constituyen las medidas econ¨®micas m¨¢s importantes acordadas por el Consejo como segundo escal¨®n en su programa de actuaci¨®n econ¨®mica.
El aumento del arancel qued¨® pendiente de consideraci¨®n para una nueva reuni¨®n del Gobierno, ya que, seg¨²n nuestras noticias, estaba previsto en el orden del d¨ªa de la reuni¨®n deI Gobierno de ayer.
Apoyo a la Bolsa
El decreto-ley de medidas fiscales de apoyo a la Bolsa, seg¨²n la ampliaci¨®n de la referencia del Consejo, contiene las siguientes disposiciones:
?a) Deja en suspenso durante los a?os 1976, 1977 y 1978 el gravamen que, por el impuesto general sobre la renta de las personas f¨ªsicas, pudiera producirse por plusval¨ªas obtenidas en la venta de valores nobiliarios y tambi¨¦n las derivadas de activos mobiliarios e inmobiliarios cuando estas ¨²ltimas se inviertan en la adquisici¨®n de aquellos valores que, cotiz¨¢ndose en Bolsa, se determinen por el Ministerio de Hacienda.
b) Pr¨®rroga hasta el 31 de diciembre de 1978 del vigente r¨¦gimen de desgravaci¨®n por inversiones en el impuesto general sobre la renta, elev¨¢ndose el porcentaje de desgravaci¨®n, hasta el 26 o el 30 por 100, para aquellas inversiones que se realicen por suscripci¨®n de valores mobiliarios en la forma que determine el ministro de Hacienda.
c) Eleva a 300.000 pesetas el actual l¨ªmite de 200.000 respecto de las primas satisfechas por seguros de vida a deducir de los ingresos del impuesto general sobre la renta.
d) Prorroga y aumenta el r¨¦gimen de ampliaci¨®n de capital con posibilidad de liberar hasta un 60 por 100 del valor nominal de las acciones con cargo a la cuenta de regularizaci¨®n de balances y aportaci¨®n m¨ªnima del 25 por 100 al suscribir, concedi¨¦ndose a dicha ampliaci¨®n exenci¨®n de toda clase de impuestos a excepci¨®n del de transmisiones patrimoniales.?
Para contribuir a mejorar la situaci¨®n de los afectados por el seguro de desempleo, un decreto-ley, propuesto por el Ministerio de Trabajo, establece lo siguiente:
?Modifica los requisitor relativos al disfrute de la prestaci¨®n por desempleo y revisa los aspectos que se refiere a la cuant¨ªa y a la duraci¨®n del subsidio.
La nueva normativa facilita que los trabajadores en desempleo puedan aceptar trabajos de corta duraci¨®n -suspendi¨¦ndoles durante ese plazo la percepci¨®n del subsidio-, pero sin perder ¨¦l derecho a recuperarlo una vez termina do aquel empleo temporal.
Adem¨¢s de esta flexibilizaci¨®n del mercado de trabajo, en otro aspecto el real decreto-ley pretende que la cuant¨ªa del subsidio de desempleo guarde relaci¨®n inmediata con los ingresos del trabajador cuando se hallaba empleado, y a este fin la base reguladora de la prestaci¨®n pasa a estar calculada en funci¨®n de los salarlos realmente percibidos por el trabajador.
En cuanto al tiempo de duraci¨®n en la percepci¨®n del subsidio se posibilita que pueda ampliarse hasta dieciocho meses, aument¨¢ndose, pues, en seis meses, la duraci¨®n actualmente en vigor, si bien se establece una escala decreciente en la cuant¨ªa de la prestaci¨®n para estimular a los beneficiarios a la. b¨²squeda activa de un nuevo empleo.
Para llevar a cabo tales innovaciones, la disposici¨®n establece la cobertura financiera adecuada, consistente en que a partir de primero de octubre pr¨®ximo la cotizaci¨®n por desempleo se girar¨¢ sobre la base correspondiente a accidente de trabajo y enfermedad profesional, lo que motiva que se hayan de revisar los tipos de cotizaci¨®n para las restantes contingencias. Para que la medida no represente un mayor costo econ¨®mico para las empresas se ha efectuado un ajuste, reduciendo la cotizaci¨®n a la Seguridad Social por otras contingencias.
Medidas complementarias de las anteriores son las que se adoptan en el real decreto-ley para evitar el fraude en la percepci¨®n del subsidio, al definirse, m¨¢s rigurosamente, los supuestos de infracci¨®n y al agravarse las sanciones aplicables tanto a trabajadores como a empresarios, facilit¨¢ndose la vigilancia y actuaci¨®n de la inspecci¨®n en este campo. ?
Ayudas a la agricultura
A propuesta del Ministerio de Agricultura y dada la gravedad del problema existente en determinadas regiones espa?olas como consecuencia de los da?os ocasionados por la sequ¨ªa se tom¨® un acuerdo complementario al adoptado en el Consejo del pasado d¨ªa 2 de julio, sobre auxilios a los agricultores y ganaderos afectados.
Entre las medidas acordadas se ha fijado una cuant¨ªa m¨¢xima de pr¨¦stamos a conceder, de 4.000, 6.000 y 10.000 pesetas/Ha., seg¨²n el porcentaje de los da?os sufridos tienen las cosechas cerealistas. A este fin, el SENPA actuar¨¢ en estas provincias para facilitar la gesti¨®n de suministro.
Con el fin de que estas ayudas la tengan la mayor incidencia social, fe los pr¨¦stamos se conceder¨¢n solamente para una superficie m¨¢xima id por agricultor de 100 Ha. dentro de cada t¨¦rmino municipal.
