El escrutinio mayoritario
El principio b¨¢sico en que se fundamenta el sistema mayoritario es muy sencillo: quien dentro de un determinado distrito electoral obtenga el mayor n¨²mero de votos, resulta elegido. Este sistema ofrece diversas variantes que analizaremos m¨¢s abajo. Baste ahora decir que el modelo central, de origen ingl¨¦s y del que los dem¨¢s son derivaciones, se denomina sistema mayoritario simple o a una sola vuelta.
Su articulaci¨®n pr¨¢ctica descansa en la divisi¨®n del pa¨ªs en un de terminado n¨²mero de demarcaciones o distritos, cada uno de los cuales, seg¨²n lo que prevea la ley electoral, ha de elegir uno o varios diputados. Si en cada distrito se elige a un solo diputado se habla de distritos uninominales. Si, por el contrario, los votantes han de ele gir a dos o m¨¢s diputados, se habla de distritos plurinominales. En el". primer supuesto cada partido o coalici¨®n de partidos presenta, como es l¨®gico, un ¨²nico candidato. En el segundo caso, cada partido presenta generalmente una lista con tantos candidatos como n¨²mero de diputados haya que elegir por el distrito. A su vez, la lista puede ser, por disposici¨®n de la ley electoral, o bloqueada, en cuyo caso el elector ha de votar necesariamente por la lista en s¨ª misma, es decir, por todos los candidatos que en ella figuran, o abierta, en cuyo supuesto el elector puede combinar entre s¨ª las listas presentadas por los distintos partidos, o lo que es lo mismo, puede confeccionar su propia lista combinando los candidatos de su preferencia aunque figuren en listas distintas. Esta posibilidad de' combinaci¨®n recibe el nombre de panachage, y entonces se computan los votos obtenidos no por la lista, sino por cada uno de los candidatos y resultan elegidos los que obtengan mayor¨ªa de votos.
Distritos uninominales
Mec¨¢nicamente, el sistema mayoritario simple funciona de la siguiente manera: supongamos un distrito en el que votan de manera efectiva 50.000 electores para elegir un ¨²nico diputado (distrito uninominal por tanto). Concurren seis partidos, cada uno con su candidato, y se obtienen los resultados que figuran a continuaci¨®n:
Por el sistema mayoritario simple resulta elegido el candidato franquista. Los electores que no le hayan votado se quedan sin representaci¨®n en el Parlamento a pesar de que, en conjunto, constituyen la mayor¨ªa absoluta en el distrito. El resultado es, pues, sumamente injusto.
La injusticia del sistema se pone igualmente de relieve si se computan los resultados globales, sumando los votos obtenidos por cada partido en todo el pa¨ªs, es decir, en todos cada uno de los distritos.
Puede ocurrir entonces que partidos que hayan alcanzado mayor n¨²mero de votos obtengan menos esca?os que partidos que han conseguido una cantidad de votos inferior. Ello es consecuencia del distinto n¨²mero de electores existente en cada distrito y d¨¦ su diferente estratificaci¨®n social. Y es que en el modelo mayoritario el partido que gane mayor n¨²mero de distritos obtiene mayor n¨²mero de diputados con independencia de la cantidad de votos que haya conseguido en la totalidad del pa¨ªs. Para simplificar el ejemplo, imaginemos a Espa?a dividida en tres distritos uninominales:
El partido franquista obtiene dos diputados a raz¨®n de uno por los distritos A y B. Por el distrito C, sale elegido el candidato dem¨®crata-cristiano. Pero sumando la totalidad de los votos en los tres distritos resulta que la democracia cristiana ha logrado un solo diputado con 25.000 votos, mientras que el franquismo, con s¨®lo 47.500, consigue un diputado m¨¢s, es decir, el doble.
El ejemplo, naturalmente, est¨¢ exagerado para que se pueda comprender hasta qu¨¦ punto el sistema de mayor¨ªa simple puede dar lugar. a resultados absurdos. En la pr¨¢ctica, no obstante, no es infrecuente que ocurran cosas parecidas, aunque, naturalmente, en proporciones menos llamativas. As¨ª, en Inglaterra (cfr. W. J. M. Mackenzie, Elecciones libres. Madrid, 1962, p¨¢g. 57), en el a?o 1945, el Partido Laborista, con 11.992.292 votos, logr¨® 393 esca?os en la C¨¢mara de los Comunes, contra 247 esca?os de los dem¨¢s partidos, que sumaron 12.981.006 votos. Y en 1955 los conservadores obtuvieron 345 puestos, con 13.311.938 votos contra 285 puestos y 13.488.723 votos de sus adversarios.
