La subida del precio de los cines, ilegal
Una viva pol¨¦mica se ha iniciado entre los propietarios de los cines espa?oles y el Ministerio de Informaci¨®n y Turismo. Mientras aqu¨¦llos han decidido aplicar la subida en el precio de las entradas que solicitaron a la Junta Superior de Precios, y que ¨¦sta acept¨® en julio, una Orden del Ministerio, publicada ayer en el BOE, establece unas nuevas tarifas para los cines espa?oles, que entrar¨¢n en vigor el pr¨®ximo d¨ªa 1 de marzo. Los empresarios aducen quelos precios de las entradas est¨¢n sujetos al r¨¦gimen de vigilancia especial y s¨®lo es preciso comunicar su elevaci¨®n a la Junta Superior, sin que sea preceptiva la autorizaci¨®n del Ministerio de Informaci¨®n y Turismo. La Administraci¨®n, por su parte, afirma que la subida es ilegal y amenaza con sancionar cualquier elevaci¨®n anterior al 1 de marzo o que no se ajuste a la orden publicada ayer. Los empresarios, que solicitaron la elevaci¨®n en enero del pagado a?o, est¨¢n dispuestos a recurrir al arbitraje del Tribunal Supremo si es preciso.
Seg¨²n la orden publicada ayer, se establecen seis zonas en las que se distribuyen las salas cinematogr¨¢ficas, atendiendo al n¨²mero de habitantes del municipio en que est¨¢n instaladas. En la zona especial? se incluyen todos aquellos de m¨¢s de 350.000 habitantes y se fijan los precios de 125 y ochenta pesetas para locales de estreno y reestreno, respectiva fuente. La zona primera se divide en dos subzonas -A y B-, para las de m¨¢s de 150.000 habitantes, y m¨¢s de 50.000, respectivamente; en la A, se podr¨¢n cobrar precios de cien y 75 pesetas, seg¨²n los locales, y en la B de noventa y setenta, respectivamente.
Las localidades de m¨¢s de 30.000 habitantes se incluyen en la zona segunda y sus precios autorizados no podr¨¢n rebasar las ochenta y sesenta pesetas. Los centrosurbanos entre 10.000 y 30.000 habitantes se incluyen en la zona tercera -sesenta pesetas, para, todas las salas-, y las localidades de menos de 10.000 habitantes se incluyen en la zona cuarta, y se fij¨¢ un precio ¨²nico de cincuenta pesetas.
Sin embargo, el criterio del Ministerio de Informaci¨®ny Turismo es el de autorizar precios superiores a_los fijados siempre que se justifique una inversi¨®n cuantiosa, que haya repercutido en la mejora del servicio al espectador. Tambi¨¦n se deja abierta la posibilidad de que sean autorizados precios superiores en los enclaves tur¨ªsticos en plena temporada. En cualquier caso, la autorizaci¨®n ser¨¢ otorgada por las delegaciones provinciales, previa solicitud del empresario.
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