As¨ªmismo los ganaderos de estas zonas tendr¨¢n una atenci¨®n preferente en el suministro de pienso-base por parte del SENPA y podr¨¢n disponer de hasta 7.000 pesetas de pr¨¦stamo por cada cada cabeza de ganado vacuno reproductor.
Estos pr¨¦stamos tendr¨¢n un inter¨¦s imputable del 4 por 100, amortiz¨¢ndose los correspondientes a semillas en el plazo de dos a?os y el resto en cuatro a?os, el primero de los cuales estar¨¢ exento de amortizaci¨®n del principal, debiendo amortizarse ¨¦ste por terceras partes en cada uno de los tres e a?os siguientes.
Subvenciones para el consumo de fertilizantes
Teniendo en cuenta que los nuevos precios de los fertilizantes podr¨ªan, de una parte, afectar seriamente a las rentas del agricultor, el Gobierno, a propuesta del ministro de Agricultura, ha decidido subvencionar los fertilizantes de e forma que la mayor parte de la elevaci¨®n del precio de los abonos no recaiga sobre el agricultor. En este sentido las repercusiones para el campo ser¨ªan las siguientes:
- Nitrogenados simples. Elevaci¨®n media del 2,3 por 100.
- Fosfatados simples. Aun cuando la elevaci¨®n media del grupo es del 18,2 por 100, para los agricultores representar¨ªa s¨®lo el 6,28 por 100. El resto ser¨¢ subvencionado.
- Pot¨¢sicos simples. Aun cuando la elevaci¨®n media del grupo es del 14,6 por 100,para los agricultores representar¨¢ s¨®lo el 5,05 por 100. El resto ser¨¢ subvencionado.
-Compuestos. Aun cuando la elevaci¨®n media del grupo es del 10,94 por 100, para los agricultores representar¨¢ s¨®lo el 5,21 por 100. El resto ser¨¢ subvencionado.
El libro de reclamaciones ser¨¢ sustituido
Entre otros acuerdos tomados por el Consejo est¨¢ el de un real decreto sobre reclamaciones de los clientes en los establecimientos de las empresas tur¨ªsticas, por medio del cual viene a sustituirse el Libro de Reclamaciones.
Este libro -dice el Gobierno cre¨® un instrumento para conocer y corregir las posibles deficiencias en que eventualmente pudiesen incurrir las empresas tur¨ªsticas respecto al cumplimiento de las obligaciones contra¨ªdas con los usuarios de los servicios.
No se trata de hacer desaparecer este ¨²til mecanismo, sino de proce der al establecimiento de un sistema que, logrando la misma finali dad, acomode este sistema de control al creciente dinamismo y fluidez del sector tur¨ªstico, cuya madurez suficientemente contrastada aconseja descargarle de ciertos tr¨¢mites que hab¨ªan llegado a convertirse en onerosos e innecesarios.
En este sentido, las empresas tur¨ªsticas tendr¨¢n a disposici¨®n de los clientes hojas de reclamaciones, facilitadas por el Ministerio de Informaci¨®n y Turismo y anunciadas en sitios visibles y en los principales idiomas.
La hoja de reclamaciones consta de tres ejemplares. Las originales, para su env¨ªo por el reclamante a la Administraci¨®n, lo que garantiza seguridad y rapidez de la tramitaci¨®n; una copia que se entrega al establecimiento; y la tercera queda como testimoni¨® para el interesado. Estas hojas no ser¨¢n admitidas a tr¨¢mite s¨®lo cuando se presente un mes despu¨¦s de la fecha consignada en las mismas y cuando el cliente no haya pagado previamente si se trata de una reclamaci¨®n sobre precios.
Por otra parte se inform¨® en el Consejo sobre la coyuntura tur¨ªstica en el mes de julio de 1976, que ha experimentado un retroceso respecto al mismo mes del a?o anterior de un 6,6 por 100, con s¨®lo cinco millones y medio de visitantes.
El ministro de Comercio inform¨® al Consejo sobre la estructura del comercio exterior poniendo especial ¨¦nfasis en la imperiosa necesidad de estimular la exportaci¨®n, se?alando que presentar¨¢ en breve un conjunto de disposiciones encaminadas a la consecuci¨®n de este objetivo.
Otros acuerdos
El Consejo acord¨® tambi¨¦n la contrataci¨®n de las obras para la ampliaci¨®n del abastecimiento de agua de Sevilla, que comprenden la construcci¨®n de la presa de Gergal, la construcci¨®n de una nueva conducci¨®n y la ampliaci¨®n de las instalaciones de tratamiento de agua.
Para atender la creciente demanda de puestos escolares de bachillerato, el Gobierno acord¨® crear 15 Institutos Nacionales de Bachillerato en las localidades de Alcobendas (Madrid), Bellpuig (L¨¦rida), Bin¨¦far-Tamarite de Litera (Huesca), Elgoibar y Fuenterrab¨ªa (Guip¨²zcoa), Gerona, Ja¨¦n, Legan¨¦s (Madrid), Mollet del Vall¨¦s (Barcelona), Puertollano (Ciudad Real), San Sebasti¨¢n, Sevilla, Segovia,T¨¢rrega (L¨¦rida) y Torrej¨®n de Ardoz (Madrid).
As¨ªmismo se crean un Instituto Nacional de Formaci¨®n Profesional en Almagro (Ciudad Real) y cuatro centros nacionales de Formaci¨®n Profesional en Alquer¨ªas (Murcia), Celanova (Orense), Legan¨¦s (Madrid) y Santa Mar¨ªa de la Gu¨ªa (Las Palmas).
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