Mejora de retribuciones de los subalternos
Por una orden ministerial de Trabajo publicada en el Bolet¨ªa Oficial del Estado del martes ¨²ltimo se han aprobado las nuevas retribuciones de los banderilleros, picadores, puntilleros, mozos de estoques y ayudantes de ¨¦stos. La nueva tabla salarial es, naturalmente, muy amplia, y no la vamos a recoger aqu¨ª, pero s¨ª convendr¨¢ hacer algunas consideraciones:
La primera de ellas es que, por primera vez, se atiende la vieja aspiraci¨®n de los subalternos de que una modalidad de su retribuci¨®n dependa de la categor¨ªa de la plaza en que act¨²an. La segunda, que no se ha recogido la petici¨®n de la agrupaci¨®n sindical correspondiente, de que todos los subalternos cobraran por corrida de toros 25.000 pesetas, sin distinciones. En ning¨²n caso llegan los honorarios ¨¢ esas 25.000 pesetas (el m¨¢ximo es de 16.154) y adem¨¢s se hacen distinciones.El nuevo texto legal da opci¨®n a subalternos y auxiliares a que perciban como retribuci¨®n m¨ªnima la que les sea m¨¢s beneficiosa, atendiendo bien al criterio de que queden determinadas por la categor¨ªa del matador a cuyas ¨®rdenes figuran, bien por la de la plaza en que intervienen en cada caso. Como los espadas est¨¢n clasificados en tres categor¨ªas y las plazas en cuatro, cabe una serie de combinaciones que los profesionales estudiar¨¢n para aplicarlas en las diversas situaciones correspondientes.
Pero tras un primer repaso de la tabla salarial nos hemos fijado en el gasto de cuadrilla que resultar¨¢ para cada matador, tanto si nos atenemos al criterio de su categor¨ªa espec¨ªfica como al de la plaza donde se celebra la corrida, si aqu¨¦lla es de primera. El resultado es el siguiente:
Gastos de cu¨¢drilla, si se atiende a la categor¨ªa del matador: matadores del grupo especial (con dos picadores y un banderillero fijo, que tiene sueldo menos): 75.436 pesetas. Grupo primero (el mismo caso, con otros salarios): 60.579. Grupo segundo (un picador y dos banderilleros fijos y uripicador y un banderillero libres): 48.006. Grupo tercero (un picador y un banderillero fijos, un picador y dos banderilleros libres): 42.597.
Cuando los subalternos se acojan a la categor¨ªa de la plaza, si ¨¦sta es de primera, los matadores tendr¨¢n los siguientes gastos de cuadrilla:
Grupo especial: 61.595 pesetas. Grupo primero: 61.595. Grupo segundo: 59.557. Grupo tercero: 59.551.
Podemos comparar ambas escalas. Est¨¢ claro que los subalternos optar¨¢n por que se les aplique el criterio de la categor¨ªa del matador cuando act¨²an con figuras del grupo especial. Pero en los restantes casos optar¨¢n por la categor¨ªa de la plaza, si ¨¦sta es de primera. Con la particularidad de que las diferencias salariales entre los grupos son en este caso mucho menores y, tomados dos a dos, inexistentes. Hay que saber ahora. si los matadores modestos (y por definici¨®n lo son los de los grupos segundo y tercero) podr¨¢n afrontar este incremento del gasto con los muy cortos honorarios que perciben.
Creemos que para estos toreros se va a plantear un problema serio, pues la subida es importante. A t¨ªtulo de ejemplo, frente a las 60.000 pesetas que un matador de? primer grupo tendr¨¢ ahora por gasto de cuadrilla, con los honorarios anteriores, que estaban vigentes desde mayo de 1975, el gasto era de 47.700 pesetas, La diferencia, en un matador del tercer grupo, es de 42.597 pesetas a 33.540, o de esta cantidad a 59.551 pesetas, si el criterio que se aplica: es el de categor¨ªa de plaza (las de primera).
Por supuesto que estas consideraciones no suponen cr¨ªtica alguna a la lograda y sin duda necesaria mejora de sueldos que han obtenido los subalternos, pero quiz¨¢ ¨¦sta hubiese tenido mejor acomodo si, como propon¨ªan, aqu¨¦llos no estuvieran a cargo de los matadores, sino de las empresas. La orden ministerial no lo recoge as¨ª, quiz¨¢ porque hubiera hecho necesario el planteamiento de otros supuestos: por ejemplo, si las empresas iban a hacerse cargo de? pago de honorarios a estos toreros, seria l¨®gico que, en contrapartida, quedara a su arbitrio qui¨¦nes deb¨ªan formar parte de cada cuadrilla, y no venirles impuestos por los matadores. Aquello de que ?el que paga, manda?, aqu¨ª tendr¨ªa que ser verdad.
Volvemos a lo que tantas veces hemos defendido desde estas p¨¢ginas: todo ser¨¢ desequilibrio en el espect¨¢culo taurino mientras sigan vigentes las estructuras arcaicas que, con muy pocas -y desde luego, no sustanciales- variaciones, persisten desde los tiempos de Josef Delgado, Illo, y m¨¢s all¨¢. La supresi¨®n de c¨¢nones de arrendamiento de los cosos, el establecimiento del estatuto profesional de los protagonistas de la fiesta, son pasos que, entre otros, hay que dar con urgencia para que en ella haya algo que se parezca a la justicia social y, si me apuran, tambi¨¦n toreo.
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