Las suspensiones de pago no tendr¨¢n prioridad sobre las declaraciones de quiebra
Por primera vez el Tribunal Supremo ha dado Prioridad a una declaraci¨®n de quiebra sobre la suspensi¨®n de pagos, en sentencia que ha dictado su Sala Primera. De esta manera, el Supremo adopta una nueva interpretaci¨®n de principio, despu¨¦s de m¨¢s de cincuenta a?os en los que se han producido abusos por parte de las empresas para burlar los derechos de los acreedores.Hasta ahora, las empresas demandadas con solicitud de declaraci¨®n de quiebra acud¨ªan a la suspensi¨®n de pagos y con ella paralizaban la quiebra e imped¨ªan que los acreedores cobraran.
El 7 de septiembre de 1974, Edificios Lagasca, SA. representada por el procurador de los tribunales Luis Pozas Granero y dirigida por el abogado Juan Pel¨¢ez y Fabra, interpuso demanda instando la quiebra de la Compa?¨ªa Internacional de Bienes y Ra¨ªces, SA, anteriormente conocida como Inmobiliaria los Angeles de San Rafael. SA. El d¨ªa 20 del mismo mes. Los Anageles de San Rafael solicit¨® la declaraci¨®n de suspensi¨®n de pagos, y el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 9 de Madrid, encargado de resolver el asunto, comunic¨® a los juzgados en los que hab¨ªa procedimientos contra la sociedad lo instado en la misma de acuerdo con las disposiciones legales.
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 12, tambi¨¦n de Madrid, desestim¨® dicha petici¨®n, con lo cual Los Angeles de San Rafael paralizaba la citada declaraci¨®n de quiebra. El Juzgado n¨²mero 12 se hab¨ªa basado en el principio de dar preferencia a la suspensi¨®n de pagos sobre la quiebra, cuando la presentaci¨®n de ambas fuese simult¨¢nea o casi simult¨¢nea, tal como establec¨ªa la jusrisprudencia existente sobre el tema.
Edificios Lagasca recurri¨® contra esa resoluci¨®n del Juzgado n¨²mero 12, recurso que la Audiencia Territorial de Madrid desestim¨®. La sociedad demandante interpuso recurso ante el Tribunal Supremo, que ha decidido a favor de la declaraci¨®n de quiebra.
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