De todo ello se sigue la importancia que tiene una delimitaci¨®n honesta y racional de los distritos, electorales. A tal efecto deben tomarse en consideraci¨®n y combinarse criterios tales como homogeneidad socialj¨ªmites territoriales con tradici¨®n o raigambre, factores culturales e hist¨®ricos, n¨²mero de lectores, ete..., con el fin de conseguir la m¨¢xima igualdad posible de representadi¨®n. La delimitaci¨®n arbitraria de los distritos con el fin de alcanzar alg¨²n objetivo ajeno a la igualdad de representaci¨®n se denomina, en la jerga electoral, gerry-mandering, en recuerdo de la manipulaci¨®n de la demarcaci¨®n de los distritos que llev¨® a cabo el pol¨ªtico norteamericano Gerry Mander para favorecer a su partido. Como ejemplo de delimitaci¨®n interesada puede citarse la Espa?a de la Restauraci¨®n,en la que el mayor n¨²mero de distritos rurales favorec¨ªa descaradamente a los partidos conservadores y a sus caciques.
Distritos plurinominales
Como queda expuesto, el sistema mayoritario simple puede funcionar -tambi¨¦n con distritos plurinominales en los que, por tanto, debe elegirse m¨¢s de un diputado. Esta modalidad est¨¢ poco extendida. La ha aplicado, por ejemplo, Turqu¨ªa con lista bloqueada, y en Francia para las elecciones senatoriales con lista abierta o panachage aunque se trata de una elecci¨®n de segundo grado. Tambi¨¦n funcion¨®, con lista abierta, en Espa?a, aunque con ciertas peculiaridades, a las que tendremos ocasi¨®n de referirnos, durante la Segunda Rep¨²blica a partir de 1933. En ambos casos, Espa?a y Turqu¨ªa, condujo a resultados inadmisibles. En Turqu¨ªa, en 1954, el Partido Dem¨®crata consigui¨® el 93 por 100 de los esca?os, con s¨®lo el 58 por, 100 de los sufragios. En Espa?a, a trav¨¦s de una prima a la mayor¨ªa prevista en la legislaci¨®n electoral, se prodqjeron situaciones. parecidas a la turca. Sin embargo, en la coyuntura presente tiene particular inter¨¦s porque es probable que se introduzca para las elecciones al
Senado que instituye el proyecto de ley de reforma pol¨ªtica. Este, en efecto, prev¨¦ la elecci¨®n, por mayor¨ªa, de cuatro senadores por provincia, dos de Ceuta y dos por Melilla. Caben, en consecuencia, dos soluciones: o se divide cada provincia en cuatro distritos uninominales ola provincia, misma queda convertida en distrito plurinominal. No hace referencia el proyecto a la modalidad concreta de sistema mayoritario que se tendr¨¢ en cuenta y a las que aludiremos inmediatamente. Puede aventurarse, sin embargo, aun con riesgo de error, que el Gobierno actual o las fuerzas franquistas tienen. en el futuro Senado probable mente el instrumento id¨®neo para controlar las primeras Cortes elegidas por sufragio universal. En efecto, dada la fragmentaci¨®n de partidos que hoy ofrece el panorama espa?ol, una coalici¨®n de zas franquistas como la que se est¨¢ gestando puede lograr una gran mayor¨ªa de esca?os en el Senado. En cambio, en las regiones hist¨®ricas como Catalu?a, o el Pa¨ªs Vasco, las coaliciones de tinte nacionalista tienen, a trav¨¦s de este sistema, la posibilidad de lograr tambi¨¦n unos cuantos senadores, ya que no les ser¨¢ dif¨ªcil probablemente obtener una mayor¨ªa relativa a nivel de cada una de sus provincias o dentro de cada uno de los cuatro distritos uninominales en que se divida a cada provincia.
Por lo dem¨¢s, el sistema mayoritario a una, sola vuelta con distritos plurinominales funciona sustancialmente igual que con distritos uninominales especialmente en el caso de lista cerrada. De permitirse el panachage, se da a los electores un mayor margen para votar discrecionalmente por candidatos de partidos distintos.
Ma?ana: Modalidades del sistema mayoritario.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.