?Control del coste de la vida o control del ¨ªndice?
El Real Decreto 2730/1976 de 26 de noviembre, aparecido en el BOE de 1 de diciembre pasado, constituye una importante medida de pol¨ªtica econ¨®mica. sobre todo por sus posibles implicaciones.En efecto, en la disposici¨®n citada se desarrolla el art¨ªculo primero del anterior Real Decreto de 8 de octubre sobre medidas econ¨®micas. en el cual se anunciaba el intento del Gobierno de controlar los precios de una lista de productos b¨¢sicos mediante subvenciones ?para que la media ponderada de sus precios se mantenga hasta el 30 de junio de 1977 por debajo del ¨ªndice del coste de la vida?. Este ¨²ltimo p¨¢rrafo no constituye precisamente un modelo de precisi¨®n en la legislaci¨®n econ¨®mica. por cuanto que precios e ¨ªndices no son dos conceptos id¨¦nticos y tambi¨¦n porque, si se parte de niveles relativos muy bajos. los precios de los art¨ªculos controlados pueden subir sustancialmente y todav¨ªa permanecer su ¨ªndice conjunto por debajo del correspondiente a los restantes, con tal de que la citada diferencia inicial sea suficientemente amplia. Por ejemplo. el alquiler de viviendas. que es un servicio cuyo precio se somete a control, se encuentra actualmente situado a un nivel relativo inferior al correspondiente al ¨ªndice general en un 20%. Desde ahora, hasta junio de 1977, por mucho que crezcan los alquileres. su ¨ªndice de precios permanecer¨¢ casi con toda seguridad situado por debajo de la media del ¨ªndice general, y ello sin necesidad de control alguno.
En el art¨ªculo segundo del ¨²ltimo de los decretos citados, se precisa ya el inter¨¦s del Gobierno por conocer no el ¨ªndice absoluto mensual de los art¨ªculos seleccionados, sino ?la variaci¨®n mensual de la media ponderada de los precios de los art¨ªculos especificados?, que son veintitr¨¦s en su totalidad, aunque bajo alguna de las denominaciones se encubre una amplia gama de art¨ªculos. La lectura del contenido del decreto y de la citada lista lleva a plantearse algunas observaciones. En primer lugar, destaca el amplio peso que los art¨ªculos a controlar tienen en el ¨ªndice general, puesto que la suma de sus ponderaciones supera al 40% del mismo. En segundo lugar, la mayor¨ªa de tales art¨ªculos tienen en el ¨ªndice mensual una ponderaci¨®n superior, por lo general. al peso relativo que les corresponde dentro del consumo real, seg¨²n se deduce de la ¨²ltima encuesta de presupuestos familiares realizada por el Instituto Nacional de Estad¨ªstica para 1973-74. Esta encuesta constituye la base del nuevo ¨ªndice del coste de la vida que este ¨²ltimo organismo tiene en preparaci¨®n. Por ejemplo, el pan tiene una ponderaci¨®n del 55.5 por mil en el ¨ªndice Y del 22.42 por mil en el gasto anual medio de consumo por hogar en Espa?a. Para el aceite de oliva las ponderaciones respectivas son de 34.1 por mil en el ¨ªndice y del 22.4 en la encuesta. mientras que para el alquiler de viviendas la relaci¨®n citada es nada menos que del 79.5 frente a 15,9 por mil. Esta disparidad entre ponderaciones del ¨ªndice y estructura relativa del consumo privado espa?ol puede dar lugar a que, aunque se aten¨²e el crecimiento del ¨ªndice, la reducci¨®n real en el aumento de los precios del consumo va a ser de menos significaci¨®n.
En tercer lugar, destaca sobre todo el hecho de que numerosos art¨ªculos sometidos a control son suceptibles de venta bajo especificaciones muy diferentes, y ello por lo que se refiere a tama?o, marca, calidad. etc¨¦tera. Por ejemplo, bajo los apartados ?calzado corriente?, ?leche fresca pasteurizada y esterilizada?. ?detergente para lavado de ropa?, ?conservas de tomate natural?, ?camisa de caballero?, ?jersey?, etc¨¦tera. se esconde una muy amplia gama de art¨ªculos de diferente presentaci¨®n y precio. Esta peculiaridad aparece nada menos que en once de los veintitr¨¦s art¨ªculos incluidos en la citada lista. a los cuales corresponde una ponderaci¨®n total del 23% del ¨ªndice actual.
De esta ¨²ltima observaci¨®n realizada surge, de forma inmediata, un interrogante: ?Se van a intentar controlar los precios de todas las especificaciones bajo las cuales se pueden presentar cada uno de estos art¨ªculos? Esto ¨²ltimo es importante porque, de controlarse, mediante subvenci¨®n, s¨®lo las variedades que de cada art¨ªculo se toman a efectos de c¨¢lculo del ¨ªndice actual (variedades nunca publicadas hasta el momento) ello supondr¨ªa un posible freno al ¨ªndice, pero no al nivel general de precios reales. Es muy posible que el prop¨®sito del Gobierno consista en controlar todas las formas bajo las cuales aparecen art¨ªculos de tan generalizado uso como el calzado corriente, la leche fresca o los detergentes, a t¨ªtulo de ejemplo, pero se acent¨²a al advertir que en la lista en cuesti¨®n aparece el alquiler de viviendas, cuya evoluci¨®n se mide en el ¨ªndice a partir de una muestra fija de viviendas alquiladas. El total de estas ¨²ltimas existentes en Espa?a debe remontarse a varios millones ?Se va a subvencionar a todos los propietarios de viviendas alquiladas existentes en Espa?a o tan s¨®lo a aqu¨¦llos cuyas viviendas se emplean como muestra fija en el ¨ªndice actual?
Como ya se ha Indicado. hubiese sido conveniente, por parte del Gobierno. una mayor precisi¨®n al describir la actuaci¨®n a realizar, puesto que lo verdaderamente importante radica en saber si se van a controlar los precios de unos art¨ªculos b¨¢sicos para el consumo de los hogares espa?oles de rentas m¨¢s bajas?, o si de hecho lo que va a tener lugar es un cierto freno al ¨ªndice en un grupo nada despreciable de art¨ªculos. En el momento actual la ligaz¨®n entre crecimientos del salario-persona pactados en convenios y los aumentos del ¨ªndice del coste de la vida aparece como muy estrecha. Un freno al ¨ªndice. pero no a los precios, puede equivaler a un pacto social conseguido de forma impl¨ªcita a trav¨¦s de un simple artificio estad¨ªstico.
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